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¿Cuáles son las obligaciones de las AFORE?

Las AFORE (Administradoras de Fondo para el Retiro) son entidades financieras cuya labor fundamental es manejar, mediante el sistema de cuentas individuales, dinero de los empleados, mismo que se obtiene de las aportaciones de seguridad social para el retiro de los trabajadores.

Como se trata de dinero aportado con esfuerzo de los trabajadores es muy importante conocer las obligaciones de las Afore

De acuerdo con el Articulo 18 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, “las administradoras son entidades financieras que se dedican de manera habitual y profesional a administrar las cuentas individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en términos de la presente ley, así como a administrar sociedades de inversión.”

Obligaciones Afores

Obligaciones generales de las Afores

Las AFORES en México deben contar con la autorización de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)además, las AFORES deben constituirse como sociedades anónimas de capital variable. En dichas sociedades pueden participar instituciones financieras nacionales e internacionales, en este caso 51% del capital social de las empresas deben estar en manos de personas físicas o personas morales mexicanas, es decir que el capital de una AFORE deberá ser mayoritariamente propiedad de mexicanos.

En las Afores, cada uno de los trabajadores tiene una cuenta individual que es personal y única. En dicha cuenta, a lo largo de la vida laboral de cada trabajador se acumulan los recursos (cuotas y aportaciones) que realiza periódicamente el patrón, el gobierno y el propio trabajador. Tales aportaciones se calculan con base en el salario base de cotización. Cada Afore se subdivide en cuatro subcuentas.

Las Obligaciones de las Afores respecto a la ley

Por ley las AFORES deberán hacer todas las gestiones que sean necesarias, para la obtención de una adecuada rentabilidad y seguridad en las inversiones de las sociedades de inversión (SIEFORES) que administren. A la hora de realizar estos movimientos, atenderán exclusivamente al interés de los trabajadores y asegurarán que todas las operaciones que efectúen para la inversión de los recursos de dichos trabajadores se realicen con ese objetivo.

Las administradoras, para su funcionamiento, deberán cumplir adicionalmente con los siguientes requisitos:

  1. Deberán ser sociedades anónimas de capital variable, debiendo utilizar en su denominación o expresión Afore

  2. Tener suscrito y pagado su capital mínimo exigido en los términos de esta ley

  3. El número de administradores no será inferior a cinco

  4. Informar a la comisión los nombramientos de los miembros de su consejo de administración.

  5. Para ser socios o adquirir acciones de la Afore deben de ser autorizadas por la Consar si es de más del 5%.

  6. Las administradoras deberán contar permanentemente con un capital fijo sin derecho a retiro totalmente pagado, el cual deberá ser por lo menos igual al capital mínimo exigido

  7. En cada administradora existirá un contralor normativo responsable de vigilar que los funcionarios y empleados de la misma cumplan con la normatividad externa e interna que sea aplicable.

Las administradoras sólo podrán cobrar a los trabajadores con cuenta individual las comisiones con cargo a esas cuentas que expida la Consar.

Todo lo anterior corresponde a los requisitos generales de las Afore, pero ¿sabes cuáles con las obligaciones de las Afores hacia sus clientes?

Obligaciones de las Afores con los clientes

  1. Abrir administrar y operar la cuenta AFORE de cada trabajador.

  2. Registrar y recibir las cuotas y aportaciones obligatorias obrero-patronales y el Gobierno Federal.

  3. Recibir y registrar las aportaciones voluntarias realizadas por los trabajadores o patrones

  4. Enviar al domicilio registrado por el trabajador, la constancia de afiliación y su estado de cuenta tres veces por año.

  5. Si un trabajador decide pensionarse bajo el régimen de la ley de 1997 y elije la opción de retiro programado, la AFORE deberá pagar la pensión del trabajador utilizando los recursos de la cuenta AFORE para que el trabajador reciba de manera mensual una pensión;

  6. Si el trabajador opta por la opción de renta vitalicia, se transferirán los recursos a la aseguradora de su elección para el pago de la pensión utilizando el monto acumulado en la cuenta AFORE del trabajador.

  7. Proporcionar información a sus clientes, así como atender todas sus consultas y reclamaciones a través de la unidad especializada de atención a clientes.

  8. Tener información disponible y en un lugar visible sobre la situación financiera de la AFORE y de las SIEFORE.

  9. Pagar los retiros parciales y totales con cargo la cuenta AFORE del trabajador.

Las Afores deberá cobrar la comisión sobre bases uniformes, cobrando las mismas comisiones por servicios similares prestados en sociedades de inversión del mismo tipo, también deberán de comunicar cuando incrementen las comisiones con mínimo 30 días de anticipación y los trabajadores registrados tendrán derecho de traspasar los recursos de su cuenta individual a otra administradora si es que el cambio de las comisiones es un aumento.

Prohibiciones de las Afores 

  1. Crear algún tipo de obligaciones

  2. Gravar de cualquier forma su patrimonio

  3. Otorgar garantías o avales

  4. Adquirir acciones representativas del capital social de otras administradoras,

  5. Obtener préstamos o créditos, con excepción de los expresamente autorizados por la Comisión

  6. Adquirir el control de empresas

Cualquier duda o queja sobre el servicio o bien si una Afore no cumple con las obligaciones que la ley le manda, debes reportarlo en la Condusef, ya sea por mail o vía telefónica.

 

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