Ha respondido al tema Daños estéticos
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En ningún caso tienes que adelantar el dinero... las aseguradoras abusan del asegurado, siendo así imagínate que los daños fueran cuantiosos, miles de euros, que en daños por agua, suelos de madera suele ser habitual, si no dispones del dinero te quedas sin indemnizar? repito en ningún caso
El párrafo primero del artículo 18 de la
Ley 50/1980 dispone:
El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar,
dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por el conocidas."
no hay nada que adelantar.... no más abusos...