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justiciera15 24/09/15 12:49
Ha respondido al tema Trabajadores y Agentes de Seguros de ING Nationale Nederlanden se sienten maltratados por la Compañía.
Bueno podria ser, pero de entrada pinta muy mal que quieran aprovecharse de tu familia para engañala , en concreto tu mismo serias el que engañaras a tu familia y amigos... me parece un acto criminal que por un trabajo tengas que vender tu dignidad.. donde vamos a llegar??? con esta formula de ventas::? si se le puede llamar asi porque mas bien son ladrones estafadores camuflados de guante blanco, una pena que haya gente sin escrupulos, deberian estar encarcelados.
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justiciera15 23/09/15 04:47
Ha respondido al tema Trabajadores y Agentes de Seguros de ING Nationale Nederlanden se sienten maltratados por la Compañía.
Pues estas compañias son verdaderas estafas, desean que les lleves a tus amigos para hacerles un plan de pensiones o para hacer un deposito en un fondo de inversion y despues cuando te lo han sacado todo te dan la patada, estas empresas deberian estar prohibidas , ya que son una estafa en toda regla, NATIONALE NEDERLANDEN ni os fieis un pelo es una burla al trabajador.
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justiciera15 27/03/15 18:10
Ha respondido al tema Seguro de hogar y protección jurídica
Comunidad Horizontal > Comunidades > Jurisprudencia El seguro debe pagar los daños por la tubería privativa, no la comunidad de propietarios Es una de las obligaciones de la comunidad de propietarios, como establece el artículo 10.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, la de realizar las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad. En este caso, el comunero, ante la duda de la naturaleza de la tubería que había originado los daños (elemento común o elemento privativo), demandó tanto a su aseguradora como a la comunidad de propietarios. Sentencia Audiencia Provincial de Madrid, 20-09-2012 (Extracto) Dado, pues, los hechos probados y que el recurrente ante la duda sobre cuál de los demandados debe definitivamente responder civilmente de los daños por dicha avería: si su aseguradora o la Comunidad, dirige la demanda contra ambos para que, ante la duda sea el Juez el que lo diga con arreglo a derecho, los dos niegan toda responsabilidad, el primero, por considerar que la avería se produce en un elemento común del edificio expresamente excluido en la póliza de seguro, y la segunda por entender que dicho elemento no es común, sino privativo, ante lo cual fácilmente se advierte que la cuestión no consiste en si procede o no exigir concreta y especial prueba sobre la naturaleza de dicho elemento, sino en determinar sí de los hechos probados resulta, como ley dimanante de su propio contenido y de conformidad con la normativa reguladora de la Ley de Propiedad Horizontal y de los Contratos de Seguro, el derecho cuya efectividad pretende el recurrente y que en contra de lo decidido en la sentencia de instancia, debe resolverse a favor del recurrente, toda vez que de los referidos hechos acreditan indiscutiblemente la concurrencia en dichos elementos de las condiciones que la ley exige para ser tenidos como privativos, prestar servicio única y exclusivamente al piso y que su existencia dependa únicamente de la voluntad del propietario, el cual puede libremente prescindir de ellos, incluso quitarlos sin que con ello afecte lo mas mínimo a la Comunidad, y como tales elementos privativos incluidos en la póliza de seguro en su día concertado con la aseguradora demandada, la que debe ser condenada a resarcir al asegurado de los daños causados por el siniestro sufrido, por tratarse de un daño por aguas, sin que se pueda incluir o considerar desagüe.
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justiciera15 27/03/15 18:08
Ha respondido al tema Seguro de hogar y protección jurídica
Aqui os dejo algo de informacion sobre coberturas para que lo tengais en cuenta a la hora de debatir de quien es la responsablidad con el nuevo codigo articulo 10 LPH Comunidad Horizontal > Comunidades > Jurisprudencia El seguro debe pagar los daños por la tubería privativa, no la comunidad de propietarios Es una de las obligaciones de la comunidad de propietarios, como establece el artículo 10.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, la de realizar las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad. En este caso, el comunero, ante la duda de la naturaleza de la tubería que había originado los daños (elemento común o elemento privativo), demandó tanto a su aseguradora como a la comunidad de propietarios. Sentencia Audiencia Provincial de Madrid, 20-09-2012 (Extracto) Dado, pues, los hechos probados y que el recurrente ante la duda sobre cuál de los demandados debe definitivamente responder civilmente de los daños por dicha avería: si su aseguradora o la Comunidad, dirige la demanda contra ambos para que, ante la duda sea el Juez el que lo diga con arreglo a derecho, los dos niegan toda responsabilidad, el primero, por considerar que la avería se produce en un elemento común del edificio expresamente excluido en la póliza de seguro, y la segunda por entender que dicho elemento no es común, sino privativo, ante lo cual fácilmente se advierte que la cuestión no consiste en si procede o no exigir concreta y especial prueba sobre la naturaleza de dicho elemento, sino en determinar sí de los hechos probados resulta, como ley dimanante de su propio contenido y de conformidad con la normativa reguladora de la Ley de Propiedad Horizontal y de los Contratos de Seguro, el derecho cuya efectividad pretende el recurrente y que en contra de lo decidido en la sentencia de instancia, debe resolverse a favor del recurrente, toda vez que de los referidos hechos acreditan indiscutiblemente la concurrencia en dichos elementos de las condiciones que la ley exige para ser tenidos como privativos, prestar servicio única y exclusivamente al piso y que su existencia dependa únicamente de la voluntad del propietario, el cual puede libremente prescindir de ellos, incluso quitarlos sin que con ello afecte lo mas mínimo a la Comunidad, y como tales elementos privativos incluidos en la póliza de seguro en su día concertado con la aseguradora demandada, la que debe ser condenada a resarcir al asegurado de los daños causados por el siniestro sufrido, por tratarse de un daño por aguas, sin que se pueda incluir o considerar desagüe.
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justiciera15 13/03/15 06:20
Ha respondido al tema Seguro de hogar y protección jurídica
Hay de todo pero los mediadores se llevan la palma , menudos caraduras porque hay que tener cara para desproteger al cliente encima q viven de ti, ya les vale...te recomiendo que te busques un abogado, ajeno a la compañia, sin dudarlo es lo unico que les asusta a esta panda de ladronzuelos.
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justiciera15 10/03/15 12:08
Ha respondido al tema Seguro de hogar y protección jurídica
Los mediadores de seguros estan para mediar entre usuario y compañia deben estar suficientemente formados para resolver cualquierduda referente a garantias del seguro , pero muchos de ellos omiten informacion o te dirigen hacia un 902 se quitan las pulgas de encima solo les interesa cobrar la prima.
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justiciera15 06/03/15 13:15
Ha respondido al tema Seguro de hogar y protección jurídica
Precisamente por el echo de ahorrar en sus siniestros suelen convencer al asegurado de que la cantidad satisfecha es la adecuada, cuando en realidad nunca llega a ser la que en realidad han de abonar ahi comienza una lucha incesante con la aseguradora que pretende engañarte juega con ventaja ya que la mayoria de usuarios no son abogados ni conocen sus derechos y las leyes que los amparan, menos mal que siempre esta la oficina del consumidor y la direccion general del seguro para que estas almas candidas puedan exponer sus altercados con estos mediadores mediocres que racanean y lian a los asegurados.
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justiciera15 03/03/15 18:12
Ha respondido al tema Seguro multihogar
Si tienes el seguro del hogar contratado y daños por agua y esteticos te tienen que reparar el 100% del conjunto dañado, suelos , tuberias , mobiliario todo.... reclamalo porque estas en tu derecho.
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justiciera15 03/03/15 18:04
Ha respondido al tema Seguro de hogar y protección jurídica
Me gustaria informar a los usuarios del seguro del hogar del grupo catalana occidente que no se fien de este grupo ni de ninguna de sus compañias asociadas , seguros bilbao, plus ultra ,catalana occidente, depsa seguros, ya que si tienes un siniestro con ellos no te va a solucionar ningun problema.Es mas te van a poner todo tipo de impedimentos para que no logres ninguna indemnizacion por parte de ellos te van a complicar la vida y solo te daran disgustos son un grupo de granujas sin escrupulos que solo quieren cobrar tu seguro. NO SE LES OCURRA CONTRATAR CON ELLOS.
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