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chirota

Se registró el 15/10/2016
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chirota 24/10/16 11:11
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Para los que interese, es muy sencillo aportar a la AFORE, puedes ir a cualquer tienda de convenencia del 7. Y con tu CURP en la mano puedes aportar, directamente en la caja. Si eres alguien bien pro, entra aqui: https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar//public/imprimeCurpInicio.do Imprime tu codido de barras de la CURP, en la papeliar que lo plastifiquen formato tarjeta.. lo cargas en tu cartera.. y cuando tengas tentancion de unas frias, mejor aporta.. je je..
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chirota 18/10/16 11:44
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Cierto, cruzar los dedos para que las leyes no cambien, si bien no soy abogado, la constitutucion dice: ARTÍCULO 14.- A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Tal cual, lo que significa que si aparece una nueva ley y te perjudica no podra aplicarte. Esto es que si la topan a 10 salarios minimos, lloveran amparos por que la lay 73 del IMSS establece 25. Cierto la suprema corte se puede pronunciar pero no legislar, eso es atribucion del congreso. Son poderes diferentes. De ahi viene el termino "generecion de transicion" Los que aplica ley 73 podemos optar por AFORE o ley 73. Los que fueron dados de alta despues del 30 de Junio del 97 solo sera AFORE. Ahora no logro entender por que aportar de forma voluntaria al afore si tu estrategia es con la ley 73. No mencionas si optaras por pensionarte a los 60, 61, 62, 63, 64, o 65 a;os. El dolar es un mercado de dinero muy diferente a las canastas de inversion de las afores que invierten en mercados un tanto cuanto mas conservadores. Mi recomendacion es que : 1.- Reporte de semanas cotizadas 2.- Papeleo en orden, nombres, NSS, RFC, comprobantes.. todo todo debe estar al 100% Ahora, regresando el tema del foro "Modalidad 40" Si estas proximo a pensinarte una buena idea es darte de alta en la modalidad 40 con 25 salarios minimos. 25*73*30*.1053 = 5765.1750 mensual, mismo que no podras disminuir.. Este dinero deberas pagarlo por mes adelantado de tu bolsa. No te da derecho a atencion medica por parte del IMSS Solo continuar acomulando semanans coitzadas, mismas que te ayudaran a mejorar la pension. Ojo ojo, no es suficiente aportar 25 salarios minimos los ultimos a;os, existen muchos otros factores que componen el 100% de una pension. Uno de ellos es el numero de semanas cotizadas, como requisito deben ser 500, las restantentes su contabilizan como "incrementos anuales". De tal suerte que si alguien tiene 501 semanas cotizadas, cumple con el requisito, pero solo tendra 1 semana de "incremento anual" y esto no dara el 100% de una "buena" pension. De ahi me recomndacion de que si te quedas sin un trabajo formal, darte de alta en la modalidad 40. El requisito es que debes darte de alta con un sueldo igual o menor al ultimo patron. Y no podras disminuir las aportaciones.
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chirota 17/10/16 12:08
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En general, si ya tienes interes por pensionarte el primer primer punto de partida es: Reporte de semanas cotizadas http://www.imss.gob.mx/derechoH/semanas-cotizadas De ahi vas a tomar varios datos: Las semanas cotizadas, el ultimo sueldo. Verifica que tus datos correspondan con tu acta de nacimiento. Patrones. Con base a las semanas cotizadas de ahi partir para elaborar un plan. Si te conviene la modalidad 40 o no, si estas a tiempo, cuanto debes debes aportar, durente cuanto. Por supuesto debemos pertenecer a la ley 73. Que son todos los registrados antes del 1 de Julio de 1997. Tu NSS te lo dice, ej el mio inicia con 0492 que es 04 Jalisco y 92 el a;o que me dieron de alta. Consulta tu reporte de semanas cotizadas...
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chirota 17/10/16 11:53
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Cada a;o se actualiza el factor del salario minino, de tal suerte que no pagas los mismo de modalidad 40 todos los a;os. Es muy muy complicado calcular el monto de una pension. tienes hijos menores de 25? Tus padres dependen de ti? tienes esposa? concubina? Cuantas semanas tienes cotizadas? Eres solo? (la ley contempla un porcentanje que le llama de "soledad") Ese 75% se compone de los factores antes mencionadas y mas.. No es solo llegar a los 60 a;os y haber cotizado 25 salarios minimos los ultimos 5. Para obtener una "buena pension"
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chirota 17/10/16 11:41
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Debes notificar al IMSS en la delegacion que te corresponde que regresaras al "regimen obligatorio" Riesgo por? Si regresas a trabajar con algun patron, este te hace las aportaciones de las cuotas obrero patronales. Si pierdes el trabajo mi recomendacion es que si eres ley 73, regreses a la modalidad 40 "regimen voluntario" Una de las ideas de una "buena pension" es tener semanas cotizadas. Si dejas de pertencer algun regimen bajara tu porcentaje de pension. Ahora, una vez que estes dentro de la modalidad 40 si registras un salario de digamos 10 salarimos minimos... no podras cambiar a uno menor. Pero si mayor. Esto es que si de tu bolsa estas pagando y de pronto te quedas con menos opciones para seguir pagando, no puedes bajar el sueldo voluntario.. El tope de la modalidad 40 es de 25 salarios minimos.
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chirota 17/10/16 11:29
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Las AFORES a mi ver son el reflejo de una economia actual. Aplican a los que fueron dados de alta a partir del 1 de julio del 97. Basicamente es una subcuenta donde el trabajador tiene un saldo. Bueno, la apuesta de las afores es en el ahorro voluntario, ya que este saldo esta en varias canastas de inversion. De corto , mediano y largo plazo. Si alguien que recien entra a trabajar y esta joven, tiene el habito del ahorro voluntario, ese ahorro estara invertido durante 40 a;os. Lo que puede generar atractivos rendimientos. Y mas aun, si ese joven tiene el habito de ahorrar durante 10 a;os a su afore de forma voluntaria, podria hacerse un buen capital. Desaforunadamente no existe la cultura del ahorro. Y es muy probable que llegado el momento tengas un saldo muy peuqe;o. En el momento de la pension tienes derecho al saldo de la afore y de vivivienda si no sacaste credito. Nada mas. Yo veo positvo la apuesta de las afores, para que las personas ahorren de forma voluntaria y no sea una carga para estado las pensiones. Sin emgargo mientras no exista cultura financiera los ganadores seran las empresas que con las comisiones han hecho un gran negocio. Con usuarios que ni siquiera saben en que afore estan y mucho menos que comisiones cobran.. Si perteneces al regimen de afore informate que comisiones cobran, ve la posibilidad de combierte a una que cobre menos. Manten a la mano tu estado de cuenta. Existen muchas maneras de ahorrar de forma voluntaria, la mas sencilla es: Llegas con tu CURP a la quedana de tiendas del 7. Le dices al cajero que quieres abonar a tu AFORE. Y desde 50 pesistos de recibien el ahorro. Te dan tu comprobante y listo. Esperas tu prox estado de cuenta y ahi estara una nueva subcuenta que se llama Ahorro voluntario y una columna que te dice el interes que ganaste. No te desesperes si no es mucho, la idea es que con el tiempo seguira generando intereses o "minisvalias" (perdidas). Y asi cada semana puedes ir a depositar. Saludos.
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chirota 17/10/16 11:07
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Gabriel, mi recomendacion es: 1.-Date de alta en la modalidad 40. Te pedira el IMSS que te des de alta con el ultimo suueldo que tenias registrodo. Esto con el fin de tener mas "incrementos anuales" 2.-Toma una lupa, revisa tu acta de nacimiento, nombre, apeedios fechas.. comparal con tus identificaciones, recibos del IMSS.. debes estar todo super al 100% en caso de que un nombre apeido o lo que sea el IMSS te negara la pension. El dia que asistas a la delagacion dle IMSS intentaran mandarte a la afore. Di que no que tu eres ley 73.. 3.-Definitivamente tienes que esperar hasta los 60 a;os para la pension. Asi marca la ley.. Aunque no me es claro si eres ley 73.. lo mas seguro es que si.
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chirota 15/10/16 11:11
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Que tal Andrea, Jesus Flores Jesus no especifica si va a pensionarse por ley 73 del IMSS. Si es el caso definitivamente es complicado calcular una pension. Ya que son muchos factores (Alrededor de 20). Los requisitos básicos para una pension ley 73 son: 1. Precisamente pertenecer a ley 73. Todos los que fueron dados de alta en el IMSS antes del 30 de Junio de 1997 son ley 73. Para saberlo es muy fácil. Solo revisar los primeros 4 dígitos del NSS por ej mi caso: 0492, lo que significa que me dieron de alta en la entidad federativa (según el imss) 04 que es Jalisco, y 92 que es el año que me dio de alta mi primer patron formal. Si no sabes cual es tu NSS, consulta en google con la búsqueda no se cual es mi nss 2.- Tener 500 semanas cotizadas o mas y estar en vigencia de derechos 3.- Tener 60 años o mas 4.- No tener trabajo De entre los factores que existen para el calculo de la pension están los "Incrementos anuales" Bien, son los años que pasan después de las 500 semanas. Por cada incremento anual recibes mayor pension. No solo basta tener 500 semanas para tener una "buena" pension. De ahi que es importante si dejas de trabajar darte de alta en la modalidad 40, para seguir generando incrementos anuales, no necesariamente a los 55 años. Otro factor son los hijos menores, y aunque parezca increíble otro factor son los padres, a mi me parece increíble que alguien a los 60 años le sobrevivan los padres. Otro factor es la esposa o la concubina, otro factor estar solo, con alguna incapacidad.. otro factor es precisamente la edad, a los 60 años recibes el 75%, 61 80%, 62, 85% y asi hasta el 100%, Este porcentaje es sumando todos los factores. Todos estos factores y mas podrían componer una "buena pension" no solo el hecho de tener 60 años... Ahora, conociendo un aproximado de la pension tendras que decidir si la tomas a los 60 años o las 65. Por ej. Si la pides a los 60 años tendras mas años para disfurtarla y con un poco mas de fuerza física... pero al 75%. Ahora si la pides a los 65 años, tendras menos años para disfrutarla y menos fuerza física ... pero al 100%. Las afores son distintas, muy muy diferentes... Si te dieron de alta después del 30 de junio 97 De entro los requisitos son 1250 semanas cotizadas 60 a 65 años Y solo tendras derecho a lo que tengas en tu subcuenta de ahorro.. Saludos
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