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¿Qué gastos puedo deducir en mi declaración anual? Médicos, seguros, aportaciones...

¿Qué gastos puedo deducir en mi declaración anual? Médicos, seguros, aportaciones...

En la declaración anual, hay una serie de gastos que se pueden deducir las personas físicas como son los honorarios médicos, seguros, gastos funerarios... Para así reducir los ingresos que se gravan en la declaración.

 

¿Qué son las Deducciones?

Las deducciones son un beneficio otorgado por la ley, mediante los gastos y costos que realizan las personas físicas, con un objetivo de protección, de la propia persona física o en su caso, de sus familiares más próximos. Existen dos tipos de deducciones:
  • Los gastos o inversiones que hace el contribuyente dependiendo de la actividad económica realizada para generar los ingresos.
  • Los gastos personales realizados, con independencia de la actividad a la que se dedique el contribuyente para generar ingresos.
 
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¿Cuáles son los gastos que puedo deducir en mi declaración anual?

A continuación conoceremos los gastos que podemos deducir en nuestra declaración anual: honorarios médicos, gastos funerarios, seguros de gastos médicos, donativos, aportaciones complementarias de retiro...

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Realizados por el contribuyente para sí mismo, su cónyuge o la persona con la que viva y también para sus ascendientes y descendientes directos, siempre que se cumpla el requisito de los ingresos. No tienen que haber percibido durante el año ingresos iguales o superiores a el salario mínimo general del área geográfica correspondiente.
 
Importante: las medicinas compradas en las farmacias no son deducibles, solo lo son las incluidas en las facturas de los hospitales.  
 
Deducciones por gastos funerarios.
También se debe cumplir el requisito de los ingresos, mencionado en el apartado anterior. Los gastos se deben deducir en el año en que se utilicen los servicios funerarios.
 
Deducciones en primas por seguros de gastos médicos.
Ya sean complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por las instituciones públicas de la seguridad social.
 
Deducciones por intereses reales devengados y efectivamente pagados durante el año de la declaración por créditos hipotecarios.
Que se hayan utilizado para la construcción o remodelación de casa habitación, también los destinados al pago de deudas para la adquisición, construcción o remodelación de la casa habitación, contratados con las instituciones del sistema financiero o con instituciones públicas.
 
Deducciones por donativos no onerosos ni remunerativos.
Que se den como pago o a cambio de servicios recibidos, siempre que se den a instituciones autorizadas para recibir donativos. Para ello se puede consultar el Directorio de Donatarias Autorizadas.
 
El total de los donativos que se vayan a deducir no deben exceder del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior.
 
Las realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o en las cuentas de planes personales de retiro, también las aportaciones voluntarias realizadas, siempre que en este último caso cumplan los requisitos de permanencia para los planes de retiro.
 
• Deducciones por los gastos destinados a la transportación escolar.
Para los descendientes en línea recta, estos gastos serán deducibles siempre y cuando la escuela obligue a todos sus alumnos a pagar el servicio de transporte.
 
Deducciones en el importe de los estímulos fiscales.
En los casos de depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro y también la adquisición de acciones de sociedades de inversión. 
 

¿Cuál es el límite de las deducciones de mi declaración anual?

El límite máximo de las deducciones personales que se han realizado por una persona física al año sobre la cantidad que resulte menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente, o el 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluidos los exentos. Este límite no se aplica en el caso de los donativos otorgados a personas autorizadas.
 

¿Quiénes pueden hacer estas deducciones?

Las deducciones las puede hacer cualquier persona física que este obligada a presentar su declaración anual, ya sea porque tiene unos ingresos por servicios profesionales o por actividad empresarial; porque tiene dos o más fuentes de ingreso; o debido a que obtuvo unos ingresos por concepto de intereses reales que excedan de 100,000 pesos.
 
También las personas asalariadas con ingresos que sean menores de 400,000 pesos, o que tengan unos intereses reales por debajo de 100,000 pesos, tienen la posibilidad de presentar su declaración y así hacer estas deducciones, por tanto, su base gravable será inferior y así podrá obtener un reembolso por parte del SAT.
 
Para más información sobre cómo presentar la declaración anual, te recomendamos que consultes este resumen que hemos preparado para ti: ¿Cómo y cuándo se presenta la declaración anual?
  1. Nuevo
    #2
    15/04/16 10:25

    andrea como puedo comunicarme contigo. me urge por favor

  2. Top 10
    #1
    13/04/15 11:49

    Hola,

    Lo malo es que no se puede deducir la compra de una perpetuidad, solamente los gastos funerarios como dices, ¿o estoy mal?

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