Re: Dudas sobre horas extras - Autónomos
Previo: Lo de "autónomos" del título no entiendo muy bien porque lo mezclas con horas extraordinarias. Salvo que seas autónomo empresario. En tal caso, se aplica el régimen laboral a tus trabajadores. Si eres un autónomo trade, entonces no es de aplicación el estatuto de los trabajadores, y no hay límite ni concepto propio de horas extraordinarias. Hay actividad económica, con una duración X, y unas demoras Y.
1.- El límite de 80 horas extraordinarias es respecto de las que sean retribuidas en dinero. O sea, las no compensadas. Si se realizan 40 horas extraordinarias, y se compensan (remuneran) 20 con descanso, y te pagan las otras 20 en dinero, quedan aun hasta un máximo de 60 horas extraordinarias a pagar en dinero.
2.- Si se hacen 40 horas extraordinarias, y se retribuyen dinerariamente las 40, quedan solo 40 horas más para ser pagadas en dinero.
3.- El límite de 80 horas extraordinarias pagadas en dinero es por año natural, y jornada a tiempo completo, o parte proporcional. O sea, un contrato que en un año natural haya durado 6 meses (julio a diciembre), tiene un tope de 40 horas. Si además la jornada es al 75 % (30 hs semanales), el tope serían 30 horas.
Re: Dudas sobre horas extras - Autónomos
Re: Dudas sobre horas extras - Autónomos
Re: Dudas sobre horas extras - Autónomos
Todos los trabajadores tienen "jornada", aunque quizás no tengan un "horario" muy concreto. Lo normal es que la mención de la jornada salga en el contrato (además de regularse en el correspondiente convenio colectivo), como un tanto de horas "al día, a la semana, a mes o al año".
En caso de duda, hay que irse a la legislación básica al respecto:
.- Jornada diaría máxima 9 horas (cualquier prolongación necesariamente es hora extraordinaria, salvo pacto en convenio colectivo)
.- Jornada máxima semanal, 40 horas "en promedio anual"
Supongamos un trabajador que tenga un contrato a tiempo parcial del 60 % (24 horas semanales). Y hace dos días seguidos de 12 horas. ¿Cumple en esos dos días su jornada a tiempo parcial semanal? No, pues supera los máximos diarios, que solo pueden ser 9 horas. En este ejemplo (y a falta de convenio colectivo), el trabajador habría realizado 18 horas ordinarias y 6 extraordinarias. Y aun le faltarían por trabajar 6 horas ordinarias más otro día de la semana.