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Pensionarse a los 60 o a los 65 años

Hay personas que habiendo laborado durante su vida para una empresa y habiendo cotizado para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tienen el derecho de gozar de una pensión por vejez, los requisitos son: tener cumplidos 65 años y haber cotizado al menos 500 semanas, estos requisitos aplican a quienes estuvieron registrados en el IMSS hasta antes del 1 de julio de 1997, cuando entró en vigor la nueva ley que modificó el esquema pensionario en México para hacerlo contributivo.

 
Pensionarse

 

¿Pensionarse a los 60 o a los 65 años?

Así, aunque la ley de 1973  quedó derogada, los artículos relativos al pago de pensiones, se mantienen vigentes a través de artículos transitorios y de esta manera quienes fueron registrados en el IMSS hasta antes de jul 1997, pueden optar por pensionarse conforme a ley 1973 o ley 1997, sin embargo a la fecha, la mayoría de las veces conviene pensionarse bajo el esquema de ley 1973.

 
 

Pensión bajo Ley 1973:

El cálculo de la pensión por Vejez se realiza tomando como base la edad de 65 años, pero también se puede optar por una pensión de Cesantía en edad avanzada que se otorga a partir de los 60 años y hasta los 64, dicha pensión se determina en base a un porcentaje de la pensión por vejez conforme a la siguiente tabla:
pensionado ley 1973
Una vez que se cumplen los 60 años es posible pensionarse, pero muchas personas permanecen en su empleo con la esperanza de alcanzar un mayor porcentaje de pensión ya que conforme transcurre cada año se incrementa el monto en un 5% más, hasta llegar a obtener el 100% de la pensión.
 

¿Conviene financieramente esperar? ¿Cuánto se deja de percibir anualmente? ¿Ofrece una ventaja financiera pensionarse antes de 65 años?  

 

A continuación realizaremos el cálculo de la pensión para una persona que tiene un salario promedio de $305.00 pesos diarios y que a los 60 años logró acumular más de 500 semanas, digamos…1000 semanas. Al proyectar los resultados de la pensión que le correspondería en cada año si se espera hasta los 65 años, se puede observar que cada año se incrementa la pensión un 5% y se acumulan 52 semanas más a sus cotizaciones.

ejemplo pensionarse
Conforme a esta tabla, probablemente si el trabajador tiene la opción de seguir laborando, prefiera llegar a alcanzar una pensión de $5,380.00 en lugar de los $3,135.00 que le corresponderían si se pensiona a los 60 años, así que queremos saber si financieramente la decisión es correcta por lo que vamos a plantear una situación que es poco probable que suceda pero necesaria para poder evaluar la decisión.
 
Si se pudiera invertir toda la pensión que se recibe, el monto que se acumularía recibiendo la pensión desde los 60 años ¿Sería mayor al monto que se acumularía si se espera a pensionarse hasta los 65 años?
 
Para poder responder a esta pregunta vamos considerar un horizonte de tiempo, digamos una expectativa de vida de 75 años, de esta manera quien se pensiona a los 60 años tiene 15 años para acumular su pensión hasta los 75 años y el que se pensiona a los 65 tiene únicamente 10 años.
 
Para calcular la pensión anual vamos a multiplicar el importe mensual por 13 ya que además de las 12 mensualidades se recibe un mes adicional por concepto de aguinaldo
ejemplo inversion pensionado

Resultados nominales

En la tabla anterior se puede observar que conforme pasan los años el dinero nominal que se acumula es mayor debido a que como señalamos anteriormente, el porcentaje de la pensión se incrementa un 5% y cada año se suman 52 semanas más a la base del cálculo, todo esto a pesar de que el número de mensualidades cobradas hasta los 75 años son menos.
 

Matemáticas financieras

Las matemáticas financieras explican que no es lo mismo tener 1000 pesos hoy que tenerlos dentro de un año, así que para convertir los pesos de cada año en importes equivalentes, vamos a llevar las cifras a un mismo año, digamos que las llevamos todas a valor futuro a los 75 años. 
 

¿Conviene entonces esperar para pensionarse hasta los 65 años?

Considerando hipotéticamente que toda la pensión se hubiera invertido anualmente a una tasa del 4.5%, resulta financieramente irrelevante hacerlo a los 60 o a los 65 y a pesar de que la gráfica muestra como el mejor momento los 62 y 63 años, el importe realmente es irrelevante (32 mil pesos) considerando el periodo de tiempo tan largo.
pensionarse 60 o 65 años
Si financieramente resulta indistinto pensionarse a cualquier edad, se deberán considerar entonces otros aspectos como:
  • Las prestaciones de su empresa que se pierden al retirarse como: planes de gastos médicos, seguros, bonos, etc.
  • Estrés laboral v.s. gusto por el trabajo que se realiza.
  • Salud y estado físico.
  • Posibilidad de dedicarse a otra actividad y generar otros ingresos.
  • Situación económica personal.
  • Plan de vida y aprovechamiento de su tiempo libre.
Finalmente si usted sigue laborando y cotizando después de los 65 seguramente el IMSS (y en general todos los mexicanos) le estaremos eternamente agradecido ya que le habrá ahorrado al presupuesto poco más de 3 millones de pesos nominales y teniendo invertido ese dinero al 4.5%  pues poco más de 4.5 millones de pesos considerando claro, los datos de nuestro ejemplo (305 pesos de salario y la base de 1000 semanas de cotización).

 

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  1. Nuevo
    #20
    08/10/17 15:40

    Hola buenos días ..tengo 58 y estoy cotizando con un salario 579 pesos..hay alguna tabla done pueda checar con cuanto me boy a pencionar ..tengo 1500 semanas ...y si hay manera de incrementar ...gracia s..

  2. Nuevo
    #19
    30/09/17 09:20

    Me pensione a los 60 al 75%, el imss me debe de inrementar cada año el 5 %. Gracias por su valiosa respuesta.

  3. Nuevo
    #18
    04/09/17 15:16

    Buenas tardes,
    Yo me pensioné a los 60 años al 75%,
    mi pregunta es si esta pensión ira en aumento cada año en un 5% hasta llegar al 100% a los 65 años?
    gracias

  4. en respuesta a jakemedina
    -
    Top 100
    #16
    08/06/15 23:48

    Mi estimado, efectivamente no queda otra opción mas que incorporarse al régimen obligatorio por un año para poder reactivar sus semanas cotizadas, déjeme le explico:
    La Ley del Seguro Social 73 en su artículo 182 establece que los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio conservarán los derechos adquiridos para pensiones en las ramas de invalidez, vejez, cesantía y muerte por un periodo igual a una 1/4 parte del tiempo de sus cotizaciones semanales, contado a partir de su fecha de baja.

    Esto quiere decir que usted cotizó 729 semanas así que usted conservó su derecho a pensionarse sin estar asegurado hasta 182 semanas (3 años y medio), esto es, hasta mediados de 2012, incluso usted podía haber solicitado su pensión desde el año 2010 cuando cumplió los 60 años ¿me salta la duda de por qué no lo hizo? luego el artículo 183 señala que si dejó de trabajar y pasaron de 3 a 6 años debe cubrir 26 semanas cotizando nuevamente con un patrón pero más de 6 años....debe cotizar un año!!

    En cuanto a sus cotizaciones semanales lo recomendable es que acuda a la subdelegación del IMSS para que le expidan una constancia de sus semanas cotizadas, seguramente ahí si le aparecerán todas sus semanas.

    Ojalá pudiera buscar algún trabajo que si pueda realizar para reunir esas semanas que requiere, desconozco su estado de salud, pero 65 es todavía un chavo! tengo amigos de más de casi 80 que siguen muuy activos, ánimo si usted decide que se puede se puede!!

  5. Nuevo
    #15
    29/04/15 16:02

    hola buenas tardes, soy una persona de 65 años deje de laborar en el 2008 pero reuní 729 semanas cotizadas y ahora que tengo 65 años yquiero pensionarme me dicen que no por que debo laborar un año mas, que debo hacer? tengo que trabajar un año mas? y si me quiero pensionar por la ley del 73 se puede? y luego por internet ingrese al sistema de reporte de semanas cotizadas y solo me aparecen 35 semanas, por que no se reportan las 750 semanas que labore durante toda mi vida? porfavor asesorenme ya que quiero pensionarme pues ya no puedo laborar mas por mi edad avanzada y problemas de salud. gracias

  6. en respuesta a Gerardo Yañez
    -
    Nuevo
    #14
    29/04/15 12:33

    Muchas Gracias Gerardo por la información y se agradece la manera tan respetuosa de contestarme, me parece bien la fórmula utilizada, solo que tienes que llevar a futuro la pensión mensual de los 61,62,63,64 y 65, es decir aplicar el 4.5% por cada año que pase después de los 60, y partir con esa cantidad para aplicar la fórmula y que sean equivalentes, porque así como lo hiciste es como si la pensión mensual de los 65 la estaría recibiendo ya a los 60 y la proyectas a los 70 años y no a los 75...haciéndolo así el total acumulado a los 75 años es mayor por cada año que se espere después de los 60.

    Te mando un abrazo.

  7. en respuesta a Alan Garza
    -
    Top 100
    #13
    28/04/15 23:31

    Alan, gracias por tu interés en este artículo, mira el valor futuro lo calculé con la función de Excel =-VF(tasa mensual,pensión,#pagos).

    En cuanto a la inflación al calcular el valor futuro utilicé una tasa de interés del 4.5%, las tasas de interés se integran con un componente inflacionario y un componente real, así que ya va implícita la inflación por eso no la inclui directamente en la tabla. y en cuanto a la diferencia de valor presente y valor futuro debe dar el mismo resultado pero si con tu cálculo hay alguna diferencia no importa porque como dices la cantidad es mínima en una evaluación con un horizonte de 5 años. respecto a que a los 65 se recibe más, el ejercicio que aqui presento demuestra que todas las opciones rondan alrededor de 900 mil pesos (claro, con los datos utilizados para el ejemplo). Nominalmente siempre será mayor el importe de pensión a los 65, pero de acuerdo a las matemáticas financieras es lo mismo, cuantifica el dinero que le ahorraste al IMSS durante 4 años si decides pensionarte a los 65.

    Cada quien debe valorar su situación personal, habrá personas que se pensionan a los 60 años pero que conserven habilidades que le permitan generar ingreso adicional a su pensión con su ahora nuevo tiempo libre, habrá quienes requieran cotizar mas semanas, etc, hay que considerar lo que se gana y lo que se pierde al momento de pensionarse, porque cada caso es distinto.

    Saludos afectuosos

  8. en respuesta a Alan Garza
    -
    Nuevo
    #12
    28/04/15 11:02

    Algo que se me pasó en el comentario anterior, es que cada año la pensión se actualiza de acuerdo a la inflación, así que considerando ese punto y pensando en el ejemplo que pones, la pensión después de los 60 además de incrementarse un 5% por la edad y por las 52 semanas que se suman cada año también se incrementará por la inflación, así que por ejemplo a los 61 ya no se podría partir con 3,536 pesos como base de cálculo para la proyección a futuro, ya que se esperó un año más y esos 3,536 se actualizarían por la inflación y así sucesivamente para cada año posterior a los 60.

    Es por eso que creo que de todas maneras será mayor pensionarse a los 65 que a los 60. Ese es mi planteamiento y si estoy equivocado por favor corrígeme, ésta información es importante para todos.

  9. Nuevo
    #11
    27/04/15 14:53

    Buena Tardes Gerardo.

    Me podrías decir detalladamente cómo hiciste éste cálculo para llevar las cantidades a valor futuro por favor.

    Por otra parte, no sé si mi razonamiento sea el correcto, pero a valor presente (como lo haces en la primera parte) el total de lo que se recibiría a los 65 años sigue siendo mayor que a los 60 años, y la diferencia es de $88,075.00, es decir, se recibirían $5,871.67 menos al año si se pensiona a los 60 años que a los 65, pero de todos modos estoy de acuerdo que no hace mucha diferencia, quizá esta cantidad anual si la llevamos a futuro con la inflación parecerá más, pero en realidad se podrá comprar lo mismo.

    Saludos.

  10. en respuesta a elpoli
    -
    Top 100
    #10
    23/03/15 09:28

    Ya te puedes pensionar, si tu decisión es pensionarte con el porcentaje del 90% no es necesario esperarse para cumplir los 63, ya que la Ley del Seguro Social 1973 art 171 señala que se aumentará un año a los cumplidos cuando la edad los exceda en 6 meses

    60 75%
    61 80%
    62 85%
    63 90%
    64 95%

  11. en respuesta a Gerardo Yañez
    -
    Nuevo
    #9
    16/12/14 18:57

    Buenas tardes,

    Con relación a la respuesta ¿me podrías indicar como se determina el salario topado?

  12. en respuesta a mabarroni1
    -
    Nuevo
    #8
    06/12/14 13:15

    en junio proximo cuplo 63 años labore 19 años para kfc y voy para 14 años en ingersoll rand cotizando en total 33 años cotizando quiero saber si ya me puedo pencionar o debo esperarme a cumplir 63

  13. en respuesta a mabarroni1
    -
    Nuevo
    #7
    25/09/14 13:16

    continuo esperando la respuesta

  14. Nuevo
    #6
    21/09/14 19:30

    acabo de cumplir los 60 años y que debo hacer no se.
    para lo cual les comento lo siguiente: trabaje 17 años en la UNAM de México y cotice en el ISSSTE
    actualmente estoy trabajando en PEMEX y llevo 18.5 años y PEMEX tiene sus propios hospitales
    si sumo las dos periodos me dan 35,5 años laborando,
    ¿que hago para poder juntar estos periodos y poder jubilarme o tengo que esperarme hasta los 72 años para poder jubilarme en pemex?

  15. en respuesta a Champis7777
    -
    Top 100
    #5
    25/03/14 09:28

    Habrá que hacer cuentas ya que para el cálculo se considera el salario PROMEDIO de los últimos 5 años entonces te pongo un ejemplo:

    Salario promedio $200
    Semanas cotizadas 1,000
    Pensión de vejez 3,143

    Suponiendo que te doblan el salario un año (4 años de 200 y un año de 400)

    Salario promedio $240
    Semanas cotizadas 1,052
    Pensión de vejez 3,744.80

    Generalmente esta estrategia de subir el sueldo en el último año no es muy efectiva ya que lo que más impacta son las semanas cotizadas, pero como te digo, hay que hacer el cálculo.

    Ahora, también depende de cada persona y cada caso, ya que hay personas que pueden invertir en el régimen de continuación voluntaria durante 5 años a salario topado y puedan acceder a una buena pensión, no se cual sea tu caso.

  16. Nuevo
    #4
    22/03/14 15:45

    Felicidades muy buen comentario tengo una pregunta si tengo la posibilidD de qué me aumenten el salario al doble antes de pedir mi pensión cuanto tiempo debería tener cotizando el último salario para que me aplique una mayor pensión??

  17. #3
    26/02/13 07:17

    Tomar la decisión de jubilarse o no, no solo depende de tus motivos económicos y de las leyes, sino también factores personales y sociales. Yo he preferido jubilarme a los 65 años, dejar el ritmo de vida laboral cuesta mucho.

  18. en respuesta a luisanx
    -
    Top 100
    #2
    04/02/13 09:10

    Definitivamente no aplica para personas independientes ya que este esquema de pensión es solamente para personas asalariadas que estuvieron registradas ante el IMSS con fecha anterior a Julio 1997 y que ahora al momento de pensionarse puede elegir por una pensión determinada conforme la Ley del Seguro Social de 1973 o retirar lo que haya acumulado en su AFORE.

  19. Top 100
    #1
    01/02/13 05:14

    Muy buen análisis Gerardo.

    Pero me gustaría saber que ocurre en el caso de las personas que trabajan como trabajador independiente. ¿Serviría lo que has explicado? Un trabajador independiente puede registrarse al IMSS pero no estoy seguro de si es aplicable lo que has expuesto o no.

    Gracias!

"Invertir en conocimiento produce siempre las mejores rentabilidades" -Benjamín Franklin-
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