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clinadin

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clinadin 14/06/20 18:19
Ha respondido al tema Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
A lo mejor, y de ahí el comentario que dejé un poco más arriba, esos problemas que se tienen con acciones españolas compradas en degiro se deben a la forma en que degiro hace el ingreso de la retención a la hacienda española (y ahí cobraría sentido lo que me han comentado esas personas a las que les he preguntado sobre el tema).Resulta que si es cierto que degiro cuando compra acciones, no las compra a nuestro nombre, sino que las compra a nombre suyo, cuando paga el dividendo, tampoco lo pagaría a nuestro nombre, sino que lo haría también al suyo. Por tanto, siguiendo esa hipótesis, Hacienda nunca podrá saber que el ingreso que le realizaron corresponde a nosotros. ¿Cual sería el problema de esto ser así? Pues que estaríamos perdiendo la posibilidad de compensar esa retención ya practicada.Además, acabo de leer un comentario del forero @david90 en las primeras páginas de este hilo, en la que se muestra una comunicación de degiro en la que dice literalmente: "nuestro liquidador reporta a Hacienda todas las retenciones como un único inversor". ¿No podría deducirse de aquí lo que he comentado anteriormente?
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clinadin 14/06/20 11:14
Ha respondido al tema Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
Por otro lado, y puesto que yo quiero hacer todo de la forma más legal posible, me gustaría que si eres tan amable, me dieses tu punto de vista sobre varias cuestiones:- Respecto a dividendos en España, que es el tema de este hilo, lo mejor es operar con broker español (al menos es lo que hago y lo que voy a seguir haciendo, puesto que no me merece la pena por ahorrarme unos euros los problemas que me pueden acarrear después)- Respecto a dividendos de empresas extranjeras: a priori, según tengo entendido, degiro únicamente aplica la retención en origen sobre el dividendo cobrado, y no la parte correspondiente en destino, entonces no deberíamos de tener problemas si declaramos el dividendo bruto, y luego la parte de retención española (aunque el bróker no nos la haya descontado) y a su vez, solicitar la devolución de la doble imposición en la casilla correspondiente.Gracias!!!
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clinadin 14/06/20 10:48
Ha respondido al tema Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
Hola Bacalo,me alegra que comentes a mi publicación, porque creo que eres de los que más luz ha aportado en este tema, de hecho, he dejado mi anterior comentario aqui, para someterlo a la crítica de los que más saben del tema. Personalmente me  sorprende la cantidad de personas que invierten con degiro, pero que no tiene claro como declarar las correspondientes plusvalías, minusvalías, dividiendos o retenciones obtenidas con este broker.Soy cliente de degiro desde esta semana, hasta ahora solo he usado broker español, pero llevo más de un mes leyendo toda la  controversia y problemas que se cuenta en foros acerca de este tema, ya que antes o después, todos tenemos que declarar.Lo que comento en el apartado anterior, me llega por parte de dos personas que tienen cuenta en degiro desde hace unos años (uno de ellos con una importante suma invertida, de 6 cifras), y me comentan que ellos nunca han declarado ni dividiendos, ni plusvalías en su declaración de la renta, que se limitan a rellenar cada año sus posiciones en el D6 y posteriormente rellenar el 720.La explicación que me dan los tres, es que mientras el dinero no llegue a España y quede reinvertido en el fondo monetario en la cuenta de degiro, no hay que declarar nada. Y que llegado el momento, se declararía como la liquidación de un fondo monetario, siendo la ganancia la diferencia entre el dinero que entró inicialmente, y el que se obtuvo al fiinal.Sinceramente, me extraña esto, y me extraña aún más que ninguna de estas tres personas hayan tenido una llamadita de hacienda en este tiempo (lo que me lleva a pensar que o bien están en lo cierto, o bien hacienda los tiene enfilados de manera que si están haciendo algo irregular, les pueda meter una sanción cuando se acerque el plazo del prescripción).A continuación, te dejo de forma más o menos literal lo que me comentaron al respecto: "Degiro, al no ser un banco, no puede guardar el dinero en una cuenta, por ello, atendiendo a la normativa holandesa, cuando mandas dinero a su cuenta, ellos lo invierten en un fondo monetario. Cuando das orden de compra o venta de acciones, degiro coge SU dinero y lo invierte en dicha acción (hace la compra su nombre), y lo anota en un registro contable, en el que indica por ejemplo que a Antoñito le corresponden 1000  euros en acciones de Endesa. Si vendes por ejemplo con una plusvalía de 3000 euros, ellos anotan esa plusvalía, pero el dinero vuelve al fondo monetario. Si reembolsamos ese dinero a la cuenta española, lo que tendrá la hacienda española es que Antoñito el primer año ingresó 1000€ en un fondo monetario de degiro y que 3 años después retiró de ese fondo monetario 4000€, por lo que ha tenido una plusvalía de 3000€. Y declararía sobre esa cantidad,"
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clinadin 13/06/20 10:54
Ha respondido al tema Retenciones dividendos Degiro no deducibles en IRPF
Tras mucho investigar, lo que he podido sacar como conclusión es que todo aquel que tenga el dinero en degiro, podría no tener que declarar nada a hacienda (ni dividendos, ni plusvalías) siempre y cuando no saque ni un céntimo del fondo monetario de degiro y lo reingrese para España; ya que el dinero de una hipotética plusvalía conseguida al vender acciones, quedaría en ese fondo monetario. Y al igual pasaría con los dividendos. De esa forma, podríamos ahorrarnos la doble imposición en dividendos de empresas extranjeras (ya que soportaríamos la retención de degiro, pero no la que posteriormente nos realizaría nuestro país). Eso sí, se renunciaría a recuperar el 15% de la doble imposición que se permite según nuestra legislación.- De ser así lo comentado en el punto anterior, declararíamos una vez que saquemos todo el dinero de la cuenta de degiro, y lo enviemos a nuestra cuenta española. De forma que declararíamos la cantidad inicial que se ingresó en ese fondo monetario, y la cantidad final que tras pasar el tiempo sale de él.¿Cuales serían los problemas de hacer esto? Pues en primer lugar, el no saber cómo actuar si te traes una parte del dinero que permanece en la cuenta de degiro, y no el montante total. 
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clinadin 04/04/17 13:37
Ha respondido al tema ¿Es peligrosa la compra de obligaciones subordinadas del Bco. Popular y Caixabank?
Hola, tengo deuda subordinada caixabank de la emisión ES0240609000, por el canje de unas preferentes que tenía hace 5 años. La cuestión es que estoy cansado de Caixabank y quisiera liquidar con ellos. Ls dudas que se me plantean son las siguientes: 1. En caso de querer vender dicha deuda subordinada, ¿hay mucho problema para ello? Estoy hablando de una cantidad de unos 4000€. 2. ¿Se sabe algo sobre si Caixabank piensa amortizar dicha emisión durante este año tal y como se ha comentado en este hilo? 3. ¿Sería posible traspasar esta deuda subordinada desde Caixabank a otro banco, por ejemplo BBVA? ¿Merecería la pena hacer dicho cambio en cuanto a comisiones se refiere? Solo comentar que no necesito liquidez, sólo que estoy cansado de esta entidad.  Saludos a todos y gracias.
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clinadin 16/01/14 10:29
Ha respondido al tema Reclamación judicial prima seguro responsabilidad civil
En la oficina de mapfre me han dicho que no pasa nada, pero como ya no me fio de ellos voy a poner una reclamación ante el servicio de reclamaciones de mapfre, adjuntando mi solicitud de anulación y explicandoles lo que ha ocurrido. Ademas, me pondre en contacto con la empresa externa que me envio la carta avisando de que si no pagaba me lo reclamarian judicialmente.
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