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Resumen Ley del Issste: 12 tips sobre las pensiones

En este post vamos a realizar un resumen de la Ley del ISSSTE vigente para ayudarles a entender los cambios que está les supone. Realizaremos esto a modo de tips sobre las pensiones en los que se destacará los puntos clave de la nueva Ley del ISSSTE. El principal cambio es que se separa administrativamente al PENSIONISSSTE del ISSSTE para convertirse en una empresa pública.

 

Resumen Ley del Issste: 12 tips sobre las pensiones

 

 

1. Ley ISSSTE: Sueldo básico

Según el artículo 17 el sueldo básico que se tendrá en cuenta en esta ley, será el suelo del tabulador regional. Los límites para las cuotas y aportaciones son los siguientes:

  • Límite inferior: 1 Salario Mínimo
  • Límite superior: 10 Salarios Mínimos

 

2. Ley ISSSTE: Seguro de salud

A partir del artículo 27 y hasta el 43 la ley del ISSSTE les habla sobre el seguro de salud. Este seguro tiene por objeto proteger, promover y restaurar la salud de los ciudadanos y este se adaptara a las diferentes regiones teniendo en cuenta criterios varios. 

La ley divide la atención médica en estos dos apartados:

  1. Atención médica preventiva
  2. Atención médica curativa y de maternidad y rehabilitación física y mental

En cuanto a la imposibilidad para el trabajador de realizar su actividad laboral por enfermedad, este tendrá los siguientes derechos:

Años de servicio Sueldo íntegro Medio sueldo TOTAL
Menos de 1 año 15 días 15 días 30 días
De 1 a 5 años 30 días 30 días 60 días
De 5 a 10 años 45 días 45 días 90 días
Más de 10 años 60 días 60 días 120 días

 

3. Ley ISSSTE: Pensiones

A partir del artículo 44 la ley del ISSSTE vigente menciona el tema de las pensiones. Me ha parecido importante mencionar un extracto de artículo 45:

 

En aquellos casos en que se dictamine procedente el otorgamiento de la Pensión, el Instituto estará obligado a otorgar la resolución en que conste el derecho a la misma en un plazo máximo de noventa días...

 

Deben recordar que toda fracción superior a 6 meses de servicios se considera año completo a efectos de Pensiones.

 

4. Ley ISSSTE: Seguro de riesgos de trabajo e incapacidades

El capítulo V de la ley del ISSSTE explica todo lo relacionado con el seguro de riesgos de trabajo y las incapacidades. Se consideran accidentes del trabajo tanto hechos ocurridos en el lugar de trabajo como los que ocurran al trasladarse directamente del domicilio al puesto de trabajo o viceversa.

Los riesgos de trabajo pueden producir las siguientes incapacidades según la ley ISSSTE:

  • Incapacidad temporal (100% sueldo)
  • Incapacidad parcial (Pensión calculada conforme a tabla de valuación)
  • Incapacidad total (Pensión vigente hasta los 65 años)
  • Muerte

 

Importante mencionar que las Dependencias y Entidades cubren una aportación de 0.75% del sueldo básico por el seguro de riesgos del trabajo.

 

4. Ley ISSSTE: Seguro de riesgos de trabajo e incapacidades

 

5. Ley ISSSTE: Seguro de retiro, cesantía de edad avanzada y vejez

El capítulo VI de la Ley del ISSSTE es muy extenso y cubre el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez además de las ultimas modificaciones que se aplicaron el pasado año.

  • Pensión por cesantía en edad avanzada: 60 años de edad y 25 años de cotización
  • Pensión por vejez: 65 años de edad y 20 años de cotización

 

En el caso de no disponer de suficientes fondos en la cuenta individual para la pensión garantizada:

Artículo 94. El Gobierno Federal con recursos propios complementarios a los de la Cuenta Individual correspondiente, cubrirá la Pensión Garantizada...

 

Seguro les interesa este post: ¿Tienes derecho a pensión? Ley del ISSSTE y edad mínima de retiro

 

¿Tienes derecho a pensión?

 

6.Ley ISSSTE: PENSIONISSSTE

PENSIONISSSTE pasa a ser un órgano público desconcentrado del Instituto y dotado de facultades ejecutivas. 

Para su ejercicio, este cobrará comisiones a las Cuentas Individuales de los trabajadores pero estas no podrán exceder el promedio de comisiones que cobren las administradoras de ahorro por retiro. El remanente de estas puede ser reinvertido en las cuentas individuales.

Tal vez les interese el régimen de cuentas individuales ISSSTE.

 

7. Ley ISSSTE: Cobro Comisiones

El PENSIONISSSTE estará sujeto para su operación, administración y funcionamiento, a la regulación y supervisión de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Elaborara su presupuesto asegurando que sus costos sean cubiertos exclusivamente con el cobro de las comisiones mencionadas en el tip 6.

En el siguiente post pueden encontrar información sobre PENSIONISSSTEAfore PensionISSSTE: requisitos, estado de cuenta y retiro por desempleo

 

8. Ley ISSSTE: Comisión Ejecutiva

En el artículo 110 se presenta la Comisión Ejecutiva que estará a cargo de la dirección y administración del PENSIONISSSTE. Está estará compuesta por 18 miembros:

  • El Director General 
  • El Vocal Ejecutivo
  • 3 vocales de Hacienda, 2 vocales de Banxico, 1 vocal de Secretaría del trabajo y otro de Secretaría de la Función Pública
  • 9 vocales de las organizaciones de trabajadores

 

8. Ley ISSSTE: Comisión Ejecutiva

 

Con esto, los trabajadores podemos participar directamente en la toma de decisiones de la institución, respetando en mayor medida nuestro patrimonio e intereses.

 

9. Ley ISSSTE: Seguro de Invalidez y Vida

En el capítulo VII de la Ley del ISSSTE vigente, encontramos toda la información relacionada con el seguro de invalidez y vida.

  1. Pensión por invalidez: Mínimo haber contribuido al Instituto cuando menos 5 años (Si 75% de invalidez solo 3 años)
  2. Pensión por causa de muerte: Mínimo haber cotizado 3 años para viudez, concubinato, orfandad o ascendencia.

 

10. Ley ISSSTE: Transferencia de derechos ISSSTE e IMSS

El Artículo 141 de la Ley del ISSSTE contempla la posibilidad de la transferencia de derechos entre el ISSSTE y el IMSS.

Se considerará que un año de cotización al Instituto equivale a cincuenta y dos semanas de cotización del régimen de la Ley del Seguro Social.

Pueden encontrar más información aquí: Portabilidad de pensiones IMSS e ISSSTE

 

10. Ley ISSSTE: Transferencia de derechos ISSSTE e IMSS

 

11. Ley ISSSTE: Créditos Personales e Hipotecarios

El tema de los créditos se trata en el capitulo IX de la Ley del ISSSTE vigente y está compuesto por los siguientes:

  • Préstamos personales: Mínimo 6 meses de antigüedad (de 4 a 8 meses del Sueldo Básico)
  • Préstamos hipotecarios: Mínimo 18 meses de antigüedad (fondo de vivienda se constituirá con la aportación del 5% del sueldo básico)

 

12. Ley ISSSTE: Derecho a Pensión y Responsable del Pago

Artículo 248 de la Ley del ISSSTE:

El derecho a la Pensión es imprescriptible.

 

Los recursos de los trabajadores del antiguo régimen de pensiones, serán administrados por la nueva entidad. 

No se afecta ningún derecho de los pensionados actuales del ISSSTE, ni de los futuros pensionados del antiguo sistema de reparto. Para todos ellos, el Gobierno Federal es y será el responsable del pago de todas sus pensiones.

Para otro tipo de dudas y cuestiones pueden visitar este link: Información de Ley del Issste

 

12. Ley ISSSTE: Derecho a Pensión y Responsable del Pago

 

Les invito a que dejen cualquier pregunta en nuestra sección de comentarios o planteen su duda en nuestro foro, donde personal experto seguro les puede ayudar.

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  1. Nuevo
    #6
    06/11/19 12:28

    Hola: Yo estoy haciendo trámites para una pensión por invalidez, ya que sufrí una embolia. Soy un maestro de Telesecundaria de 54 años de edad con más de 30 años de servicio. Qué monto puedo recibir mensualmente por mi pensión, en caso de obtener un dictamen favorable?

  2. Nuevo
    #5
    07/04/19 23:52

    Buenas noches, fui derechohabiente del ISSSTE y retire mis aportaciones. Me han dicho que se pueden devolver y obtener la pensión. Es cierto?

  3. Nuevo
    #4
    13/03/19 11:35

    Buenas tardes mi papa metio oapeles de jubilacion ya estan por otorgarle la tarjeta de pension para que pueda cobrar pero le retuviero su ahorro del SAR y ahora quieren retenerle su finiquito como deposito para el pago de un credito hipotecario que saco hace 10 años...quidiera saber si eso es legal ....

  4. en respuesta a Sara Hernanandez
    -
    Nuevo
    #3
    19/11/18 08:57

    Buen día. Tengo la misma pregunta. Solo que nada mas trabajo 9 años. Me podrían orientar por favor.

  5. Nuevo
    #2
    16/05/18 10:56

    Hola, quisiera que me explicara acerca de pension por viudez. Aqui habla de que se requoere un minimo de 3 años de haber cotizado al issste para obtener la pension por viudez. Mi pregunta es que si mi esposo falleció en la antigua ley cuando se requeria un minimo de 15 años cotizados y el sola cotizo 11 años y no pude obtener pension. Es posible que en mi caso pueda pelear una pension con esta nueva ley,?

  6. Nuevo
    #1
    06/03/18 06:10

    Buenos días. Mi interés ahora es por las pensiones del issste. Saludos

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