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¿Qué deducciones puedo aplicarme en mi declaración anual?

34 respuestas
¿Qué deducciones puedo aplicarme en mi declaración anual?
¿Qué deducciones puedo aplicarme en mi declaración anual?
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#31

Re: ¿Qué deducciones puedo aplicarme en mi declaración anual?

Una cosa son las aportaciones voluntarias al afore.
Otra es contratar modalidad 40, aquí hay que pagar 10% del sueldo que quieres mantener vigente ante el IMSS y semanas cotizadas. Esto aplica solo para los de la ley anterior.
Considero que son 2 temas diferentes, por que las aportaciones voluntarias las puedes retirar es un fondo de ahorro para el retiro voluntario.
En cambio el tema de Modalidad 40 es un tema que si se define cuanto hay que pagar y ayuda a mantener incrementar las semanas cotizadas ante el IMSS y mantener derecho del seguro de cesantía y vejez.
Debería poder deducirse ambos temas pero en el caso de modalidad 40 hay dudas si lo deduces al 100%, por que un % de ese pago si va para el fondo de retiro.
No soy especialista pero considero que si investigamos más a detalle de la modalidad 40 un % es gasto y otro % pequeño se va al fondo.
Veo más ese pago para incrementar semanas y vigencia de derechos.

#32

Re: ¿Qué deducciones puedo aplicarme en mi declaración anual?

En la  modalidad 40, se puede deducir en la declaración anual? se pudo conseguir algo de información?

#33

Re: ¿Qué deducciones puedo aplicarme en mi declaración anual?

Hola buen día, se consiguió algúna respuesta para saber si la modalidad 40 es sujeta para declaración anual?

#34

Re: ¿Qué deducciones puedo aplicarme en mi declaración anual?

Se resolvió algo? si fueron deducibles?

#35

Re: ¿Qué deducciones puedo aplicarme en mi declaración anual?

Hola cpjmld, ¿has resuelto algo sobre la deducción de los pagos de modalidad 40?
#36

Re: ¿Qué deducciones puedo aplicarme en mi declaración anual?

No, la modalidad 40 no es deducible.

Una persona que hace la aportación del 10% de un sueldo mensual, funge en ese caso como su propio patrón, lo único que se aporta con una M40 es la cuota obrero patronal, eso no da beneficios en cuanto a : sumar ahorro a la Afore, no hay derecho al servicio  médico del IMSS  solo en ese tiempo, una vez terminada la M40 ya se tiene el derecho de seg social y, no hay aportación al fondo de vivienda.

Esto implica solo que se reconozcan las semanas que resulten de los años que se haga la M40, máximo puede pagarse durante 5 años, y deben ser años completos.
Y además lograr promediar con un sueldo más alto los últimos 5 años de cotización.

La M40 solo aplica para ley 73 del régimen de pensiones del IMSS.

Espero le sea útil mi respuesta. 

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