La cuestión es que en CaixaBank en un principio pidieron el certificado de defunción y el testamento del beneficiario fallecido, pero a la vista de su decisión final, cabe preguntarse para qué...
A la vista de que hay opiniones para todos los gustos, y todas coherentes, si bien desde distintos ángulos, creo que al final habrá que contratar a un profesional que ratifique, o no, la postura del banco. Y si es que no?.
Muchas gracias a todos por vuestro interés.