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¿Quiénes tienen que declarar impuestos?

¿Quiénes tienen que declarar impuestos?

Durante el mes año debe de quedar lista tu declaración anual de impuestos 2020, es posible que aún no tengas claro si estas o no obligado a declarar ante el SAT. Hay que recordar que en caso de no declarar y ser un sujeto obligado a hacerlo puede traer problemas, además la información se envía al Buró de Crédito lo cual puede traerte problemas, no dejes que te pase y enterate si tú tienes que declarar.

 

 

¿Quiénes tienen que declarar impuestos en 2020?

Te vuelves un sujeto obligado a declarar impuestos si has recibido ingresos bajo los siguientes conceptos:

  • IMPORTANTE Todos los contribuyentes que obtengan ingresos por salarios quedan exentos de hacer la declaración anual correspondiente al 2016.

  • Por prestar servicios profesionales (honorarios) 

  • Por rentar bienes inmuebles 

  • Por realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto los que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal.  

  • Persona física con actividad empresarial

  • Por enajenar bienes 

  • Por adquirir bienes 

  • Por percibir salarios

  • Por intereses

  • Si hiciste inversiones y percibiste ingresos mayores a la inflación por más de $100,000 pesos

  • Otros ingresos, por ejemplo: las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios, y/o por penas convencionales, etc.

También debes de presentar declaración si la suma de tus ingresos por motivo de premios, donaciones y prestamos excede los $600,000.

Debes declarar también si tus ingresos exentos del pago de  ISR son mayores a $500,000, como lo puede ser herencias, legados o enajenación de casa habitación.

 

Para presentar la declaración anual de personas físicas en 2020 ante SAT:

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas.

¿Cuándo se presenta?

En el mes de Abril del año siguiente al que corresponda el pago.

Periodicidad

Es de periodicidad Anual

Obligación a Cumplir

Deben declarar el Impuesto sobre la Renta del ejercicio para personas físicas de acuerdo a al régimen fiscal al que pertenezcan. Para cumplir con las obligaciones fiscales mediante la presentación de la declaración anual, que contenga la información de los ingresos, deducciones personales, retenciones y pagos provisionales, desde el portal del SAT. 

 

Fundamento Legal: Obligación de presentar la declaración

  • Ley del Impuesto Sobre la Renta para 2020: Artículo 150.
  • Código Fiscal de la Federación para 2020: Artículos 31 y 32.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación para 2020: Artículo 41.

Cálculo del impuesto

 

  • Ley del Impuesto Sobre la Renta para 2020: Artículos 152.

 

Medio de presentación

 

  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2020: Reglas 2.8.5.1, 2.8.5.4, 2.8.6.5 y 2.9.1.

Medios de pago

 

  • Código Fiscal de la Federación para 2020: Artículos 20, séptimo párrafo.
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2020: Regla 2.1.20.

 

Información que debes tener a la mano

  • Las constancias de percepciones y retenciones.  
  • Tus declaraciones mensuales, las cuales deben estar al corriente. Si omitiste presentar una o más de ellas preséntalas ahora, de esta forma te evitarás molestias innecesarias y te ayudará a presentar más fácilmente la Declaración Anual.  
  • Los recibos de honorarios o  facturas electrónicas de los gastos relacionados con la actividad que hayas realizado en el año.
  • Los recibos de honorarios o  facturas electrónicas de los  pagos de colegiaturas o deducciones personales 
  • Para el envío de su declaración requieres contar con la contraseña o tu e.firma (firma electrónica)

 

Declaración en Línea SAT

 

  1. Selecciona Iniciar
  2. Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña
  3. Llena los datos que te solicita la declaración
  4. Firma en su caso, tu declaración y envíala
  5. Obtén el acuse de recibo de la declaración
  6. Si optaste por parcialidades, obtendrás los formatos con las líneas de captura con el importe a pagar en cada una de ellas.

 

Declaración Anual Información Adicional

Los obligados a presentar la Declaración Anual son las personas físicas que han obtenido ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:

 

• Sueldos, salarios y asimilados (Título IV. Capítulo I)
Artículo 98, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios) (Título IV. Capítulo II. Sección I)
Artículo 109, 110, fracción VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (Título IV. Capítulo VIII)
Artículo 74, fracción III, primer párrafo, fracción II, séptimo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Arrendamiento (Título IV. Capítulo III)
Artículo 118, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Enajenación de bienes (Título IV. Capítulo IV. Sección I)
Artículo 120, fracción III, inciso a de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Enajenación de acciones en bolsa de valores (Título IV. Capítulo IV. Sección II)
Artículo 129 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Adquisición de bienes (Título IV. Capítulo V)
Artículos 130 y 131 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Intereses (Título IV. Capítulo VI)
Artículo 136, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Premios (Título IV. Capítulo VII)
Artículos 138, último párrafo y 90, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Dividendos (Título IV. Capítulo VIII)
Artículo 140 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• Demás ingresos (Título IV. Capítulo IX)
Artículo 145 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• ISR REFIPRES (Título VI. Capítulo I)
Artículo 177, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020.

 

• RIF con Coeficiente de Utilidad (Título VI. Capítulo II. Sección II)
Artículo 111, último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2020. 

 

Requisitos

  1. Para pagar por transferencia electrónica mediante el banco necesitarán tener una cuenta con servicio de banca electrónica.
  2. Para ingresar a la declaración deberás contar con el RFC, contraseña o e.firma.

 

Documentos que obtienen

  1. En todos los casos el acuse de recibo de la declaración.
  2. Si optaron por pagar en parcialidades, también obtendrán los formatos de pago de contribuciones federales, con las líneas de captura de las parcialidades solicitadas.

 

Ahora bien si estas registrado ante la SCHP, es decir cuentas con un RFC, debes de presentar tu Declaración en ceros, reportando que no percibiste ingresos durante el año, una vez que tenemos claro todo lo anterior revisaremos los casos especiales, por ejemplo, ¿Qué pasa si soy asalariado pero presto mis servicios profesionales independientemente? No, no tienes que hacer dos declaraciones, con una basta, toda la información debe de estar concentrada en la misma. ¿Tengo dos patrones pero mis ingresos no son mayores a $400,000?. Pues sí, aunque tu patrón te haga retención mensual vía nómina, con un documento llamado carta de retenciones proporcionada por su patrón le deberá ser muy fácil presentar su declaración.

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