Gracias Fran, los intereses de la plataforma de préstamos siempre los he declarado en el IRPF como rendimientos del capital mobiliario en la base imponible de ahorro y así vienen reflejados en los datos fiscales que me descargo antes de hacer la declaración de la renta. Entiendo que lo lógico tributariamente hablando sería computarlos a los meses que han estado invertidos, pero como no he recibido los intereses hasta el final, a efectos del Sepe tendría que dividir entre 22 e imputarlas al mes siguiente al devengo?La bonificación de recibos sigue existiendo. Al menos a nosotros Openbank nos devuelve pequeños importes cada mes, teniendo domiciliada la nómina y ahora yo también el subsidio. Así se refleja también en los datos fiscales de la AT, como rendimiento del capital mobiliario, por lo que los sumaré como renta explícita cada mes.
Una duda más, aunque esto es de pequeño importe: las bonificaciones que nos da el banco por tener los recibos domiciliados en la cuenta corriente también hay que computarlas como rendimientos explícitos?
Fran un par de dudas si me permites:- Mi mujer y yo tenemos contratados ETFs que distribuyen dividendos periódicamente. Cada uno con su cuenta personal y en brokers diferentes. Es decir, son privativos, pero estamos casados en gananciales. Yo como perceptor del subsidio cómo debería de computar esos dividendos, sumando los de ambos y dividirlos al 50% y entre el número de meses en que se hayan generado? O debo computar los míos al 100% más el 50% de los de mi mujer?- También tenemos invertidos alguna cantidad en plataforma de préstamos. Si los intereses generados lo son en un plazo superior al año, por ejemplo 22 meses, habría que dividirlos entre 22 e imputarlos al mes correspondiente?Gracias
Acabo de presentar telemáticamente el alta en el convenio especial y me ha sorprendido una de las pestañas que se ha abierto durante el proceso de solicitud y que desconocía: "Indicar si el sujeto responsable del ingreso de cuotas del convenio es distinto del suscriptor".Quiere esto decir que cualquier persona, por ejemplo mi mujer o mi padre, pueden abonar mis cuotas al convenio? No tendría esto implicaciones fiscales por entenderse como una donación?
Muchas gracias Maquiz, entiendo de tu última frase que te refieres al Sepe y el tope de rentas: mis ingresos no pueden superar los 850,50 €/mes sumando todos los conceptos (alquiler, intereses y rendimientos presuntos). Para el Sepe las cuotas abonadas al convenio ni reducen tales ingresos, ni suman para nada. Es así?
Hola,Si suscribo el convenio especial para mayores de 52 años con el objetivo de ampliar coberturas y tengo unos ingresos por alquiler, las cuotas abonadas al convenio podría deducírmelas íntegramente en el IRPF con estos rendimientos del capital inmobiliario?Por ejemplo, si obtengo 400 € mensuales de alquiler y pagase 300 € al convenio, a efectos fiscales es como si mis ingresos del capital inmobiliario resultaran sólo 100 €/mes?
Fran, en 2022 invertí 1.140 € en un proyecto de la plataforma de crowdfunding Urbanitae. Este proyecto ha resultado fallido y ahora me han devuelto la misma cantidad invertida con el concepto "devolución de la prima de emisión". Como no se han generado plusvalías, no se han practicado retenciones. Mi duda ahora es si esto hay que declararlo al Sepe y si es así qué hay que declarar. Gracias.
Gracias Breakeven. Sí, soy cliente desde hace varios meses, pero cuando entro en mi zona privada no veo por ninguna parte la opción que comentas. Sólo los últimos movimientos de mi cartera de fondos, en otra pestaña los planes y en otra los estados de posición de los últimos meses, pero no veo si el fondo está abierto y si deja hacer aportaciones. ¿Has solicitado expresamente a la gestora la opción que indicas para que se abra en tu zona privada?