Acceder

¿Qué son las obligaciones?, Este tipo de títulos que cotizan en la parte de mercado de capitales de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) las emiten sociedades anónimas y estas obligaciones representen la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo constituido a cargo de la sociedad emisora.

 

Partiendo de este punto el obligacionista es la persona que adquiere el título y será representado en las Asambleas de Obligacionistas por un representante común de obligacionistas, que generalmente es una Casa de Bolsa.

 

Las obligaciones serán normativas y deberán emitirse en denominaciones de cien pesos o de sus múltiplos, excepto tratándose de obligaciones que se inscriban en el registro nacional de valores y se coloquen en el extranjero entre el gran público inversionista, en cuyo caso podrán emitirse al portador. Los títulos de las obligaciones llevarán adheridos cupones y para su emisión se redacta un acta de emisión que debe protocolizarse y registrarse en el Registro Público de Comercio.

 

Las obligaciones deben de contener.

 

  • Deben de incluir el nombre, nacionalidad y domicilio del obligacionista, excepto en los casos en que se trate de obligaciones emitidas al portador en los términos del primer párrafo del artículo anterior.

 

  • Contendrá la denominación, el objeto y el domicilio de la sociedad emisora.

 

  • Debe mencionar el importe del capital pagado de la sociedad emisora y el de su activo y de su pasivo, según el balance que se practique precisamente para efectuar la emisión.

 

  • Contará con el importe de la emisión, con especificación del número y del valor nominal de las obligaciones que se emitan;

 

  • Mencionará el tipo de interés pactado;

 

  • Deberá decir el término señalado para el pago de interés y de capital y los plazos, condiciones y manera en que las obligaciones han de ser amortizadas;

 

  • Se especificará el lugar del pago;

 

  • Contenrá la especificación, en su caso, de las garantías especiales que se constituyan para la emisión, con expresión de las inscripciones relativas en el Registro Público;

 

  • Dirá el lugar y fecha de la emisión, con especificación de la fecha y número de la inscripción relativa en el Registro de Comercio.

 

  • Incluirá la firma autógrafa de los administradores de la sociedad, autorizados al efecto. 

 

  • Estará al calce la firma autógrafa del representante común de los obligacionistas.

 

Tipo de Obligaciones.

 

  • Hipotecarias.

 

  • Quirografarias (sin garantía específica).

 

  • Prendarias.

 

  • Fiduciarias.

 

  • Subordinadas al pago de otras deudas preferentes.

 

  • Convertibles.

 

Estos títulos son menos comunes que las acciones pero igual de importantes en el funcionamiento del mercado de renta variable

 

 

¿Buscas un bróker? Mira nuestras recomendaciones:

eToro

Depósito mínimo de $200 y app sencilla

Ver más
Interactive Brokers

Bróker popular con más de 1,5 millones de clientes

Ver más
IG

+50 años de experiencia. Ahorra los primeros $150 en comisiones.

Ver más
Tickmill

Bróker multi-regulado y galardonado. Apalancamiento flexible y ejecución ultrarrápida

Ver más
  • Bolsa
  • inversión
  • obligaciones
Accede a Rankia
¡Sé el primero en comentar!