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rimini

Se registró el 17/10/2014
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rimini 19/10/14 13:22
Ha respondido al tema Darse de baja en una comunidad de bienes.
Ya me queda, todo más claro, me pongo manos a la obra para redactar el contrato de disolución de la CB y entregárselo a mi socio para que lo firme y posteriormente presentarlo en la Agencia Tributaria para dar de baja la misma. Gracias por tu apoyo y explicaciones desinteresadas Cachilipox, sería de mi agrado en alguna ocasión poderte ser igualmente de ayuda. Un fuerte abrazo.
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rimini 18/10/14 16:33
Ha respondido al tema Darse de baja en una comunidad de bienes.
Gracias por contestar Cachilipox, a ver si me queda claro, edito y respondo. Una comunidad de bienes solo existe cuando hay co-propiedad de algo. Esa copropiedad es previa, e independiente, a la formalización de un NIF único en la Agencia Tributaria. RES... En realidad no hay copropiedad así lo entiendo, a no ser que se entienda por copropiedad el contrato de arrendamiento y la compra de maquinaria de hostelería, que fué el quien se encargó de esto y firmo el mismo, me refiero al contrato de arrendamiento ya que esta a su único nombre, parte de la maquinaria fue comprada sin factura por lo tanto no consta en ningún sitio. Posiblemente lo que en verdad correspondía era una sociedad civil, donde él aportaba capital e industria, y tú solamente industria. RES...Después de haberme informado, si que me di cuenta que hubiese sido mejor haber constituido una SL. pero por mal asesoramiento por parte de su asesoría yo me fié en lo que me dijeron y acepté la CB. sin conocer los contras que ella poseía. Si la realidad civil es la existencia de una co-propiedad, para "salirte" debes vender tu parte. Si la realidad era un contrato de sociedad, ateniéndose a lo que tengáis establecido y firmado en el contrato, solo tienes que dar por rescindido el mismo (romperlo, pero de manera formal-legal). RES...Esto encaja más con nuestra situación ya que es un documento como expliqué, que ha sido firmado entre ambas partes, pero que jamás se dio de alta, o jamás se legalizó no se si es la expresión correcta, tan solo se utilizó como única vez ese documento para solicitar un CIF y nada más, por lo tanto comprendo que no hay constancia legal de dicha CB, me parece a mi...añado que el restaurante no se llego a abrir de momento, actualmente el local está en obras y estas se han paralizado por otras causas, el solo dio de alta luz, agua y teléfono eso es todo, no se si esto supone algo que me comprometa directamente. Por las deudas y obligaciones incurridas durante la existencia de la entidad, y ante terceros de buena fe, eres responsable solidario total. Otra cosa es que llegado el caso, tengas derecho a reclamarle al otro comunero (o socio), el exceso que hayas aportado. RES...Aquí no puedo ni debo reclamarle nada a mi socio ya que yo personalmente no aporte nada y si se que en una CB con respecto a las deudas ambos son solidarios hasta incluso con el patrimonio propio, eso es lo que más me preocupa ya que no quisiera poner en riesgo de perdida la vivienda familiar que poseo. Lo que no puedes hacer es actuar unilateralmente. Dos firman un acuerdo, dos deben "des-firmar" el acuerdo. Habría que hacer el contrato o acuerdo de disolución de la entidad, señalando que partes van a cada uno, y tramitarlo ante la Agencia tributaria y la hacienda autonómica. RES...En este caso debemos hacer un documento donde conste la disolución de la CB y presentarlo únicamente en la agencia tributaria??? no es así?? porque en la hacienda autonómica jamás hemos notificado la existencia de dicha CB. Añado un detalle, a parte del documento privado de la CB hemos cumplimentado y firmado el modelo 036 para solicitar el cif provisional, esa es toda la documentación que hemos hecho. A ver si me entiende lo que intento exponer, ya que yo acabo de llegar a España después de muchos años fuera del país y estoy verde en todo lo que a esto se refiere. Muchas Gracias una vez más.
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