¿Qué impuestos habrá que pagar en marzo de 2016? En el siguiente post comunicaremos las principales obligaciones impositivas y declaraciones informativas que hay que presentar en marzo de 2016. Es bien sabido por todos que retrasarse en el pago de impuestos conlleva penalizaciones y multas, por eso es muy importante saber que obligaciones tenemos para poder cumplir con ellas.
A más tardar el 10 de marzo de 2016: Presentar declaraciones informativas
Antes del día 10 de marzo de 2016 se deberán presentar las siguientes declaraciones informativas:
Declaraciones informativas
Obligación a cumplir | Personas obligadas | Forma de cumplir |
Presentar información de las cuentas, los depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos otorgados a personas físicas y morales, o cualquier tipo de operaciones, para efectos del cobro de créditos fiscales firmes o del procedimiento administrativo de ejecución. | Las entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. | En la ADSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, o a través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi portal”. |
Presentar información mensual al SAT de depósitos en efectivo. | Instituciones del Sistema Financiero que opten por presentar la información de manera mensual. | A través de la forma electrónica IDE-M “Declaración mensual de depósitos en efectivo”, contenida en el Anexo 1, rubro A, numeral 2. |
A más tardar el 17 de marzo de 2016:
Antes del día 17 de marzo de 2016 se deberán presentar pagos provisionales y definitivos, el entero de retenciones específicas y declaraciones informativas.
Pagos provisionales y definitivos
Obligación a cumplir | Personas obligadas | Forma de presentación |
Pago provisional del ISR, IVA, IEPS y entero de retenciones | Personas morales |
Con el Servicio de Declaraciones y Pagos.
Pago con línea de captura en los Bancos autorizados.
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Pago provisional o definitivo del ISR, IVA, IEPS y entero de retenciones, en su caso. |
Personas físicas:
Actividades Empresariales y Servicios Profesionales
Arrendamiento de bienes inmuebles salarios, en su caso, sólo ISR.
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Con el Servicio de Declaraciones y Pagos.
Pago con línea de captura en los Bancos autorizados.
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Entero de retenciones específicas
Obligación a cumplir | Personas obligadas | Forma de presentación |
Entero de la retención por ingresos devengados que obtengan las personas físicas propietarias de los certificados de fideicomisos accionarios a que se refiere la Regla 3.2.13. | Intermediarios financieros. |
Servicio de Declaraciones y Pagos. Entero de retención: a través de los Bancos autorizados con la línea de captura. |
Entero de la retención que se efectúe de pagos por intereses. | Las instituciones que componen el sistema financiero. |
Servicio de Declaraciones y Pagos en el caso de las personas obligadas a utilizar este servicio. Entero de retención: a través de los Bancos autorizados con la línea de captura |
Declaraciones informativas
Información a presentar | Personas obligadas | Forma de presentación |
Información de las contraprestaciones o donativos recibidos en el mes inmediato anterior, en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos. | Contribuyentes que perciban contraprestaciones o donativos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos. | Declaración Informativa del Formulario 35. |
Precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos, así como el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, total de cigarros enajenados. | Productores e importadores de tabacos labrados. | Esta información se presenta a través de la Declaración Informativa Múltiple del IEPS (MULTI-IEPS) y su anexo 2. |
Información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes en el mes inmediato anterior. | Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que realicen operaciones con partes relacionadas o donantes. | En el portal de internet del SAT con el programa electrónico Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). |
Días adicionales para efectuar tus declaraciones de pago.
A más tardar el 18 de marzo: Primer día adicional para efectuar tus declaraciones de pago
- Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 1 o 2, hoy es el último día para presentar tus declaraciones de pago.
A más tardar el 21 de marzo: Segundo día adicional para efectuar tus declaraciones de pago
- Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 3 o 4, hoy es el último día para presentar tus declaraciones de pago.
A más tardar el 22 de marzo: Tercer día adicional para efectuar tus declaraciones de pago
- Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 5 o 6, hoy es el último día para presentar tus declaraciones de pago.
A más tardar el 23 de marzo: Cuarto día adicional para efectuar tus declaraciones de pago
- Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 7 u 8, hoy es el último día para presentar tus declaraciones de pago.
A más tardar el 24 de marzo: Quinto día adicional para efectuar tus declaraciones de pago
- Si el sexto dígito numérico de tu RFC es 9 o 0, hoy es el último día para presentar tus declaraciones de pago.
Estas opciónes no aplican para los contribuyentes que:
- Opten por dictaminar sus estados financieros.
- Consolidan sus estados financieros (empresas integradoras e integradas).
- Las personas que están considerados como grandes contribuyentes conforme al Reglamento Interior del SAT.
- Personas morales obligadas a presentar la declaración informativa de su situación fiscal en los términos del artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación.
A más tardar el 31 de marzo de 2016:
Antes del dia 31 de marzo hay que hacer el Pago bimestral de ISR, IEPS e IVA - Régimen de Incorporación Fiscal, la Declaración Anual Personas Morales, la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), la Declaración Informativa Anual de IEPS y la Presentación de avisos de aplicación de estímulos fiscales.
Pago bimestral de ISR, IEPS e IVA - Régimen de Incorporación Fiscal
Obligación | Personas obligadas | Forma de presentación |
Presentar Pago definitivo del ISR, IEPS e IVA correspondiente al bimestre enero-febrero del ejercicio 2016. Este pago se presenta dentro del mes siguiente al que corresponda el bimestre. |
Personas físicas
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Aplicativo Mis Cuentas Servicio de Declaraciones y Pagos que podrán utilizar los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que en 2013 hubieran tributado en el Régimen Intermedio o en el Régimen de las actividades empresariales y profesionales Pago con línea de captura en los Bancos Autorizados. |
Declaración anual Personal Morales
Obligación | Personas obligadas | Forma de presentación |
Presentar Declaración Anual del ejercicio 2015. Se presenta dentro de los tres meses siguientes a dicho ejercicio. | Personas morales | A través del esquema de Pago referenciado |
Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)
Obligación | Personas obligadas | Forma de presentación |
Presentar información sobre pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con los proveedores. | Personas morales y físicas que sean sujetos del impuesto al valor agregado | Formato electrónico A-29. Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) |
Declaracion Informativa Anual de IEPS
Obligación | Personas obligadas | Forma de presentación |
Presentar la información de los bienes que produjeron, enajenaron o importaron en el año inmediato anterior respecto de su consumo por Entidad Federativa. | Personas morales y físicas que produzcan, enajenen o importen bienes gravados de IEPS | Esta información se presenta a través de la Declaración Informativa Múltiple del IEPS (MULTI-IEPS) y su anexo 8. |
Presentación de avisos de aplicación de estímulos fiscales
Obligación | Personas obligadas | Forma de presentación |
Presentar aviso en el que se manifieste ser sujeto del estímulo fiscal correspondiente al acreditamiento de gastos por el uso de la infraestructura carretera de cuota. | Personas físicas y morales que se dediquen exclusivamente al autotransporte terrestre público y privado, de carga o pasaje. | Caso de Aviso a través de "Mi Portal". |
Presentar aviso en el que se manifieste que se aplicará el estímulo fiscal correspondiente al acreditamiento del IEPS causado en la adquisición de diesel para vehículos marinos. | Personas físicas y morales que realicen actividades empresariales (excepto minería) y adquieran diesel para su consumo final en vehículos marinos. | Caso de Aviso a través de "Mi Portal". |
Hasta aqui los impuestos que habrá que pagar en marzo de 2016. Si tienes alguna duda sobre los impuestos que debes pagar, visita nuestro foro.