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Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)

Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)

La declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) es una obligación fiscal que deben presentar todos los contribuyentes (tanto personas físicas como morales) que estén sujetos al IVA y consiste en proporcionar mensualmente al SAT, información sobre las operaciones con sus proveedores. 

Declaración Informativa de operaciones con terceros

Se pueden relacionar tres tipos de proveedores:

  • Nacional
  • Extranjero
  • Global

¿Que tipo de operaciones se declaran en la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT)?

Dependiendo de si se trata de proveedores nacionales, globales o proveedores extranjeros se debe de presentar:
Cuando se trate de Proveedores nacionales, o proveedores globales:

  • Prestación de servicios profesionales
  • Arrendamiento de inmuebles
  • Otros

Proveedores extranjeros:

  • Prestación de servicios profesionales
  • Otros

Se puede capturar más de una vez a un proveedor cuando se ubica en más de un tipo de operación por lo que se debe elegir el tipo de operación que corresponda. El programa no deja capturar más de una vez el mismo proveedor con el mismo tipo de operación.

¿Cómo y cuándo se presenta la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT)?

Las personas físicas y morales deben presentar la DIOT mensualmente, y deben declarar cada mes la información del mes anterior, a más tardar el último día del mes. Además aunque no se hayan realizado operaciones con terceros, si estás sujeto al IVA debes realizar declaración dentro del programa DIOT en la opción: “La presenta sin operaciones”.
Se deben declarar la totalidad de las operaciones realizadas con todos los proveedores, y más adelante veremos una serie de facilidades para englobar algunos proveedores y facilitar la declaración.

La información se presenta mediante el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”, contenido en el programa electrónico: Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2014, V.1.1.5), que se encuentra en el portal del SAT..

¿Dónde se presenta la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT)?

  • Los primeros 500 registros se hacen a través de la página de internet del SAT
  • Cuando ya se hayan realizado los 500 registros, se pasará a presentar la declaración en la Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC) a la que corresponda tu domicilio fiscal y podrás entregarla en disco compacto (CD), o en USB, y después de validar la información se te devolverá.

SAT


Facilidades para completar el formato electrónico:

A la hora de llenar el formato electrónico te podrás aplicar la siguientes facilidades:

  1. El campo “Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas) del formato electrónico A-29”, "Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”, no es obligatorio para las personas físicas, y las personas morales deben anotar las cantidades que se les hayan trasladado, pero que no reúnan los requisitos para considerarse IVA acreditable.
  2. No se puede relacionar individualmente a aquellos proveedores que se quiere incluir en proveedor “global”, siempre que se cumpla:
  • El monto de los pagos que se incluyen en proveedor global no puede exceder el 10% del total de pagos efectivamente realizados en el mes.
  • El monto de los pagos del porcentaje anterior no puede superar los $50,000 por proveedor 
  • No se deben incluir en el porcentaje antes nombrado, los gastos en combustible para vehículos pagados con medios distintos al cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito o de servicios o a través de monederos electrónicos, porque esos gastos se deben relacionar con cualquier monto.
  • En el campo “proveedor global” se deben poner los que no fueron relacionados individualmente.
  • Tampoco se incluyen en este porcentaje las cantidades vinculadas a la obtención de beneficios fiscales.

¿Se permite la presentación de declaraciones complementarias en la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT)?

Si, aplicación DIOT 2014, V.1.1.5. permite presentar tanto declaraciones normales como declaraciones complementarias, eligiendo la opción en el campo “Tipo de Declaración”.

Sanciones por no presentar la DIOT:

Multas, Declaracion Informativa de operaciones con terceros (DIOT)

Multas de $9,430.00 a $18,860.00 por no presentar la información a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos o presentarla incompleta o con errores.

Conclusión 

La declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) es obligatoria para todas las personas físicas y morales sujetas al IVA y deben presentarla a más tardar el día 30 de cada mes para no ser sancionados por el SAT, informando de todas las operaciones con proveedores (no hay que informar de operaciones con clientes).

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