Rankia México Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia España Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Bancos cumplen requerimiento de coeficiente de cobertura de liquidez

2 respuestas
Bancos cumplen requerimiento de coeficiente de cobertura de liquidez
Bancos cumplen requerimiento de coeficiente de cobertura de liquidez
#1

Bancos cumplen requerimiento de coeficiente de cobertura de liquidez

De acuerdo con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), en el primer trimestre de este 2015, los siete bancos más grandes que operan en el país cumplen con el requerimiento de coeficiente de cobertura de liquidez (CCL) que marcan las nuevas disposiciones en la materia, que alcanza el 60%. 
 
A partir del 1 de enero de 2015 aplicaron a los bancos nuevas disposiciones en materia de liquidez, que les permitan enfrentar posibles escenarios adversos. Primero, aplican la normativa a las instituciones más grandes. A los bancos pequeños o de reciente creación la medida se les va implementando de una manera más gradual. 
 
Las disposiciones en materia indican que las instituciones que entre enero y agosto de 2015 hayan registrado y reportado una cartera promedio de crédito consolidada mayor o igual a 30,000 millones de udis, deben cumplir en 2015 con un CCL de al menos un 60%.
 
De acuerdo con la CNBV, el promedio al primer trimestre fue de 159.2%. Los bancos presentaron estos niveles de CCL:
Para el primer trimestre del 2015, las siete instituciones de banca múltiple cumplieron con el requerimiento mínimo de 60% que establecen las disposiciones, refirió el órgano regulador.

#2

Re: Bancos cumplen requerimiento de coeficiente de cobertura de liquidez

¿Y sabes que ocurre si no cumplen con este requerimiento?¿Tienen algún tipo de sanción?

#3

Re: Bancos cumplen requerimiento de coeficiente de cobertura de liquidez

Puedes encontrar la solución a tu pregunta en las disposiciones de carácter general que regulan los Programas de Autocorrección. En ellas se establece la posibilidad para las entidades y personas sujetas a la supervisión de la CNBV que hayan contravenido la normativa que les es aplicable, de que sometan a la autorización de la misma, un programa de autocorrección que contenga la forma en que corregirán el incumplimiento en que hubieren incurrido o la prevención de posibles incumplimientos futuros. 

También se incorpora un marco normativo relacionado con los requisitos que deberán observar dichas entidades y personas sujetas al presentar sus programas, dar seguimiento a la instrumentación de los mismos e informar de su avance tanto al interior de las entidades como a la CNBV. 
 
saludos!!