Anteriormente era opcional, pero hace algún tiempo ya que es obligatorio cotizar por cese de actividad. De http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/32765/32774/32817 : Cobertura del cese de actividad y medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedoraEl RD-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, establece, con carácter general, la obligatoriedad de la cobertura del cese de actividad y medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora para los trabajadores por cuenta propia o autónomos a partir del 1 de enero de 2019.Si bien, esta obligatoriedad no resultará de aplicación para los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.La opción deberá formalizarse con la misma Mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que tenga cubiertas las contingencias comunes en el momento de causar alta en este Régimen Especial y sus efectos coincidirán con los de dicha alta.
Hola Alex,Buscando asesorías online he encontrado tu mensaje, ya algo antiguo. ¿Por cuál te decidiste al final? ¿Podrías compartir tu experiencia?¿Alguien más que esté trabajando con alguna asesoría online podría comentarnos algo al respecto?¡Muchas gracias!