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Requisitos para solicitar la devolución del IETU

Requisitos para solicitar la devolución del IETU

Antes que todo hay que aclarar que este beneficio fiscal lo deben presentar personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor del impuesto IETU, este trámite deben hacerlo a través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”.

¿Cuándo se presenta el IETU? es importante no olvidar que este se hace en no más de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.

                                                                       Devolución del IETU

Solicitar la devolución del IETU:

 

Requisitos para las personas morales:

  • Anexo 14 determinación del saldo a favor IETU del ejercicio, F 3241 en formato *.zip, para contribuyentes personas morales que Dictaminan sus Estados Financieros.
  • Anexo 14 “Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio, disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y las personas físicas.
  • Anexo 14-A “Determinación de pagos provisionales acreditables de IETU, F 3241 en formato *.zip, para contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros.
  • Anexo 14-A Determinación de pagos provisionales acreditables de IETU, disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y las personas físicas.
  • Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste el (los) acreditamiento(s) o compensación(es) que se hubieren efectuado.
  • Si se trata de ingresos provenientes por fideicomisos, el contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria.
  • Contar con Contraseña y certificado FIEL a efecto de ingresos a la aplicación Mi portal de la página web del SAT.
  • Estado de cuenta a nombre del contribuyente expedido por la Institución Financiera que no exceda de 4 meses de antigüedad, que contengan el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).
  • Tratándose de trámites que previamente la autoridad fiscal tuvo por desistidos, deberá adicionarse al nuevo trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip), la siguiente documentación:

                  - El oficio de desistimiento correspondiente.

                  - La documentación y/o información omitida, motivo del desistimiento.

  • En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).

 

Para las personas físicas estos son los requisitos

  • Anexo 14 “Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio” F 3241 en formato *.zip, para contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros.
  • Anexo 14 “Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio”, disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y las personas físicas.
  • Anexo 14-A “Determinación de pagos provisionales acreditables de IETU” F 3241 en formato *.zip, para contribuyentes personas morales que “Dictaminan sus Estados Financieros.
  • Anexo 14-A “Determinación de pagos provisionales acreditables de IETU”, disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y las personas físicas. Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste el (los) acreditamiento(s) o compensación(es) que se hubieren efectuado.
  • Tratándose de ingresos provenientes por fideicomisos, el contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria.
  • Contar con Contraseña y certificado FIEL a efecto de ingresos a la aplicación Mi portal.
  • Estado de cuenta a nombre del contribuyente expedido por la Institución Financiera que no exceda de 4 meses de antigüedad, que contengan el RFC del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).
  • Tratándose de trámites que previamente la autoridad fiscal tuvo por desistidos, deberá adicionarse al nuevo trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip), la siguiente documentación:

               - El oficio de desistimiento correspondiente.

               - La documentación y/o información omitida, motivo del desistimiento.

  • En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).

 

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