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Vende o compra tu casa y evita pagar impuesto por esa transacción

Vende o compra tu casa y evita pagar impuesto por esa transacción

La ley fiscal en México prevé u otorga la facilidad de no pagar impuestos por la venta de una casa, principalmente si es una de interés social, sin lujos y que no supere el valor de 4 millones de pesos, para ello hay que cumplir al menos un requisito que es muy sencillo, pero muchas personas lo desconocen y por no hacer un simple trámite se ven obligados a pagar Impuesto Sobre la Renta por la venta de su casa.
 
En nuestro país hay un sinnúmero de casos en los que las personas pudieron evitar el pago de impuestos por la venta de su casa, pero que no gozaron de ese beneficio por ignorar un trámite muy sencillo que es el siguiente: se puede evitar el pago de ISR por la venta de una vivienda si se tiene un comprobante de domicilio de ese inmueble, por ejemplo, un recibo del teléfono, cable, CFE o internet.

 

El simple hecho de contar con un comprobante de domicilio exenta el pago de impuestos por la venta de la casa, lo cual se puede hacer una vez cada tres años. Esto se debe a que un comprobante indica que fue domicilio del vendedor y que no se hizo de la casa para venderla y obtener una ganancia con ella, pues en ese caso debería pagar su contribución correspondiente.
 
No hay que olvidar que si el inmueble rebasa los 4 millones de pesos entonces sí o sí se debe cumplir con la obligación fiscal, lo cual es un porcentaje variable dependiendo del valor de la casa y que puede alcanzar el tope máximo de 35%.
 

Otros requisitos para no pagar impuestos por la venta de una casa:

  • Contar con un uso de suelo habitacional (no puede ser sólo terreno). 
  • Hay que tener los comprobantes del pago de servicios a nombre del contribuyente, descendientes o ascendientes en línea directa.
  • Estados de cuenta bancaria, departamentales o pago de servicios con la dirección del inmueble. Al menos 6 recibos.
  • Credencial del INE.
 

Quien compra casa también paga impuestos

En este caso el comprador paga el Impuesto Sobre la Adquisición de un Inmueble (ISAI), también llamado Impuesto de Traslado de Dominio, que se paga después de escriturar porque en ese momento ante Hacienda ya se es el propietario del inmueble.
 
La tasa de pago varía dependiendo de la entidad federativa y va del 2 al 4.5% y se calcula sobre el precio más alto de la operación de compra.
 
Sin embargo, también se puede exentar el pago del ISAI y para ello la propiedad debe:
  • Ser adjudicada por herencia.
  • Adjudicada por donación entre ascendientes y descendientes en línea recta.
 



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