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El Impuesto a Depósitos en Efectivo no existe, pero aún puedes pedir su devolución

El Impuesto a Depósitos en Efectivo no existe, pero aún puedes pedir su devolución

El Impuesto a Depósitos en Efectivo entró en vigor a partir de julio de 2008 y se derogó el 1 de enero de 2014 gracias a la Reforma Fiscal del presidente Enrique Peña Nieto.

Ese impuesto nació a razón que la autoridad fiscal sabía que había (y sigue habiendo) un gran número de personas que perciben ingresos en efectivo y que podrían ser objeto de pago de impuestos pero que al no estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes no pagan impuestos.

Entonces y con la finalidad de que esas personas pagaran, se implementó el IDE y ello fue un impuesto que se aplicó a los depósitos en efectivo de más de 15 mil pesos, ya sea depositados en una sola exhibición o por la suma de varios depósitos durante un mes; si alguien tenía varias cuentas en un mismo banco y pretendía depositar en cada una para “evadir el pago” ello no fue posible, pues aunque las cuentas fueran diferentes tenían referenciado el mismo número de cliente y ahí los bancos se daban cuenta y podían aplicar el impuesto también.

A pesar que el impuesto dejó de existir, ello no significó que el fisco dejó de “monitorear a la gente”, pues la misma reforma fiscal del presidente Peña Nieto que lo derogó, permitió también que las instituciones bancarias informen al SAT sobre los depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos en cualquier cuenta.

A pesar que ese impuesto ya no se cobra, puede solicitarse la devolución dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.

Devolución del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Estos son los requisitos obligatorios que pide el SAT para este trámite:

                   Requisitos para devolución de IDE

Estos son otros requisitos que el SAT podría pedir para la devolución del IDE:

                   Requisitos adicionales para la devolución de IDE

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