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Buenas tardes Señor Burguera.
Tengo una duda sobre como reclamar la devolución de una fianza de alquiler de una vivienda.
¿Se puede usar el procedimiento monitorio para reclamar su devolución al haber dejado la vivienda en buenas condiciones y la propietaria negarse alegando falsedades?
El propietario es una S.L y el encargado de gestionarlo todo es un administrador de fincas, además de abogado.
Lo indico por si se complica el tema al no ser un simple particular ...
Muchas gracias.
Xavier, como siempre magnifica y completa respuesta. Esperemos que le salgan las cosas bien , porque , no sé si se complica la cosa pero... El casero es una S.L dueña de todo el edificio y el que se encarga de todo (reparaciones, problemas...) es un administrador de fincas y también ejerce de abogado. Y ya sabes lo de "se te comerán con patatas".
Despues de leerme de la primera a la ultima pagina (esto es mejor que Los simpson) hay una cosa que no me ha quedado clara; Si el ejecutado se opone al monitorio y se abre juicio oral y pierde el ejecutante ¿Condenan a costas o no? Al principio parece que afirmais que sí , y mas tarde sale Alberto diciendo que no (¿?).
Entiendo que decis que si no hace falta abogado ni procurador no hay costas , pero por si acaso...
"El preguntador que pregunte , buen preguntador será."
Ya que pregunto ( :P )
Tengo un colega que tiene sospechas de que su casera no le va a devolver la fianza cuando deje la vivienda. En el supuesto caso que no efectuara dicha devolución ¿Podría este colega iniciar un procedimiento de monitorio?
¿Como suelen salir las cosas cuando se reclaman devoluciones de fianzas? (La vivienda la dejaría perfecta)
De plazos no te se decir , lo que si se te puedo decir es que, cuando prescribe la irregularidad, para que esa obra se regularice hace falta un permiso de obra nueva del ayuntamiento; Arquitecto,planos...
Hay que pagar segun el valor de compra; En Baleares es un 8% , no se cuanto es en la C. Valenciana.
"Yo tenía entendido que se hacía sobre el valor de compr-venta y por eso la gran mayoría de transacciones se hacían con un importe menor al de la compra-venta" Eso consiste en legalmente pagar X€ por una finca y luego dar otra parte en "B" (negro), logicamente si una parte la pagas en negro pagas menos impuestos. Lo que no puedes es poner en la escrituras que pagas 100.000€ euros y luego declarar a haciendo 50.000€ , porque cuando presentas el modelo 600 tienes que entregar una copia de la escritura.
Siempre hay unos minimos que declarar (aunque que lo legal seria declarar lo que pagas de verdad) y cada c.autonoma tiene una web para calcular mas o menos el valor minimo de una zona ;
http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-valoracionbienes
El coste de registro y notario para una parcela rustica de menos de 6000 euros esta sobre los 55 y 167€ respectivamente.
Esa compañia es muy famosa en Mallorca. Antiguamente se dedicaban a producir electricidad en ese municipio , Soller . Ahora ademas dan servicio de fibra optica y tal... Parecen serios, ademas dan un trato muy local.