Hola, secreto de sumario no creo que haya, pues las investigaciones estan cerradas por parte de la G.C y al ser de tráfico creo que esa figura no se suele usar, no creo que suceda esto. Ademas las partes tienes derecho a conocer en que estado se encuentran las actuaciones. Sobre pedir el atestado lleva 7 dias en el Juzgado y solo nos hemos interesado dos de las partes al parecer, las compañias no habian dado señales de vida. Entiendo que no pueden estar todos los dias llamando pero si hubieran preguntado el viernes 31 o el lunes 3 habrian sabido que estaba alli. AL final es su trabajo como compañía, estar encima de estas cosas para darle celeridad.
Y lo del pique /carrera , yo creo que es imposible que piensen eso, porque el accidente fue tal que habiendo colisionado ellos, al minuto o a los dos minutos, debí llegar yo al lugar, donde golpeo con los coches, en ese momento los conductores estaban fuera de los coches discutiendo entre ellos, y dejando dos coches de color negro, cruzados en la calzada ocupando ambos carriles, de noche sin señalizar y en una zona sin iluminación.(el tema de que esten fuera ya discutiendo, de lo que hay testigos , ya da entender que hay un tiempo entre su impacto y el mio, de lo que se puede deducir que no har relación netre los dos hechos) Me atrevería que su comportamiento entra dentro de este tipo penal que estudiaré para actuar en consecuencia.
Artículo 385.
Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o a las de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días, el que originare un grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas:
1.ª Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio.
2.ª No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo.
.Ademas por suerte existen testigos de que yo llego mas tarde al lugar donde estan ellos y que no nada que ver con su pique.
La opción del finiquito no la veo mal, pero creo a falta de leer el atestado, solo con lo recabado en el lugar de los hechos, estoy seguro de que el atestado no dará lugar a duda alguna sobre que mi persona, asi que espero no tener que esperar los famosos 40 días de plazo máximo sin entrar en demora, que da la ley . Por cierto muy interesante tu aportacion del finiquito, gracias