Rankia México Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia España Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Jerjes

Se registró el 01/08/2018
--
Publicaciones
1
Recomendaciones
1
Seguidores
Posición en Rankia
999,999
Posición último año
Jerjes 02/08/18 06:55
Ha respondido al tema Contactar con usuarios del Plan 5 de Jubilación de Generali
Entre las 3 modalidades de renta vitalicia que el asegurado (no la Compañía) podía escoger al vencimiento, ya escogí en su momento la opción Renta Vitalicia (opción 1), siendo esta la única que aparece en las condiciones particulares de la póliza que firmamos, junto al rescate del Valor de Acumulación final, evidentemente. Esta renta vitalicia suponía una cantidad anual, en la que ya estaban descontados los gastos, relacionada con las tablas de mortalidad, el valor de acumulación final calculado a partir de las primas mensuales, su incremento anual (un 6% en mi caso) y el interés técnico garantizado del 6% (como he dicho antes, esta renta no está actualizada, al ser el capital acumulado final mayor que el calculado entonces, al haber sido el interés superior al 6% durante bastantes años).    La otra opción que aparece en la póliza, claro está, es el rescate del valor de acumulación al vencimiento. Hace poco me enviaron el documento de finiquito, pero le comuniqué a Generali que optaba por el pago de la renta vitalicia, la que firmé, y no otra. Pero Generali sólo me ofrece una opción de renta vitalicia con periodo cierto de 10 años y a partir de entonces otra 2/3 menor (2ª opción de las Condiciones Específicas del Plan 5 de Jubilación), opción escogida ahora por ella, sin respetar la que ambos firmamos hace bastantes años, como viene especificado en la póliza. “Oferta”, como dice la empresa, con la que no estoy en absoluto de acuerdo.   Por cierto, ese 6% bruto garantizado no llega al final ni a un 4%, lo que no digo que esté mal, sólo que la Compañía actuó con falta de transparencia, lo cual no puede deberse más que a una intención de ocultamiento y engaño. Además, al final, no cumple lo que firma y sólo te deja el camino de los juzgados. En eso estamos.
Ir a respuesta
Jerjes 01/08/18 13:33
Ha respondido al tema Contactar con usuarios del Plan 5 de Jubilación de Generali
Hola a todos los que participáis en este foro. Contraté el Plan 5 de Jubilación con el Banco Vitalicio (ahora Generali) en 1992 y ha vencido recientemente. Buscando a afectados por el mismo he llegado hasta aquí. El problema con el que me he encontrado es distinto al que comentáis en este hilo. Evidentemente, si la Aseguradora hubiera sido menos opaca, como era su deber, o yo mismo hubiera comprobado en su momento el Valor de Acumulación que se garantizaba en la póliza al vencimiento (que llevaba los gastos incluidos) me hubiera dado cuenta de lo que suponían, como comentáis principalmente por aquí, y hubiera podido decidir si firmarla o no, pero no lo hice. Por cierto, existe jurisprudencia a este respecto: en la sentencia no 427/2005 de la Audiencia Provincial de Barcelona (sección 16) se condena al, entonces, Banco Vitalicio a la devolución al demandante de esos “gastos de administración” (2.60%), no por la posible “abusividad” de los mismos sino por no haber sido formalizados por escrito y asentidos por ambas partes, “...lo que sí cabe rechazar es que ese cargo periódico pueda ser repercutido al asegurado cuando la póliza guarda silencio sobre ello”, dice la sentencia. En mi caso el problema ha surgido a la hora de formalizar la renta vitalicia anual garantizada en la póliza, (que habría que actualizar respecto al Valor de Acumulación real actual, pues había sido calculado a un interés del 6%, mientras que durante bastantes años fue mayor, por lo que el Valor de Acumulación actual también lo es). Generali se desentiende de lo que está pactado y "me ofrece" una renta vitalicia distinta a la que firmé en la póliza y manifiestamente menor. El único camino que me deja es el de la demanda civil. Me gustaría saber si alguno ha tenido este mismo problema. 
Ir a respuesta
No hay más resultados