El decir al realizar los aportes el que debe presentarlo ser el gestor y no el participe no?¿Y en este caso posterior en particular?: 1.Acuerdo entre las partes, se anula el contrato de cuentas en participacion quedando extinguido.2. El gestor devuelve el importe exacto invertido el cual es objeto multáneamente de objeto de préstamo, sin solución de continuidad, es decir, inmediatamente, a favor del gestor, en las condiciones que se expondrán a continuación. En definitiva y por tanto, permuta su derecho de crédito conforme al contrato que queda resuelto, por un crédito contra el gestor por un importe idéntico al inicialmente invertido en el contrato ahora resuelto. por pagada respecto y suscribe ex novo un contrato de prestamo. El actual PRESTAMISTA renuncia a cualquier reclamación o exigencia derivada del contrato de cuentas en participación suscrito , que queda extinguido, a cambio de que se considere recibida la cantidad de Xxx euros, que inmediatamente, mediante este mismo contrato, entrega y presta a la ahora PRESTATARIA.