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rpmadden

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rpmadden 12/01/16 10:51
Ha respondido al tema Cobertura del seguro del garaje comunitario, Responsabilidad Civil.
Soy nuevo en el foro y quisiera plantear mi problema a ver si alguien puede indicarme por dónde van los tiros. Desde hace más de 20 años tengo 2 plazas de aparcamiento en un garaje comunitario, en este existen 2 puertas de acceso para coches, que se abren exclusivamente con mando a distancia y que no pueden ser abiertas manualmente desde el exterior y 4 puertas de acceso para peatones cerradas con llave. En caso de avería, las puertas de acceso para coches se pueden liberar, en cuyo caso se pueden abrir y cerrar manualmente, desde dentro o fuera. En todos estos años jamás ha habido ningún incidente en el garaje. Desde el comienzo de las festividades de navidad, uno de los propietarios comenzó a dejar una de las puertas de acceso para coches abierta, concretamente la que accede directamente a la vía pública. A pesar de que varios propietarios la cerrábamos cuando la veíamos así, al poco tiempo volvía a estar abierta. En algún momento, este propietario, incluso llego a desconectar el motor de la corriente y esconder el cable sobre el motor para que la puerta no se pudiese abrir o cerrar con los mandos. El caso es que durante todos esos días la puerta ha estado más tiempo abierta que cerrada. Al final ocurrió lo inevitable, algún desconocido entró en el garaje y destrozó, empleando algún tipo de navaja o punzón, la capota de vinilo de mi coche descapotable. Cuando descubrí los hechos, lo puse en conocimiento del presidente de la comunidad y éste lo comentó con el administrador quien dio parte a la compañía de seguros de la comunidad. La compañía de seguros contesto que la póliza no cubría esos daños. Aparte de lo anterior, di parte a la policía. Lo que no tengo nada claro, es si el motivo por el que en estos momentos tenga la capota destrozada, es debido a que uno de los propietarios se ha empeñado en dejar la puerta abierta, no debería esto ser responsabilidad de la comunidad de propietarios, a fin de cuentas, ¿No es esta es la responsable de todo lo que ocurre en su propiedad? He intentado encontrar algo sobre esto y lo único que he visto son referencias legales, concretamente: El artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que, con carácter obligatorio, corresponde a los propietarios “Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación”. El artículo 1.902 de Código Civil establece que “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. El art. 1.903 añade: “La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder.” Agradecería cualquier comentario.
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