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¿Qué impuestos habrá que pagar en 2024? Novedades Fiscales

¿Qué impuestos habrá que pagar en 2024? Novedades Fiscales

Ante la declaración anual de impuestos ante SAT. Es bueno consultar ¿qué impuesto hay que pagar en 2023?. Con el año nuevo, en ocasiones surgen diversas modificaciones en varios rubros, principalmente el económico y social. 

 

Cambios fiscales de 2024 en México 

Es importante que sepas que existen varios cambios fiscales para el año 2024 en México, sean contribuyentes particulares o empresarios. Esos cambios son:
 
  • El gobierno ha asegurado que no se introducirán nuevos impuestos, aunque sí habrá ajustes en ciertas tarifas existentes. Se mantiene la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en un 16% para la mayoría de los bienes de consumo y servicios, y el Impuesto Sobre la Renta (ISR), aplicable a los ingresos de empresas y trabajadores, variará entre cero y 35%, según el nivel de ingreso de cada contribuyente.
  • En cuanto a los cambios en las tasas para el año 2024, se prevé que habrá actualizaciones en función de la inflación para ciertos impuestos como el IEPS, que afecta a productos como las gasolinas, bebidas azucaradas y tabaco, lo cual podría resultar en aumentos de precio para estos artículos al inicio del año.
  • Específicamente, la tarifa federal para la gasolina Magna se ajustó de 5.92 pesos por litro en 2023 a 6.17 pesos para 2024, lo que representa un incremento de 0.25 pesos. Estos ajustes en las tarifas del IEPS para las gasolinas se han estado realizando desde 2016, en línea con la inflación, mientras que el IVA continúa aplicándose al 16% sobre el costo del producto antes de impuestos.
En situaciones donde el precio de las gasolinas experimenta un aumento significativo a nivel internacional, la Secretaría de Hacienda tiene la facultad de reducir esta cuota con el fin de suavizar el impacto en los precios finales al consumidor, actuando como un subsidio o estímulo fiscal.
  • Para la gasolina Premium, el impuesto federal del IEPS se ajustó de 4.99 pesos a 5.21 pesos por litro para el próximo año, y para el diésel, se estableció en 6.78 pesos por litro. 


Cambios fiscales anteriores a 2024

Facturación 4.0

La facturación 4.0 permite emitir y recibir facturas electrónicas buscando aportar eficiencia, seguridad y transparencia al momento de  la facturación. Este año cuenta con la novedad de incluir a la inteligencia artificial (IA), además de blockchain y el big data para lograr una mejor efciencia en los procesos de facturación y respetar los requisitos fiscales.
Desde el 1 de enero 2023 las empresas se ven obligadas a aplicar la facturación 4.0. Esto permite al SAT captar más y mejor información de los contribuyentes y, de las organizaciones.

Principales cambios fiscales en la facturación

  • Complementos para recibir pagos: debe incluir información sobre los pagos si son de impuestos e importes totales recibidos y detalles sobre impuestos.
  • Retenciones e información de pagos: deben incluir nombre y domicilio fiscal con código postal; además de modificaciones en el régimen fiscal, sitio de emisión y ajustes en las reglas de validación.
  • Cancelación de facturas: otra novedades queel SAT admite hasta 4 aspectos para cancelar facturas como: Comprobante con errores, CFDI emitido con errores sin relación, cuando no se llevó a cabo la operación, u Operación nominativa, relacionada en una factura global.
En cuánto a la facturación 4.0, deben disponer de un facturador electrónico para mantener actualizado al CFDI e identificar a clientes que no posean toda la información.

Reforma a la Ley del Seguro Social y a la Ley del SAR  

Un aspecto importante para la planificación financiera de las organizaciones es la Reforma a la Ley del Seguro Social y a la Ley del SAR que rige desde el 1 de enero de 2023. Las reformas y cambios fiscales de 2023 se dan en el aumento progresivo de las aportaciones de las cuotas patronales para el retiro y en las cesantía en edad avanzada y vejez, desde el año 2023 a 2030.
En lo que hace al artículo Segundo Transitorio del Decreto que se encarga de derogar, incluir y reformar leyes, es el que modifica los porcentajes de las aportaciones patronales y que serán en base al salario base de cotización o SBC de cada uno.

Los porcentajes de la cuota patronal de cesantía en edad avanzada y vejez, irán en aumento entre 2023 y 2030 del 3.15% al 11.875%, considerando el SBC del trabajador. Si bien existen dentro de los cambios fiscales unas inconsistencias que obligan a correcciones. Estamos hablando de la tabla de rangos salariales al basarse en Salarios Mínimos y en Unidad de Medida y Actualización.
 
 Esto genera diferencias en las tarifas aplicables a los trabajadores, respecto a los trabajadores de la Zona Libre de la Frontera Norte y de los demás estados del país, al existir notorias diferencias en sus Salarios Mínimos lo que afecta a la cuota patronal.
  

Reforma al sistema de pensiones de contribución definida 

Sobre fines de 2020 el Congreso mexicano había aprobado la reforma al sistema de pensiones de contribución definida, buscando aumentar las aportaciones patronales, y la vez reducir las semanas para cotizar y aumentar el monto de la pensión garantizada.
Para 2023 empiezó a regir sobre las aportaciones patronales la ampliación en las semanas para cobrar la pensión, ya que se requieren de mínimo 800 semanas de cotización para poder acceder a su pensión, e irá en aumento a 1.000 semanas para 2031, a razón de 25 semanas por año

Impuesto Predial

Valor catastral del inmueble
Pago del impuesto predial
213,281 pesos
222 pesos
1.2 a 1.7 millones de pesos
1,285.7 pesos
1.7 a 2.1 millones de pesos
1,827.30 pesos
32 millones en adelante
66,724.4 pesos
 
Los descuentos en el pago del predial son para adultos mayores sin ingresos fijos y pocos recursos, consta en pagar la diferencia del impuesto, menos 58 pesos bimestrales. En caso que la propiedad de una persona vulnerable superara los 2.432.573 esos, obtendrán un desuento del 30%. Recuerda que lo recaudado de impuesto predial, es dirigido a obras públicas, municipales o de las alcaldías. 
 

Presentar la declaración informativa

Las empresas y organizaciones que formen parte de una empresa, y exista la obligatoriedad de dictaminarse, estarán obligadas a presentar su respectiva situación fiscal. La Información Sobre Situación Fiscal (ISSIF), debe hacerse junto a la declaración anual al 31 de marzo debiendo figurar información similar a lo que disponga el dictamen fiscal, aunque sin ser validada por un contador certificado.
Los contribuyentes con actividades empresariales por debajo de $13 millones o por $3 millones para actividades profesionales, quedarán exentos de presentar el ISSIF.
 

Devolución de impuestos

Sobre la devolución de impuestos, solicitud que pueden hacer en línea o presencialmente. Las declaraciones pueden llegar a modificarse hasta tres veces con el contribuyente, si no ha comenzado el procedimiento de comprobación.
  • El Código Fiscal de la Federación (CFF), define que las declaraciones solicitadas deben ser definitivas.
  • Las devoluciones deben aplicarse un mínimo de 75 días hábiles luego del origen del procedimiento.
Importante: se considerará delito de defraudación fiscal, aplicando sanciones, al aportar datos falsos para obtener un saldo a favor. 

Pasos Devolución de Impuestos SAT Online

Para la devolución de impuestos, el SAT dispone de una plataforma en la que permite hacer el ejercicio fiscal:
  1. Ir al sitio web del SAT 
  2. Ingresar con e-firma o RFC y contraseña
  3. Llenar los datos solicitados en el formato electrónico
  4. Subir los archivos con los documentos del trámite escaneados
  5. Firmar y enviar el trámite con apoyo de la firma electrónica
  6. Guardar o imprimir el acuse de recibo electrónico
  7. Dar seguimiento a la devolución en "Consulta tu devolución automática".
 

Devolución de Impuestos Presencial

La devolución de impuestos puede ser presencial, y para ello deberán agendar una cita y presentarse con la documentación del trámite a la oficina del SAT que les corresponda. Debiendo entregar la documentación solicitada y obtendrán una forma oficial sellada, como acuse de recibo.
Una devolución es efectiva, si el monto es menor a 150 mil pesos, si no, deberán solicitarla mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED). 
 

Requisitos para la devolución de impuestos

  • Tener firma electrónica vigente o e-firma portable
  • Preparar la información a anexar a la solicitud de devolución en formato .zip. 
  • Los archivos no podrán pesar más de 4 MB.
  • Tner presentada la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) del periodo, al solicitar devoluciones de IVA.
  • Preparar el archivo generado con el programa electrónico F3241, disponible en el portal del SAT, llenando los anexos según el impuesto solicitado.
 

Pagos en línea

Para realizar los pagos, los contribuyentes disponen de un sistema de trámites en línea para pagar desde sus casas:
  • Ingresar a innovacion.finanzas.cdmx.gob.mx/sinpapel para inscribirse en el programa “Sin Papel es Más Fácil”
  • Luego ingresar una cuenta de correo válida y datos personales
  • Recibirán un mensaje de activación para completar el registro en “Sin Papel es Más Fácil”
  • Al activar la cuenta, podrán acceder a la pestaña del servicio del predial o del que deseen liquidar.
 

Cuota del IEPS

De acuerdo con la Secretaría de Hacienda, el ajuste al alza se debe hacer conforme al Código Fiscal de la Federación. El IEPS es un impuesto, creado en 1980, encargado de gravar combustibles, plaguicidas, bebidas alcohólicas, refrescos, tabacos y alimentos con alto contenido calórico y demás productos que no son parte de un cuadro básico.
Este IEPS, al igual que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se trata de un gravamen indirecto, ya que los contribuyentes no lo pagan de forma directa, sino que lo trasladan a sus clientes. 
 

Precio Cigarros

El IEPS aplicable a los cigarros vigente desde el 2024 cambia, como cada año, desde el comienzo de enero. El precio del cigarrillo pasa de 0.59 pesos a 0.6166, según el DOF.
 

Precio Bebidas saborizadas y azucaradas

La cuota por litro aplicable a bebidas saborizadas (refrescos) aumenta, pasando a costar las bebidas endulzadas y saborizadas, la SHCP actualizó el impuesto de 1,5086 pesos por litro a 1.5737 por litro.

SAT Beneficios del Régimen de Salarios

Pago de impuestos: Cada trabajador tiene ingresos por los que paga impuesto como:
  • Del aguinaldo que recibes hasta 30 unidades de medida y actualización.
  • De la prima vacacional hasta 15 unidades de medida y actualización.
  • Del reparto de utilidades que te da la empresa hasta 15 unidades de medida y actualización.
Qué pueden deducir de gastos personales
  • Gastos médicos, dentales, hospitalarios, incluyendo servicios profesionales de psicología y nutrición
  • Gastos funerarios
  • Intereses reales y devengados por créditos hipotecarios
  • Donativos
  • Lentes
  • Colegiaturas.
 
Obtener saldo a favor
Puedes realizar la declaración anual aunque no estén obligados a hacerla para restar deducciones personales y obtener saldo a tu favor.
Importante: El patrón no les retiene impuesto si ganan hasta un salario mínimo en forma mensual.
 

SAT derechos de trabajadores y obligaciones de los patrones en PTU

La participación de los trabajadores en utilidades de las empresas, se trata de una prestación de los trabajadores por las ganancias obtenidas por el patrón durante el año.
Siendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas un derecho de los trabajadores según la fracción IX, apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo. Permitiendo la redistribución de la riqueza y a la justicia social, estimular la productividad, y una retribución al esfuerzo productivo de los asalariados.
Los trabajadores que presten sus servicios a una persona física o moral en un trabajo personal subordinado, y a cambio reciban un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.
 

¿Cómo saber si mi empleador reparte utilidades?

Los trabajadores deben conocer si su patrón para el que laboran declaró utilidades, los patrones deben entregar a los representantes de los trabajadores sea al sindicato, o a los trabajadores una copia de la declaración anual, en los 10 días contados desde la fecha de la presentación de la declaración.
 

Reparto de utilidades

La utilidad a repartir se divide en dos partes iguales:
  • La primera parte se reparte por igual entre todos los trabajadores, en base al número de días trabajados por cada uno en el año, sin importar el monto de los salarios.
  • La segunda se repartirá proporcionalmente al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado en el año.
 

Cuándo es el reparto de utilidades

El reparto de utilidades debe ser en los 60 días después de la fecha en que corresponda pagar el impuesto anual (31 de Marzo las empresas y 30 de Abril las personas físicas).
Del 1 de Abril al 30 de Mayo las personas morales del Régimen General (empresas), y del 1 de Mayo al 29 de Junio las personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, y las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal.
Importante:
  • Las utilidades del ejercicio anterior no reclamadas en el año exigibles, se podrán incluir en la utilidad repartible del año siguiente.
  • Para cobrar las utilidades el plazo es de 1 año a contar desde el día siguiente en que se genere la obligación.
 

SAT deducciones personales

Las personas físicas, en su respectiva Declaración Anual tienen derecho a presentar las siguientes deducciones personales:
¿Qué son las deducciones personales?
Son los gastos como contribuyente tienen derecho a reducir de sus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio correspondiente.
 

Deducciones personales

Salud
  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes. 
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. No proceden los comprobantes de farmacias.
  • Honorarios a enfermeras. 
  • Análisis, estudios clínicos. 
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente. 
  • Prótesis. 
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales. 
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
 Los gastos por salud serán deducibles cuando fueran efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.
 
Educación
  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción): 
 
Para hacer efectivo el beneficio, necesitan el comprobante de pago.
Cuando realicen pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción a reducir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, más allá que sea el nivel que concluyó o el que inició.
Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.
  • Transporte escolar, sólo si es obligatorio.
 
Otras Deducciones
  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
No serán onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos).
 
El monto de los donativos no debe superar 7% de los ingresos acumulables de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, previo a aplicar las deducciones personales correspondientes.
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.
* El pago de los gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.
Importante: Pueden acceder a un saldo a favor, si presentan las deducciones en la Declaración Anual.
 

SAT obligaciones para asalariados

Las obligaciones fiscales a cumplir son:
  • Inscribirte en el RFC: Aportar los datos y documentos como el acta de nacimiento a su patrón para que los inscriba, pueden realizar el trámite personal o por Internet.
  • Importante: deben comprobar que su patrón los inscriba al RFC desde que comienzan a trabajar.
 

Mantener actualizada la información ante el RFC

  • Cambio de domicilio: Presentar el aviso de cambio de domicilio por Internet, donde actualizarán los datos de la nueva dirección. 
  • Aumento o disminución de obligaciones: Pueden realizar el trámite al cambiar de actividad económica o modificar una obligación, como ser la presentación de declaraciones. El trámite pueden hacerlo enteramente por Internet. 
  • Suspensión de actividades: Al interrumpir las actividades económicas. El trámite lo pueden iniciar y finalizar por Internet. 
  • Reanudación de actividades: Luego de la suspensión de actividades y volver a realizar una actividad económica o tener una obligación fiscal periódica de pago, por si o por cuenta de terceros. El trámite podrán hacerlo al 100% por Internet.
 

¿Cuándo debo presentar la declaración anual?

  • El periodo para personas físicas realicen su declaración anual 2024 es entre el 1 al 30 de abril
  • Las personas morales, su periodo para cumplir con esta obligación es del 1 de enero al 1 de abril de 2024.
Deben hacer la declaración anual en caso de alguno de los siguientes supuestos:
  • Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos brutos en el año.
  • Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos brutos anuales
  • Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
  • Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
  • Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
  • Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
  • Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
  • Percibiste ingresos por indemnizaciones laborales, liquidación, pensión o jubilación
  • Si Ganaste el premio de alguna rifa, concurso o sorteo como Pronósticos o la Lotería Nacional (y qué envidia, dicho sea de paso).
  • O si recibes intereses por inversiones o fondos financieros que superan los $100,000 MXN brutos anuales.
  • Cobraste la renta de algún inmueble.
 

¿Cuándo estoy exento de presentar Declaración Anual?

En caso de darse alguno de los siguientes supuestos:
  • Obtener ingresos exclusivamente por salarios de un sólo patrón, si les ha emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso si los ingresos superaron los $400,000.00.
  • Haber obtenido ingresos por salarios y haber obtenido intereses nominales no superiores a $20,000.00.
Para realizar su declaración anual este post les puede ser de gran utilidad: ¿Cómo presentar mi declaración anual - SAT?
 

SAT Revisión electrónica

Como ya sabemos, las revisiones a realizar para la verificación de cumplimiento de obligaciones fiscales, son de forma electrónica.
Una revisión electrónica consiste en examinar conceptos o rubros específicos a través de medios electrónicos, desde la notificación hasta la conclusión. Con esto se reducen los plazos para concluir las auditorías y se disminuyen los costos. Además, la comunicación se vuelve más eficiente y el proceso más transparente. 
El procedimiento para realizar las revisiones electrónicas es el siguiente:
1. El Buzón Tributario envía un mensaje al correo electrónico del contribuyente para informarle que tiene una notificación. 
  • Si los documentos enviados por la autoridad son abiertos dentro de los tres días siguientes se entiende hecha la notificación; si no, al cuarto día la notificación electrónica se tiene por realizada. 
 2. Con la notificación se inicia el acto de fiscalización. El contribuyente tiene 15 días hábiles para: 
  • Aportar documentación, pruebas o información para aclarar las presuntas irregularidades y desvirtuar las observaciones de la autoridad.
  • Corregir su situación fiscal, presentar sus declaraciones y realizar los pagos adeudados. 
  • Tramitar un acuerdo conclusivo a través de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
 Si tienen alguna duda sobre la declaración de impuestos o en el post no figura alguna de los temas de consulta, pueden preguntarnos y les responderemos.
 
  1. #2
    09/01/15 06:52

    El sistema es progresivo pero no me parece justo, por que un ciudadano que cobre 10.000 pesos (todos sabemos que es una miseria) paga lo mismo que uno que cobra 50.000. Creo que tendrían que hacer más tramos por esas cantidades.

    Además los porcentajes de las rentas más altas apenas varían, de cobrar un millón de pesos a cobrar 3 millones prácticamente se paga lo mismo. Habría que reformar el sistema...

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