Hola Lorenadevicente La SL no repartirá dividendos si no ha obtenido beneficios en ese ejercicio. Revisa el contrato que firmaste, debe aparecer con seguridad que los dividendos se repartirán en caso de que hubiese beneficios, de lo contrario se repartirá en los siguientes 5 años. Revisa los estatutos de la sociedad, ahí debe aparecer la política de reparto de dividendos. Puedes consultar la Ley de Sociedades de Capital en los artículos que hacen referencia a las participaciones sociales y acciones sin voto: Artículo 99. Dividendo preferente. 1. Los titulares de participaciones sociales y las acciones sin voto tendrán derecho a percibir el dividendo anual mínimo, fijo o variable, que establezcan los estatutos sociales. Una vez acordado el dividendo mínimo, sus titulares tendrán derecho al mismo dividendo que corresponda a las participaciones sociales o a las acciones ordinarias. 2. Existiendo beneficios distribuibles, la sociedad está obligada a acordar el reparto del dividendo mínimo a que se refiere el párrafo anterior. 3. De no existir beneficios distribuibles o de no haberlos en cantidad suficiente, la parte de dividendo mínimo no pagada deberá ser satisfecha dentro de los cinco ejercicios siguientes. Mientras no se satisfaga el dividendo mínimo, las participaciones y acciones sin voto tendrán este derecho en igualdad de condiciones que las ordinarias y conservando, en todo caso, sus ventajas económicas. Un saludo