Gracias por los comentarios...me ayuda mucho a ser previsor y solicitar los consumos o buscar facturas atrasadas...a ver cómo lo hago por qué ya no somos clientes de ése punto de suministro por haberse vendido el inmueble... gracias por vuestros comentarios...un saludo
Gracias Juan Lackland....eso me estoy temiendo que sea mínimo mínimo. Pero manda narices que tenga que ser más de lo normal cuando unas personas mayores por su idiosincrasia hayan economizado durante su vida en general y su última etapa vital más. Por otra parte, tengo que pensar dónde puedo saber ése mínimo que Hacienda considera. Espero que con la documentación que remití a través del gestor se solucione todo y nos efectúen la devolución pendiente que le corresponde por tener una discapacidad del 85% en su mínimo vital a efectos del IRPF. Gracias por tu respuesta. Saludos
Buenos díasMuchas gracias por las respuestas y en especial a tí Maquiz porque la exposición me aclara más dudas que seguía teniendo. Comentarte que en la contestación que se le comunicó a la AEAT se le hicieron referencia a los artículos de la ley del IRPF relativos a la exención y también se aportaron aunque no se solicitaba los empadronamientos de baja y alta en los municipios. Respecto al consumo eléctrico no recuerdo ahora mismo si era mucho o poco pero si sé, que siempre fue mínimo porque mis padres eran muy ahorradores y vigilantes con los gastos. Es cierto que ellos cuando pasaban temporadas en el último domicilio respecto a temas de salud lo hacían cómo desplazados de diferente comunidad autónoma. Por otra parte, entiendo que seré yo quién tenga que demostrar mediante facturación y/o históricos los consumos o pruebas para rebatir sus argumentos. He puesto el tema en manos de un gestor economista para que me ayude con éste tema. De nuevo mí agradecimiento a la explicación. Un cordial saludo
Muchas gracias Grome por tus palabras y por las respuestas. Si me valen tus consideraciones, muchas gracias.Voy a seguir dándole vueltas a éste asunto. Feliz tarde a tod@S
Muchas gracias por tu respuesta Grome, tengo que leerlo varías veces para aclararme. No sé cómo puedo demostrar que pasó más tiempo en Galicia que en Madrid aún no habiendo cambiado su padrón. Se empadronó en Galicia el 12/03/2021 y vendió su vivienda habitual en Madrid el 05/08/2022 siendo mayor de 65 años. En los últimos 5 años estuvo como desplazado a efectos de centro de salud en diferente comunidad a la que le correspondía, más de la mitad de los cinco años.¿Sabrías decirme si hay algún departamento en la hacienda estatal que me asegurara dónde debo liquidar el impuesto? El tema está en que 3 herederos quieren liquidarlo en Galicia y otros 2 en Madrid. Me gustaría tener algún documento justificativo de mí elección por una u otra. Gracias. Un saludo PD. Falleció a fecha 23/05/2023.
Muchas gracias Chacurro por tús respuestas. De la vivienda en el campo no existen escrituras, solamente un cupo de partición hereditaria donde mí padre compra 2/3 partes de la casa a mís tías ya estando casado y después se amplió sin registrarla en el registro de la propiedad. Del piso no encuentro por ahora las escrituras.Quiero entender que éstas gestiones han de realizarse por motivos fiscales y porque es la verdad.¿Se deben aclarar todos éstos errores antes de hacer declaración de herederos y posterior aceptación y reparto de herencia?¿Podría ser un motivo para pedir la prórroga de 6 meses a efe tos del impuesto de sucesiones?¿En el caso de la plusvalía municipal también se puede solicitar una prórroga?Gracias por la atención y ayuda. Un saludo
Gracias por la respuesta, pero te hago un par de comentarios sin acritud.Cuando dices:"Esto no va de de los precios que se vende, porque por pedir se puede hasta la luna, las valoraciones se hacen por realidades, cosas vendidas y los precios de éstas, no por lo que pide alguien o alguienes para su piso."Yo sólo indicaba que podrían haber utilizado para la tasación pisos en mí zona para utilizarlos para el método comparativo que es el que utilizan, de precios no hablé, pero por otra parte, los precios de los unifamiliares que han utilizado son los de venta en anuncios no el precio escriturado en notaría.Respecto a los metros útiles repasando lo que escribí reconozco un error porque en registro son 94,78 y la tasación me dice que útiles son 76, no 74.No sé qué porcentage será pero me parecen muchos metros menos en una vivienda y encima te digo que en el apartado "armarios empotrados" aparece cero cuando en realidad tiene 3, uno grande en el dormitorio de matrimonio y 2 individuales en 2 habitaciones.De nuevo te agradezco tú respuesta.Un saludo