Rankia México Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Deutschland Rankia España Rankia France Rankia Italia Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder
¿Cómo lograr la devolución de impuestos para quienes son contribuyentes?

¿Cómo lograr la devolución de impuestos para quienes son contribuyentes?

Es necesario “perder el miedo” a solicitar la devolución de una parte de los impuestos pagados al gobierno mexicano, pues ello es un derecho de todo aquel que es contribuyente en México.

devolucion impuestos mexico

Devolución de impuesto en México

En nuestro país de puede tramitar la devolución del ISR, del IVA, del IETU, del IMPAC, de IDE y del IEPS.

 


 
Es muy importante no olvidar que actualmente si alguien en un ejercicio fiscal tiene depósitos en su cuenta por más de un millón y medio de pesos y esa persona no está inscrita en el padrón del Registro Federal de Contribuyentes o bien no está obligada a llevar contabilidad, la autoridad fiscal lo considera cómo un ingreso y quien recibió este dinero debe pagar contribuciones.

Devoluciones Declaración Anual - ISR

 

Devolución del ISR por Internet

Esta vez hablemos de la devolución de parte del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por internet. Esta devolución se solicita por internet y debe pedirse dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor del contribuyente.
 
Para el caso de personas morales con régimen simplificado por impuesto propio o bien para personas morales con el régimen simplificado por impuesto de sus integrantes (sector financiero, contribuyentes dictaminados y grandes contribuyentes) necesitan antes los siguientes requisitos:

 


 

  • Anexo 8 (Determinación del saldo a favor de ISR).
  •   Formato 3241 en .zip
  • Anexo 8 BIS
  • Anexo 8-A
  • Anexo 8-A BIS
  • Anexo 8 B
  • Anexo 8 C
  • Si es su caso, adjuntar en formato digital un archivo con las constancias de retenciones con firma y sello.
  • Tener contraseña y certificado FIEL (se requiere para ingresar con él al sistema del SAT).
  • Si se trata de una persona física con actividad empresarial, además deberá fotocopiar los pagos provisionales realizados a las Entidades Federativas.
  • Documento que desglose los pagos provisionales manifestados en la declaración anual.
  • Estado de cuenta de algún banco, debe estar a nombre del contribuyente y su antigüedad no debe ser mayor a 4 meses. Dicho documento debe mostrar RFC del contribuyente y el número de cuenta bancaria CLABE (18 dígitos).
  • Si el SAT pide otro documento este deberá ser presentado en formato digital.

 
Para personas físicas como asalariados, quienes prestan servicios profesionales, arrendadores, personas con actividad empresarial o enajenación de bienes se requerirá lo siguiente:
 

  • Constancias de retenciones con firma, y sello del emisor en los que consten las retenciones de ISR en formato digital.
  • Escrito en el que el contribuyente manifiesta la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del representante común. También un documento que demuestre los ingresos que le corresponden por copropiedad.
  • Documento que muestre los ingresos por fideicomisos firmado por el fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes legales.
  • Documento que manifieste el acreditamiento de IDE en los pagos efectuados.
  • Tener contraseña y certificado FIEL para poder ingresar al sistema del SAT.
  • EN SU CASO: oficio de desistimiento correspondiente por parte de la autoridad fiscal así como la documentación y/o información omitida, y el motivo del desistimiento.
  • (Sólo para los que tienen actividad empresarial) fotocopias de los pagos provisionales a favor de las Entidades Federativas.
  • Documento que desglose los pagos provisionales en la declaración anual.
  • Estado de cuenta de algún banco, debe estar a nombre del contribuyente y su antigüedad no debe ser mayor a 4 meses. Dicho documento debe mostrar RFC del contribuyente y el número de cuenta bancaria CLABE (18 dígitos).
  • Si el SAT pide otro documento este deberá ser presentado en formato digital.


 
 ¿Cómo solicitar la devolución de impuestos?

Una vez que ya de tengan los documentos anteriores hay que hacer lo siguiente para solicitar la devolución del impuesto ISR:
 
Paso 1: Se debe iniciar sesión en la sección “Mi portal” del portal del SAT, no olvidar tener a la mano la clave CIECF.
 
Paso 2: Ya que se esté dentro del portal el siguiente paso es buscar la barra de menú que se encuentra del  lado izquierdo y presionar el botón “devoluciones y compensaciones”, luego dar clic en “sub-apartado devoluciones” y luego registrar la solicitud. Mandará a otra pantalla.


devolucion ISR México


Paso 3: Ya estando en la otra pantalla, hay que presionar el botón de nueva solicitud de devolución. Si el contribuyente ya presentó anteriormente devoluciones dicha información se verá en este paso.
 
Paso 4: En la siguiente pantalla aparecerán datos generales del contribuyente, ese es el momento de revisarlos con cuidado, pues deben estar correctos.
 
Paso 5: Posteriormente el sistema desplegará otra pantalla en la que se muestra el origen del impuesto por el que se está solicitando el saldo a favor. Aquí el contribuyente debe indicar cuál es el periodo y ejercicio al que corresponde el saldo a favor en cuestión. Una vez hecho esto, el sistema desplegara los datos de la última declaración presentada por el contribuyente, esta información incluye el importe del saldo a favor correspondiente. Por último el sistema solicitará el número de cuenta CLABE y en esa cuenta será depositada la devolución.
 
Paso 6: En este paso el contribuyente debe indicar si tuvo operaciones con proveedores, arrendadores y/o prestadores de servicios nacionales en el periodo que se le solicita, si la respuesta es sí, el sistema desplegará una pantalla adicional donde el contribuyente confirmará si ya presentó la DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros), luego el sistema abriré otra pantalla con campos para indicar fecha y número de operación de presentación del DIOT.
 
Paso 7: Ya que se hayan aceptado los datos correspondientes al saldo a favor, las pantallas que seguirán le darán la oportunidad al contribuyente de adjuntar anexos al trámite, mismos que deben corresponder de acuerdo al tipo de devolución de saldo a favor, los mismos anexos en el formato F3241 o en su caso, utilizando los anexos en excel para aquellos contribuyentes no obligados a utilizar el formato F3241 se deberán adjuntar en formato comprimido .zip
 
Paso 8: En las siguientes pantallas, el contribuyente deberá verificar que se adjuntaron correctamente la totalidad de anexos que le correspondan al trámite. Si toda la información es correcta se debe presentar (enviar) el trámite de devolución y será necesario firmar está devolución con la firma electrónica. Sólo a partir de ese momento corre el plazo que tiene el SAT para realizar la devolución, hay que recordar que se depositará en la cuenta bancaria del contribuyente.
 

¿Alguien ha solicitado la devolución del impuesto ISR?

Accede a Rankia
¡Sé el primero en comentar!
Simulador de tarjetas