Gracais a todos por vuestra ayuda
Respondiendo a Acrasol, se dá el caso de Ocupa y ladrón, ya que entró rompiendo la puerta de la vivienda y la vació en una furgoneta el dia antes de su desalijo por parte de la guardia civil.
Como comentaba en exclusiones de actos vandálicos si que está clara pero no en la garantía de robo y la compañía lo excluye por la definición existente de vivienda que figura en contrato ALQUILADA, y según ellos podria haber existido deshabitada al entrar un ocupa , vamos .. es lo que se supone ya que lo excluyen por no estar de alquiler