me he vuelto loco para la ayuda por el inss y en una de las mutuas que pedí información (fraternidad-muprespa), me ha pasado éste comunicado, espero os sirva. “En relación con la solicitud que ha realizado a esta Entidad Gestora para, en su caso, el reconocimiento y abono a su favor de la Prestación Extraordinaria de Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos, regulada en el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, le indicamos que con carácter previo, debe adherirse a una Mutua colaboradora con la Seguridad Social que Usted libremente elija. Dicha elección de adhesión debe producirse en cualquier caso antes del próximo 17 de abril para que su solicitud sea gestionada, siempre y cuando la realice nuevamente ante la Mutua colabora por la que haya optado. Para adherirse a una Mutua colabora con la Seguridad Social tiene que hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social mediante el servicio habilitado al efecto de “Solicitud de modificación para el año próximo en la cobertura de contingencias RETA” (la adhesión de trabajadores a una Mutua colaboradora con origen en el INSS se permite hacer en cualquier momento del mes con efectos del día 1 del mes siguiente). Los graduados sociales, gestorías, asesorías, etcétera, que normalmente realizan las gestiones ante la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y otros Organismos, suelen tener acceso a dicha sede electrónica para realizar este trámite. En el caso de que usted no pudiera actuar según lo señalado en el párrafo anterior, puede proceder directamente a adherirse a la Mutua que Usted elija a través de la página web de la Sede Electrónica de la Seguridad Social; sección Ciudadanos; apartado Afiliación e Inscripción; opción Solicitud de modificación para el año próximo en la cobertura de contingencias RETA. Este servicio permite, entre otros, la modificación de la opción correspondiente para adherirse a la Mutua que Usted desee. Para poder realizar el trámite de la forma señalada en el párrafo anterior necesita encontrarse en situación de alta en la Seguridad Social, y puede acceder a la opción indicada con certificado digital o con Cl@ve (usuario y contraseña). Si no dispone de certificado digital ni usuario Cl@ve, éste último puede solicitarlo a través de su página web https://clave.gob.es/; en el menú Cl@ve Permanente; sección Procedimientos. Para cualquier problema con este servicio póngase en contacto con el teléfono 060. Así mismo, para cualquier duda puede contactar con el número de teléfono 901 502 050 de afiliación, inscripción, recaudación, aplazamientos, RED, SLD, servicios telemáticos e información general (TGSS), en la opción 3.2 otras consultas. Información general.”