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alconchel

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alconchel 26/03/24 07:38
Ha respondido al tema Renta 2024-como aplicar subencion-desgravacion cambio de ventanas
Es decir, y disculpa si te entiendo mal, que tocaría meter todo en esta campaña 2024 de la renta del ejercicio 2023, porque fue en el 2023 cuando pongo fecha al segundo certificado tras acabar la obra.Y esto seria......(coste certificado inicial+bruto fra. obra+coste certificado final)  - ayuda concedidaY la cifra resultante meterla en esta declaración para desgravar. Todo ello independientemente de las fechas del certificado inicial (2022) y la ayuda ingresada (2024), priorizando la fecha del certificado final tras cese de la obra (2023)Esta bien así???
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alconchel 20/03/24 07:28
Ha respondido al tema Bancos para operar con una CB?
Retomo el tema de nuevo, por si en estos 3 años hay algun cambio por parte de alguienYo sigo con Ibercaja porque no encuentro otra cosa, así como con la promesa ya vieja de ING de que lo estaban estudiando......Alguno con otra opción a estas en este 2024??????
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alconchel 20/03/24 02:55
Ha respondido al tema Duda presentacion del 192
Vale.Pido disculpas a [email protected] veo que mi misma sorpresa ha sido ya expuesta por mas miembros que les ha pasado lo mismo, y ya esta contestada.Un particular no tiene que rellenar ese modelo de tramite.Un saludo a tod@s, y reitero mis disculpas por no haber usado antes el buscador
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alconchel 25/09/23 02:19
Ha respondido al tema Excedencia voluntaria
Como tu bien describes, la excedencia es voluntaria. Nadie te obliga, salvo tus propios intereses.No tienes derecho a indemnizacion ni cuando te la puedan conceder, ni cuando decidieras no reincorporarte. Si no estariamos todos cada 6 meses entrando y saliendo de nuestros puestos de trabajo, para "rascar" dinero extra.Por otro lado, no hay compromiso expreso de "guardarte" el puesto de trabajo, solo en el caso de que el día que te reincorpores tu puesto este libre, la Empresa siga teniendo necesidad de el, y en el tiempo sus circuntancias de mercado se hubieran minimo mantenido, podrías reincorporarte, e incluso tener derecho a el, si lo han amortizado con un puesto de trabajo a contrato o eventual.Como bien dices, tu decisión es voluntaria, no hay despido por el medio.
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alconchel 24/10/21 22:22
Ha respondido al tema Bancos para operar con una CB?
Joer, pues por lo que veo va pasando el tiempo y las CB siguen siendo las grandes olvidadas de los bancos.Me seguire quedando como estoy.En Ibercaja el gasto es de 10€ mes, y meter el adeudo mensual 0,63€.Gracias por contestar
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alconchel 19/04/21 04:21
Ha respondido al tema Renta 2020 - Duda con declaracion inmueble arrendado a traves de una CB
SOLUCIONADO.-Para el que se encuentre en una situacion como la mia......En el Epigrafe E se meten los datos economicos del arrendamiento conforme se hizo la declaracion del 184En el Epigrafe E1 se identifica el local arrendadoEn el epigrafe C no hace falta identificar el local como propiedad, ya que se hace en el E1Con esto se hace la declaracion bajo normativa, todo identificado y no hay duplicidades.Un saludo
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alconchel 18/04/21 14:07
Ha respondido al tema Renta 2020 - Duda con declaracion inmueble arrendado a traves de una CB
Gracias por responder.Efectivamente el apartado de la renta que hablas es el E. Donde se identifica y se meten los datos de una sociedad en atribucion de rentas. Todo tal cual se declaro en el 184 anual. Ese apartado no plantea duda.El que me plantea duda es el C. Donde se detallan los bienes inmuebles en propiedad, La vivivienda habitual, garajes, segundas residencias, locales, etc....Tal vez me estoy complicando yo mucho y resulta que si se declara la actividad de arrendar el local a traves del epigrafe de la CB. ya no hace falta declarar el local en propiedad, porque se sobreentiende que existe y esta arrendado y declarado a traves de ese mismo epigrafe..... y en caso de que aun asi haya que declarar el inmueble, pues es donde no encuentro de que manera, ya que como arrendado me obliga a meter datos que ya existen (se duplica todo), y afecto a Actividades Economicas no deberia ya que entiendo que eso es para cuando yo desarrollo una activdad en el, o tengo contratado a alguien.....Y ahi ya me pierdo si es que si (y como), o si es que no....
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alconchel 13/04/20 12:49
Ha respondido al tema Duda Fiscal Comunidad de Bienes
Yo aprecio que tu mismo te contestas.Precisamente por estar a disposicion de sus propietarios, disponeis de ella para ponerla en alquiler o no, para aceptar ofertas o subir o bajar el precio de las mismas, para disponer o no de los suministros esenciales de luz agua etc, para deambular por las instalaciones libremente para su uso, limpieza, control, mejora, adecuacion o valoracion de lo que hay......., vamos..... todo aquello que si estuviera la propiedad en alquiler no podrias hacer mientras el contrato estuviera vigente.Ademas.... el echo de dar de baja el 036 implica que no hay actividad economica de momento, por lo que incluso podriais venderlo ¿no?Lo que te dice el gestor es cierto, es defendible lo que planteas, todo lo es. Otra cosa es el fundamento legal, y aqui no hay ninguno, solo una apreciacion personal ante la que no hay que olvidar que Hacienda no tiene corazon, actua de manual.Que por esa gestion legal ante la Hacienda el gestor cobrara honorarios, y que nunca llegara a buen puerto..., con lo que es posible que sumeis paralela + multa + gastos del gestor..... pues también.Yo si te quieres convencer antes de hacer nada, busca o pide que te busquen antecedentes de sentencias con casos similares a este. jurisprudencia... vaya.
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alconchel 31/03/20 10:41
Ha respondido al tema Alquiler de parking particular sin declarar
Espero no hallas tomado los comentarios como algun tipo de alecionamiento personal, o como algo moral.Son solo pensamientos en voz alta, y en general, que no pretenden si no dar a conocer peoblemas colaterales que puden suceder en estos casos.Yo conozco casos de coches que han sido violentados o robados de plazas en alquiler sin declarar, y ni el seguro aun siendo a todo riesgo, se han echo cargo pòr haberse producido los echos en un espacio en situacion irregular.Yo mismo tube la experiencia hace años, de sufrir por un reventon de una tuberia en una avenida una total inundacion de la planta baja del garaje donde aparcaba, y los seguros del ayuntamiento estudiaron caso por caso y aunque terminaron pagando los daños sufridos comunales, asi como de los vehiculos implicados que en ese momento estaban aparcados en las plazas, aquellas plazas de garaje que tenian coches que no pertenecian al propietario de dicha plaza, o su entorno mas inmediato, y que en esa situacion no pudieron presentar justificacion de como estaban hay, como hubiera podido ser uncontrato de alquiler....... no fueron indemnizados.Los seguros, aun a todo riesgo, de esos vehiculos tampoco indeminizaroon ni los cubrieron juridicamente en la reclamacion.Y por supuesto, al final, una vez que se abre la caja de pandora juridica...... los propietarios de esas plazas que albergaban coches sin poder justificar su presencia, fueron tambien expedientados por la Hacienda con el tiempo.Nunca pasa nada, hasta que pasa.Se que legalizar las situaciones pueden suponer molestias. Se tambien que quieras o no todos miramos el mayor beneficio tambien.Pero libres de que pase algo no estamos ninguno, y si tenemos la mala pata de ser protagonistas de estas historias..... uffff... te aseguro ese dia deseas volver atras y lo haces arrepentido.Hace unos años tambien,en el garaje del edificio de al lado,una moto se incendio y quemo 2 coches nuevos de al lado hasta que llegaron los bomberos. La moto era de un amigo del hijo del dueño, una 49cc, ellos menores. La gracia entre crios.... "dejala en el garaje de mi padre, que total esta vacia....."65.000 de RC tubo que hacer frente, primero, el dueño de la plaza, y luego la familia del menor que aparcaba cuando el primero se lo reclamo judicialmente.Todo por un favor.Los seguros y la administracion no tienen corazon. No entienden ni comprenden situaciones. Actuan de manual.
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alconchel 30/03/20 23:33
Ha respondido al tema Alquiler de parking particular sin declarar
Hace ya un tiempo que la Hacienda va estrechando el cerco a toda operacion que no cumple con las normas tributarias. Por muy insignificantes e irrisorias que nos parezcan. Esto puede parecer un farol, pero lo cierto es que saben a que tecla tocar. Pronto tocaran la tecla exacta. Tienen recursos.La inmensa mayoria de las plazas de garaje en alquiler entre particulares no tributan, Y mira que la tramitacion es sencilla.... un 036 para darse de alta, y un 300 cada tres meses para ingresarles el IVA. A cambio hay un contrato que legaliza el uso de esa plaza, y asegura el bien aparcado, asi como los daños a terceros.Y en tiempos como lo que nos esta tocando vivir, quiza deberiamos darle ya importancia a que pagar impuestos significa tambien invertir, entre otras cosas, en sanidad. La gran heroina ahora mismo.Pero a parte...¿alguien a pensado que ocurre con un vehiculo robado de una plaza de garaje con la que no se tiene contrato de ocupacion?¿Con la reclamacion de daños en el caso de sufrir vandalismo, o averia de las instalaciones en el edificio (inundacion, incendio, etc...)? ¿Y en el caso de que nuestro vehiculo sufriera un percance como un incendio y afectara a los vehiculos proximos e instalaciones del edificio?¿Acaso se confia en que habra compañia de seguros alguna que se haga cargo de las resposabilidades civiles estando en situacion irregular?Ahorrase unos €uros, ademas de insolidario, ha sido la ruina de muchos en casos como los descritos......
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alconchel 09/04/18 13:56
Ha respondido al tema Fiscalidad venta vivienda
Gracias por responder Efectivamente en las cifras que pongo de la vivienda A, tanto de la compra en su dia como de la venta posterior, son las resultantes ya de sumar los gastos en el caso de la compra, y de restar los gastos en el caso de la venta. Es decir, los netos Pero mi duda es si tengo que restar esos 18000€ del pendiente del prestamo al importe neto de venta, siendo que no fue nunca un prestamos hipotecario que diese derecho a deduccion alguna. Eso es lo que me hace dudar.    
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alconchel 11/04/17 00:41
Ha respondido al tema Reinversion en vivienda habitual.
Hay un apartado en la normativa de la renta 2016....... donde viene a decir que el concepto de vivienda habitual es la vivienda donde uno a permanecido al menos 3 años consecutivoa salvo casos excepcionales.....   Uno de esos casos excepcionales es precisamente en los casos de separacion matrimonial o divorcio...... donde viene a decir que el conyuge que tubo que abandonar la vivienda no pierde su derecho al concepto de vivienda habitual de la misma...... Leerlo........ viene en el manual de la renta 2016....... pagina 220....... EXENCIONES POR REINVERSION....... articulo 38 de la Ley de IRPF
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alconchel 21/02/17 14:00
Ha respondido al tema Exencion compra vivienda
Si A mi pesar tiene sentido lo que dices. Por mucho que no estuviera en la que era mi casa por acuerdo de divorcio y no por gusto, legalmente estaba empadronado en otro domicilio. Gracias por contestar y tu interes. Un saludo desde ZgZ
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alconchel 21/02/17 08:58
Ha respondido al tema Exencion compra vivienda
Hola Si Desde el año de compra en 1992 hasta el año del divorcio en 2012, donde dentro del acuerdo de divorcio se queda mi expareja a vivir con mis hijos. Es entonces cuando yo me voy a la vivienda B y la hago residencia habitual mia hasta el dia de hoy. De esta residencia era propietario en un 50% ya, el otro 50% pertenecia a mi hermana y por eso hacemos un contrato de alquiler. Es a raiz de la venta del piso A, cuando le compro a mi hermana su parte y paso yo a ser el propietario al 100%. La pregunta es si parte de las ganacias por la venta del piso A, estarian exentas al reinvertirlas en la compra del 50% de mi hermana.
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