A partir del 2014 los contribuyentes tendrán un impacto mayor en sus "bolsillos", ya que deberán pagar una tasa del Impuesto Sobre la Renta más alta que la vigente en el 2013 y podrán realizar menos deducciones.
ISR: Impuestos 2014
Según las modificaciones establecidas por la Cámara de Diputados a la Ley del ISR, las personas que tengan unos ingresos anuales entre 500.000 y 750.000 pesos, deberán pagar la tasa máxima del ISR, es decir un 31%.
Aquellas personas que perciban unos ingresos entre 750.000 y 1 millón de pesos tributarán al 32%, los que perciban entre 1 y 3 millones de pesos pagarán una tasa del 34% y quienes ganen más de 3 millones de pesos tributaran al 35%.
Los contribuyentes que perciban unos ingresos inferiores a los 500.000 pesos al año, no verán alterada la tasa impositiva y pagarán hasta un máximo de 30%.
No sólo han elevado la tasa del Impuesto Sobre la Renta a los que más ganan en México, sino que también han limitado las deducciones a las que pueden acogerse las personas, y este hecho afectará a todos los contribuyentes sin excepciones.
Una persona podrá deducir lo que resulte menor de:
- El 10% de su ingreso anual.
- La cantidad equivalente a 4 salarios mínimos anuales del Distrito Federal(94.549 pesos).
Si por ejemplo un trabajador tiene unos ingresos anuales de 3 millones de pesos y realizó gastos deducibles por valor de 180.000 pesos, sólo podrá deducir 94.549 pesos y tributará a una tasa máxima de 34% y no al 30% vigente.
ISR: Deducciones 2014
La propuesta inicial del Presidente Enrique Peña Nieto, era de 2 salarios mínimos anuales, es decir, 47.275 pesos y finalmente se incremento hasta 4 salarios mínimos anuales y 94.549 pesos.
Limitar las deducciones producirá un doble efecto , pues el contribuyente se podrá deducir menos gastos y pagar más impuestos, debido a que la base sobre la que se calculan los gravámenes será mayor y la tasa a pagar del ISR será por consiguiente mayor.
Además, para que las deducciones sean aceptadas como tal, se deberán realizar los pagos mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito o débito o transferencia para hacer frente a las costas del médico o el dentista.
ISR: Deducciones Personales
Un contribuyente podrá hacer deducciones en los siguientes supuestos:
- Hacer frente al pago de los servicios médicos o dentales a través de un cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito o débito.
- Gastos derivados de la funeraria.
- Primas por seguros de gastos médicos.
- Aportaciones adicionales a la jubilación.
- Gastos del transporte escolar obligatorio.
- Donativos a instituciones autorizadas para ello.
- Intereses reales de créditos hipotecarios.
- Gastos escolares, desde Infantil hasta Bachillerato, pero con una deducción máxima por cada nivel educativo.