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¿Cómo presentar mi declaración anual 2024 - SAT?

¿Cómo presentar mi declaración anual 2024 - SAT?

El tiempo pasa y se acerca el momento para presentar la declaración anual 2024 correspondiente al ejercicio 2023. Si es la primera vez que lo harás seguramente te planteas dudas como: ¿cómo debo hacer mi declaración anual? ¿Qué cambios se han introducido? ¿Qué pasos tengo que seguir? Acá les ofrecemos una pequeña guía con todos los pasos a seguir para presentar la declaración anual 2023-2024.

¿Cómo y cuándo se presenta la Renta ISR?
¿Cómo y cuándo se presenta la Renta ISR?
 
El objetivo principal de este trámite es informar el monto de nuestros ingresos y declarar el Impuesto sobre la Renta del ejercicio para personas físicas de acuerdo al régimen fiscal de cada contribuyente. De acuerdo con información del SAT, no todas las personas físicas están obligadas a hacer la declaración anual. Quienes están obligadas a ello son las personas que se encuentran entre las siguientes: 
  1. Trabajadores independientes por honorarios.
  2. Quienes hayan percibido ingresos anuales mayores a 400 mil pesos.
  3. Los que recibieron ingresos de dos patrones, sin importar que no superen los 400 mil pesos.
  4. Cuando el empleado solicita al patrón que le presente la declaración anual.
  5. Quienes hayan percibido ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.
  6. Quienes cobran rentas de algún inmueble.
  7. Quienes hayan ganado algún premio (como la Lotería).
 

Declaración de Impuestos SAT 2024

Si bien disponen de tiempo para presentar la declaración de anual SAT 2024, lo mejor es anticiparse y prepararla unos meses antes. En el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) disponen del formato de declaraciones anuales prellenadas.
 

Cambios fiscales Declaración de Impuestos SAT 2024

Aunque el plazo para presentar la declaración es hasta el último día de abril, siempre hay que revisar si existen cambios en la Declaración de Impuestos SAT para anticiparse a ellos antes que llegue la fecha límite, para conocer esa información hay que revisar las nuevas obligaciones con el SAT :

Esta vez hay un nuevo formato de declaración anual para personas morales, en el cual ahora se deben proporcionar los estados financieros completos junto con las notas de los mismos, algo nunca antes se había solicitado.
Los estados financieros que ahora se solicitan son:
  • Balance general (estado de situación financiera)
  • Estado de resultados.
  • Estado de flujo de efectivo.
  • Estado de cambios en el capital contable.
  • Conciliación de saldos.
 

¿Cómo presentar la declaración anual 2024 en línea?

Para personas físicas:
  • Selecciona Iniciar
  • Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña.
  • Llena los datos que se solicitan.
  • Si es el caso, firma la declaración y envíala.
  • Obtén el acuse de recibo de la declaración y, si aplica, la línea de captura.
  • Si optaste por parcialidades, obtendrás los formatos con las líneas de captura con el importe a pagar en cada una de ellas.
 

Consejos para los Contribuyentes

  • Los asalariados, a la hora de deducir gastos, deben tener en cuenta los recibos de nómina, que no tengan errores o inconsistencias.
  • Otros aspectos a verificar son que las facturas electrónicas tengan los datos correctos como ser: cantidad, nombre, dirección, Registro Federal de Contribuyentes y concepto. Así, el SAT no les rechazará la solicitud de devolución de impuestos.
  • Si han detectado errores, pueden antes que finalice el año solicitarle a su empleador o a los establecimientos en el que realizaron compras o pagos, que les corrijan la factura y que le emitan un nuevo comprobante fiscal digital por Internet.
  • El SAT dispone de toda la información de facturas electrónicas solicitadas, dicha información deberá coincidir con la que presenten en la declaración de impuestos.
 

¿Cuándo se hace la Declaración Anual? 

Una vez sé que debo presentar mi declaración anual 2024, voy a enterarme de cuándo debo hacerlo. Esta fecha va a depender de que sea una persona física o de que sea una persona moral. 
 
PERSONAS FÍSICAS
Durante el mes de abril 
PERSONAS MORALES
Máximo 3 meses después del cierre del ejercicio fiscal: del 1 de enero al 31 de marzo
¿Cuál es la fecha límite de la declaración anual?
La fecha límite para presentar la declaración anual las personas físicas es hasta el 30 de abril de 2024.

¿Cómo presentar la Declaración Anual para personas morales?

  1. Descargar el Programa DEM. Se utilizará una nueva versión del programa de declaración anual de personas morales. 
  2. Capturar la información de acuerdo a los anexos que le correspondan
  3. Generar el archivo para el envío de la información
  4. Ingresar a la aplicación de envío de la declaración anual
  5. Enviar archivo de la declaración
  6. SAT remite acuse de recibo con sello digital
  7. Cuando hay impuesto a cargo u obtengo saldo a favor ahí termina el trámite.
  8. Si hay impuesto a pagar, hacer el pago vía Internet ingresando al portal de mi banco autorizado en el que debo tener una cuenta con acceso a banca en línea para realizar la transferencia de fondos.
 

Deducciones declaración anual SAT

Estas deducciones y sus requisitos son: 

DEDUCCIÓN
Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
  1. Pagados para el contribuyente (nosotros), nuestro cónyuge o la persona con quien vivamos en concubinato, padres, abuelos, hijos y nietos. 
  2. Siempre que no hayan percibido durante el año ingresos iguales o superiores a un salario mínimo general de su área geográfica elevado al año. 
Gastos funerarios
Sólo la cantidad que NO exceda del salario mínimo general de su área geográfica elevado al año.    
Primas por seguros de gastos médicos
Pueden ser tanto complementarios como independientes de los servicios de salud públicos. 
Intereses reales 
  1. Devengados y efectivamente pagados durante el año al que corresponda la declaración.
  2. Por créditos hipotecarios utilizados  para la construcción o remodelación de casa habitación. 
  3. Los destinados al pago de deudas para la adquisición, construcción o remodelación de casa habitación, contratados con las instituciones del sistema financiero o con instituciones públicas como el INFONAVIT o FOVISSSTE, siempre por debajo de un 750 mil unidades de inversión (UDIS).
Donativos no onerosos ni remunerativos
El monto no debe exceder el 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta.
Aportaciones complementarias de retiro
  • Realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro. 
  • Las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias.
  • El monto de esta deducción será como máximo de 15% de tus ingresos acumulables en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan de cinco salarios mínimos generales de su área geográfica elevados al año.
Transportación escolar 
  • De descendientes en línea recta (hijos, nietos). PERO sólo si la escuela obliga a todos sus alumnos a pagar el servicio de transporte. 
El importe de los estímulos fiscales por: 
  • Depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro. 
  • Pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión.  
    • El monto que me puedo deducir por estos conceptos no debe exceder de 152,000 pesos.
Impuesto local sobre ingresos por salarios
  • Y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%. 
Si aún te ha quedado alguna duda sobre cómo presentar tu declaración anual 2024, a continuación ¡os dejamos un vídeo con todos los pasos a seguir! 
 

¿Hasta cuándo aplica la devolución automática del ISR a personas físicas?

El SAT establece que el saldo a favor podrá ser tomado en cuenta en los casos que los contribuyentes que presentaran su declaración anual. La devolución automática de impuestos es para cualquier persona física que opte por ella, aunque para eso deben cumplir con los requisitos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Aspectos que las personas físicas deben cumplir para acceder a la devolución automática de impuestos:
  • Presentar la declaración del ejercicio fiscal anterior utilizando la e.firma (firma electrónica) o firma portable al solicitar el saldo a favor por 10,001 a 150,000 pesos.
  • Los contribuyentes podrán usar la contraseña:
-Cuando el importe al saldo favor sea igual o menor a 10,000 pesos.
-Cuando el monto de la devolución supere 10,000 pesos y no pase de 150,000 pesos, siempre eligen una cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE a nombre del solicitante.
No podrán acceder a la devolución automática de impuestos cuándo:
  • Personas que han obtenido ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad conyugal o sucesión.
  • Presenten saldos a favor superiores a 150,000 pesos.
  • Los que soliciten la devolución por ejercicios fiscales diferentes al año anterior al de la presente resolución.
  • Presenten la declaración posterior al 31 de Julio del año en cuestión.

Requisitos para solicitar devolución automática de impuestos

Para solicitar la devolución de montos a favor, necesitan cumplir con lo siguiente:
  • Tener la firma electrónica vigente o e-firma portable
  • Preparar la información a anexar a su solicitud de devolución en formato .zip y cuide que cada uno de los archivos no sean mayores a 4 MB.
  • Tener presentada la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) del periodo que corresponda, al solicitar las devoluciones de IVA.
  • Preparar el archivo generado con el programa electrónico F3241, disponible en el portal del SAT, llenar los anexos de conformidad al impuesto solicitado; si fuera contribuyente competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General de Hidrocarburos o existe dictaminación de sus estados financieros.
  • Aportar el estado de cuenta que expidió la Institución Financiera no superior a los 2 meses de antigüedad, debiendo contener el RFC del contribuyente que realiza la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).
 

¡Me he equivocado! ¿Cómo puedo corregir mi declaración anual?

Con las prisas de última hora todos nos podemos equivocar a la hora de presentar nuestra declaración anual 2024. No se apuren, todo se puede solucionar: vamos a ver cómo podemos arreglarlo a través de unos sencillos pasos. 
Para corregir las declaraciones se han creado las llamadas declaraciones complementarias. El Servicio de Administración Tributaria nos da hasta 3 posibilidades de presentación de estas declaraciones.
Hay 3 tipos de declaraciones complementarias: ¿en qué casos presentó cada una?
  1. Modificación de la declaración
     - Modificar información de una declaración previamente presentada
     - Incorporar regímenes u obligaciones  
  2. Dejar sin efecto la declaración: con ella eliminamos en su totalidad una o varias declaraciones presentadas previamente.  
  3. Declaración no presentada: solo la podré presentar cuando hayamos dejado sin efecto una (o varias, en su caso) declaraciones anteriores. 

Si quieres más información sobre las declaraciones complementarias, o saber cómo presentarlas, ¡entra en el post en el que te lo explicamos!
 
  1. Nuevo
    #80
    27/10/16 18:13

    Hola mi nombre es natalia rodriguez rodriguez soy estudiante de bachilleranto con especialidad en contabilidad y gracias a esta informacion pude entender y razonar todo acerca de declaraciones anuales, gracias.

  2. Nuevo
    #79
    26/10/16 19:01

    hola, mi nombre es karina, soy estudiante de bachiller con especialidad en contabilidad y gracias a esta informacion e entendido mas sobre la declaracion sobre personas fisicas y morales.

  3. en respuesta a Lourdes Rosales
    -
    Top 10
    #78
    24/10/16 09:34

    Eso sería genial Lourdes, así pueden conocer mejor cómo funcionan los impuestos y la declaración anual. Estas aportaciones siempre son buenas.

    Estamos en contacto, un abrazo.

  4. en respuesta a Lourdes Rosales
    -
    Nuevo
    #77
    23/10/16 14:27

    Hola Andrea....ya a punto de finalizar el tema de personas físicas, sueldos y salarios, las alumnas tendrán que hacer un comentario en tu blog bajo el siguiente formato:

    Hola mi nombre es _______________________________________, soy estudiante de bachiller con especialidad en contabilidad y gracias a esta información: _____________________________________________________.

    Muchas Gracias por tus respuestas, ideas y aportaciones. Recibe un abrazo¡¡¡

  5. en respuesta a Lourdes Rosales
    -
    Top 10
    #76
    29/08/16 04:29

    Por supuesto Lourdes,

    muchas gracias por tus comentarios. Es un placer para nosotros que esta información sea útil para nuestros usuarios.

    Un saludo.

  6. Nuevo
    #75
    28/08/16 19:34

    Buenas tardes, respetando los derechos de autor, si ustedes lo permiten pasaré a mis alumnas la información contenida en su blog, me pareció comprensible, interesante y verdadera. Felicidades. Lo haré a través de link.

  7. Nuevo
    #73
    21/05/16 07:54

    Excelente artículo muy interesante, yo tengo duda respecto a como realizar mi declaración anual de asalariado en el año 2015 tuve 2 patrones diferentes uno fue en el sector privado hasta abril y a partir de mayo empece a laborar en el sector público en gobierno, la cuestión de que en gobierno en mi constancia de retenciones por isr es menos a lo realmente que me debieron calcular, pero al momento de juntar los ingresos de los 2 patrones para hacer el calculo anual me sale mucho a pagar ahora y es que tengo entendido en gobierno el isr que nos descuentan se aplica diferente a un sector privado utilizan otra tabla para hacer el calculo del impuesto a retener, esa sería mi pregunta cómo le ago para determinar mi calculo anual ???

  8. en respuesta a Isabel nova
    -
    Top 10
    #72
    02/05/16 02:05

    Buenos días,

    la fecha límite para presentar la declaración anual era el 30 de abril. Pero el SAT ha considerado alargar esta fecha límite, hasta el día 2 de mayo como último día para presentar la declaración anual a través de internet. ¿Sabes cómo hacerlo?

    Saludos.

  9. Nuevo
    #71
    01/05/16 23:08

    Buenas.
    Alguien me puede decir cuando es la fecha limite para hacer la declaracion de impuestos

  10. en respuesta a Vicente_gdl
    -
    Top 100
    #70
    12/04/16 06:49

    Buenos días Vicente,

    En la Declaración Anual no se puede omitir ningún tipo de ingreso, sea del tipo que sea, si no el SAT te puede poner multas o penalizaciones, por esto debes poner todos tus ingresos aunque provengan de diferentes patrones.

    Te recomiendo que te pongas en contacto con tu patrón y le metas prisa para que te entregue la constancia lo antes posible, ya que cómo tu has dicho tienes hasta el 30 de abril para hacer la Declaración (creo que cae en día inhábil, así que tendrías hasta el siguiente día hábil).

    Y bueno, como me has dicho que es tu primera declaración, no se si sabrás que puedes aplicar deducciones personales para reducir tu pago de impuestos. Te dejo un hilo aquí para que veas que puedes deducir y si tienes cualquier duda pregúntala!

    https://www.rankia.mx/foros/bancos-mx/temas/3165386-que-deducciones-puedo-aplicarme-declaracion-anual#respuesta_3179349

  11. Nuevo
    #69
    11/04/16 19:20

    Hola buenas tardes, siendo mi primera declaración anual tengo una duda, ya que estuve leyendo que solo se puede presentar la declaración de personas físicas en el mes de abril.
    La pregunta es considerando que tengo varios patrones: ¿Qué pasa si alguno de mis patrones a estas fechas no me ha entregado la Constancia de Percepciones y Retenciones siendo que la solicite en tiempo y forma por escrito? es decir, ¿Puedo hacer la declaración sin los datos de este patrón que no me ha entregado dicha constancia o que aplica?

  12. en respuesta a olguinofr
    -
    Top 100
    #68
    05/04/16 06:31

    Buenas Olguinofr,

    No he entendido muy bien su pregunta ni su situación, pero si le falto hacer las Declaraciones de años anteriores, lo primero que debe hacer es abonar su adeudo fiscal, y pagar las multas que se le hayan impuesto.
    Para realizar su declaración le voy a recomendar que utilice la aplicación de móvil, pues me parece lo mas practico, le voy a dejar el link donde esta bien explicado como hacerla.

    https://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/3048939-declaracion-anual-para-asalariados-2016-das-movil-sat

    Un saludo.

  13. Nuevo
    #67
    03/04/16 14:03

    Yo actualmente Trabajo como asalariado y en el 2006 iba entrar en una compañía aseguradora y quiero pensar que me dieron de alta como pfe, en la actualidad me envía sat a mi mail que no he realizado la declaración correspondiente de los años anteriores , como puedo realizarla por internet y presentarla a ceros ya que como menciono nunca realice como asegurador.

  14. en respuesta a williamvillafa_a
    -
    Top 10
    #66
    30/03/16 08:26

    Buenos días William,

    puedes pagar en ventanilla bancaria o en el portal bancario.

    En el monto deducible será la suma de las deducciones que te puedas aplicar en tu declaración. Acá puedes encontrar las deducciones que te puedes aplicar: ¿Qué gastos puedo deducir en mi declaración anual? Médicos, seguros, aportaciones...

    Puedes deducir los intereses de un crédito hipotecario, para ello debes tener en cuenta los siguiente: los intereses reales son los que efectivamente hayan pagado y que estén por arriba de la inflación. Para realizar tu declaración debes conseguir tu Constancia Anual para la Declaración de Impuestos en Infonavit. Acá puedes encontrar más información sobre cómo deducir interés hipotecarios en tu declaración anual: ¿Cómo deducir intereses hipotecarios en mi declaración anual - ISR?

    Un saludo.

  15. en respuesta a joselawtequila
    -
    Top 10
    #65
    30/03/16 05:42

    Buenos días Jose,

    si quieres consultar más información para presentar la declaración le recomiendo que se descargue nuestra guía de Cómo presentar tu declaración anual en 2016, es totalmente gratuita. Además, si tiene cualquier duda a la hora de realizar su declaración anual, puede ponerla en el Foro y estaremos encantados de ayudarle.

    Le recomiendo que revise estos artículos, seguro que le son de utilidad:
    - Tarifas y Tablas ISR 2016
    - ¿Qué impuestos habrá que pagar en 2016?
    - Declaración Anual para Asalariados 2016: DAS Móvil - SAT

    Un saludo.

  16. Nuevo
    #64
    29/03/16 20:58

    Hola el dia de hoy me incribi en esta pagina, soy profesor de secundaria y pretendo obtener un credito de infonabit, estoy interesado en hacer mis declaraciones por mi mismo y mire este articulo en iternet "¿Cómo presentar mi declaración anual 2016 - SAT?" del cual comento, desconosco completamente todo lo relacionado al derecho fiscal y estoy impresionado con la clarides y sencilles como esta presentado este articulo, es decir apesar de mi ignorancia en este tema es realmente entendible. GRACIAS POR AYUDARNOS y por favor si me recomindan algunos libros en pdf o si alguien me los facilita para adentrarme en este tema.

    saludos que esten bien

  17. Nuevo
    #63
    29/03/16 15:14

    Tengo dudas con la declaración en la opcion de gastos:
    Voy presentar los intereses del INFONAVIT y me aparece la opción de FORMA DE PAGO esta la realizo vía nomina, cual es la que debo de escoger. También me aparece el monto TOTAL DE LA FACTURA, qué cantidad de las 3 que aparecen en la constancia del INFONAVIT tengo que poner y por el último en la opción de MONTO DEDUCIBLE que cantidad de ve ir, ¿la de los intereses reales?

  18. en respuesta a Josevalero
    -
    Top 25
    #62
    29/03/16 06:14

    Hola josevalero, en Rankia tenemos un foro donde puedes encontrar información sobre la Fiscalidad de las plusvalías en bolsa: https://www.rankia.mx/foros/bolsa-mx/temas/3012830-fiscalidad-plusvalias-bolsa
    La información existente en el foro puede ayudarte, y si tienes alguna duda puedes poner un comentario y recibirás ayuda con brevedad.

  19. en respuesta a Carla Quinto
    -
    #61
    26/03/16 08:38

    Hola a todos estoy preparando mi declaración de la renta 2015 y tengo acciones que me han dado dividendos y quiero declararlo, alguien me pude decir como puedo declarar los dividendos, en un apartado de la ventana me pide los dividendo totales, luego el isr retenido y el acumulado, luego en otra ventana me pide que ponga el RFC de la empresa, y lo mismo que les he puesto arriba, no se como rellenar este apartado. Alguien que me pueda asesorar. Un saludo

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