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Subastando

Se registró el 22/12/2018
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Subastando 22/12/18 06:57
Ha comentado en el artículo En el negocio de las subastas judiciales se aprende por las buenas o por las malas
Buenos días Pep.Itogrillo. A la pregunta que lanzas en la subasta mencionada, estoy contigo en no es una buena compra por el valor de puja que indicas. Pero habría que matizar mi respuesta. 1.- Los adjudicatarios del lote no pueden tener otra posesión ya que al tratarse de VPA no van a poder inscribir dicha vivienda en la notaria de turno. Ergo, vas a perder el depósito finalmente al no poder escribir la vivienda a tu nombre. 2.- Los adjudicatarios del lote no pueden transmitir la vivienda a quien quieran. La Consejería de Vivienda del Principado tiene derecho de tanteo y retracto sobre la compra de la misma en segundas y ulteriores transmisiones. 3.- Tercero si el subastero se la adjudicó con intención de venderla a continuación debería saber que no puede venderla al precio que quiera si no que tiene un precio máximo de venta por metro cuadrado estipulado por ley. 4.- Tampoco puede venderse a cualquiera si no que debe ser a alguien que no tenga ninguna propiedad. 5.- Tiene que ser tu vivienda habitual. Con todos estos datos, entiendo que quien se la adjudicó por eso valor es alguien que pretende usarla como vivienda habitual porque si no es así el subastero no hizo el trabajo de campo que tan acertadamente indica siempre Tristán. Por último, indicarte que ITP de este tipo de vivienda protegidas es marginal, no recuerdo exactamente el porcentaje que aplican sobre el valor de compra eso es muy poco dinero comparado con vivienda libre. Conclusión, no es mal precio para la zona si el adjudicatario de la subasta la utiliza como vivienda habitual. Por último, no entiendo del CTE? Supongo que la vivienda tenga el código técnico posterior a 2006 porque siendo el expediente de calificación de VPA de 2009, son tres años (mucho tiempo para que sea previo a 2006). Un saludo.
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