Acceder

Cachilipox

Se registró el 06/03/2007

Sobre Cachilipox

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
--
Publicaciones
4,775
Recomendaciones
193
Seguidores
1,190
Posición en Rankia
90
Posición último año
Cachilipox 14/06/25 06:53
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Clarissated
Cachilipox 14/06/25 06:17
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Clarissated
Cachilipox 13/06/25 14:06
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Clarissated
Cachilipox 13/06/25 10:42
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Es perfectamente válido este criterio de extremar prudencia frente a hacienda.Pero tiene su riesgo.Te aconsejo estudiarte la Sección II del Capítulo II de la LGT. No solo la dicción literal de los artículos, sino cierta jurisprudencia que ya existe al respecto.Traducido al "rankiano normal": Cuando se trata de una declaración que elabora el propio declarante, los hechos y datos que cada uno declara, se presumen CIERTOS, y con validez como PRUEBA,salvo:.- Error material manifiesto (me equivoqué al calcular tal o cual gasto deducible....).- Omisión no culpable (me olvidé de poner las cuotas del sindicato...).- Otra PRUEBA que destruya la anterior (declaré que vendí un apartamento por 100.000 €, pero en las propias escrituras sale que eran 100.000 € + 20.000 € por "el mobiliario y la reforma de la cocina"......)Por lo tanto, si cualquier declarante IRPF viner, declara que ha recibido xx.xxx € de Amazon (dato además, coincidente con lo declarado fiscalmente por Amazon), eso es una PRUEBA VINCULANTE, según la LGT.En primer lugar, antes de cualquier reclamación o solicitud de ingresos, un viner debería AUTODESTRUIR su propia prueba, y ya luego podría tener derecho a reclamar y esperar una devolución.O sea, sí, es cierto, es una estrategia legítima y prudencial, para evitar daños económicos frente a hacienda. Pero..... A su vez, hacer eso implica que el propio viner constituye prueba documental contra sí mismo.Personalmente (y por supuesto, todo es opinable), pienso que el momento procesal óptimo para discrepar es ahora, antes de presentar la declaración del IRPF. Y que lo que se presente, vaya ya justificado con unos números y unos cálculos del valor de mercado razonables.De esa manera, se pasa la pelota al tejado de la AEAT, y son ellos los que están obligados a destruir dicha prueba documental, demostrando que el valor de mercado es otro distinto.Nota final: Alguno podría considerar que la estrategia adecuada es similar a la que siguieron los mutualistas, primero declarar todo y pagar por todo, y ya luego reclamar. Y al final, les salió ideal.Pero este caso es distinto.Nadie dudaba del importe de las pensiones cobradas. Lo que se discutía era si esas pensiones de X euros (hecho cierto e incuestionado), debían tributar por su integridad, o debían tributar con una reducción.Pero en este caso ya existe de partida un hecho NO DETERMINADO:Cual es el importe de la ganancia patrimonial recibida de Amazon. Sabemos la valoración fiscal según Reglamento IRPF, aplicable para rendimientos del trabajo, que es el PVP nominal, aunque permite aplicar hasta un 15 % de descuento.Pero no sabemos a que valor de mercado equivale eso, que es lo que se debería declarar como ganancia patrimonial según la Ley IRPF.
Cachilipox 12/06/25 09:32
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Me sorprende mucho tanto el aparente conformismo de una parte de viners afectados (declaro lo que Amazon dice, sin más, y apañado, aunque sepa que es injusto), como la temeridad rayana en la estupidez de otros que por pura rabieta, simplemente deciden (veremos si osan hacerlo), no declarar, aunque estén obligados.Meterse en pleitos y fraudes fiscales contra hacienda, a sabiendas, NUNCA es aconsejable. Además, es ilegal.Y me sorprende porque el palo económico en muchos casos es muy significativo, TENIENDO en la normativa legal herramientas más que suficientes como para pelearlo de forma razonable y razonada.El asunto está, como algún forero ya ha comentado, en poder justificar y acreditar de manera suficiente el VALOR DE MERCADO de los bienes recibidos. Eso y no otra cantidad es lo que cualquier viner amateur de andar por casa debiera declarar en su IRPF.Y claro, ser viner no es solo recibir "regalos" y "regalos", es también hacerles seguimientos, reseñarlos, valorarlos.... Vamos, convertirte en un casi "experto pericial".O sea, cualquier viner que se precie, y lleve un control mínimo adecuado (o sea, ludópatas impulsivos excluidos), podría acreditar mediante una razonada Declaración responsable, que donde Amazon dijo 47.836 € (precio PVC "nominal" a salida de producto), realmente corresponderían 18.359 € (verdadero valor de mercado, justificado por ... y por .....).¿Es que Amazon nos tiene manía, y/o declara mal los importes?No, para nada. Como la cosa es muy novedosa, Amazon se limita a seguir lo que establece el articulo 48 del Reglamento del IRPF.Y es válido, para establecer el importe base a declarar (con alguna salvedad).PERO.....ESE ARTÍCULO COMO TAL ES SOLO VINCULANTE Y DE APLICACIÓN PARA LAS RENTAS DEL TRABAJO!!!!!!!!!En este caso, cualquier viner normalito no declara rentas del trabajo de Amazon, sino ganancias patrimoniales no procedentes de transmisión.Y ahí, la Ley del IRPF, artículo 43 y vinculados, dice muy claramente que el importe de la ganancia patrimonial es EL VALOR DE MERCADO!!!!!!Sr./Sra. Viner esquilmada, justifique ud. un Valor de Mercado razonable y acreditable, que necesariamente será inferior al valor PVP nominal de Amazon (que es el dato fiscal declarado que consta en la AEAT), y pagará impuestos, por supuesto que sí, pero pagará los impuestos justos y legales.Y sobre todo, CUMPLA LA LEY.
Cachilipox 11/06/25 16:01
Ha respondido al tema Cotizaciones Seguridad Social durante I.T. a causa de un accidente fuera del trabajo.
Entiendo que habría razones y esperanzas.Lo que pueda opinar el SEPE, da bastante lo mismo. Es un asunto de inspección sanitaria del INSS y la mutua de accidentes de trabajo del SEPE o Centro de formación.
Cachilipox 09/06/25 09:24
Ha respondido al tema Cotizaciones Seguridad Social durante I.T. a causa de un accidente fuera del trabajo.
Es cierto que hay una cierta jurisprudencia de considerar, a veces, las acciones formativas de los servicios de empleo, como asimilados a estar prestando servicios por cuenta ajena.En tal caso, la asimilación de la asistencia al curso del SEPE a un trabajo por cuenta ajena, si la contingencia se declara accidente laboral (en el SEPE), pasa a tener consideración de accidente laboral para todo el resto de altas/contratos que tenga esa persona.Pero en primer lugar la accidentada debiera hacer un procedimiento de determinación de contingencia, para que en lo del SEPE lo declaren accidente de trabajo.No es algo que puedas hacer tú, ni mucho menos simplemente "considerar que".Aquí explican algo al respecto:https://www.campmanyabogados.com/blog/determinacion-contingencias
Cachilipox 09/06/25 06:00
Ha respondido al tema Cotizaciones Seguridad Social durante I.T. a causa de un accidente fuera del trabajo.
Desgraciada situación, tanto el sobrecoste económico de tu padre, como la larga enfermedad de cuidadora 1, y el accidente de cuidadora 2.Pero la cosa normativa es tal y como te han dicho.El accidente es no-laboral, y se asimila a enfermedad común, salvo no exigir el periodo de carencia.Los primeros días de baja, del 4º día al 8º día incluidos (5 días en total), es la parte empleadora quien debe pagar el subsidio por baja IT, del 60 % de la BR.Y al igual que con cuidadora 1, hay que seguir pagando la cotización de seguridad social de cuidadora 2.Plantearse un despido sería temerario, pues no solo tiene un coste inicial, sino que además, al obedecer básicamente a la situación de enfermedad, si las trabajadoras demandan, se asimila a discriminación, y se declara nulo. Más posible indemnización por daños morales de oficio.Aunque quizás, si se justifica adecuadamente, se podría estudiar un posible despido por causa justificada, por incremento de los gastos por circunstancia sobrevenida.
Cachilipox 06/06/25 09:47
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Bacalo
Cachilipox 06/06/25 09:46
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Clarissated
Cachilipox 06/06/25 09:45
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Clarissated
Cachilipox 05/06/25 12:02
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Con todo el respeto, llevarlo por lo de consumidores no tiene absolutamente ningún sentido, pues nadie ha sufrido perjuicio en su relación, como consumidor, con el comerciante Amazon.Puede que haya desilusión o frustración por la calidad de algunos "regalos", pero perjuicio, ninguno.Los daños, económicos, se producen solo en sede fiscal, y en relación con la Agencia Tributaria y la normativa del IRPF. Y respecto de eso, nadie es "consumidor", sino obligado tributario.El mismo hecho, la entrega por Amazon de unos bienes, si cambia la normativa tributaria, cambia el impacto y daño económico. Ni los servicios de consumo autonómicos o locales, ni las asociaciones de consumidores son competentes para un pleito fiscal contra la Agencia Tributaria y la normativa del IRPF (que es un mandato del legislador....)
Cachilipox 04/06/25 12:53
Ha recomendado Re: Requerimiento declaracion IRPF 2020 de Juan Lackland
Cachilipox 04/06/25 11:30
Ha respondido al tema Requerimiento declaracion IRPF 2020
Efectivamente, el plazo de 4 años de revisión es mutuo. De ellos hacia ti, o de ti hacia ellos.Y en este caso, aunque sean en capítulos diferenciados (rendimientos del capital inmobiliario, vs ganancia patrimoniales), ambos dos aspectos versan sobre realmente lo mismo, la correcta declaración de datos y hechos respecto de propiedades inmobiliarias y su repercusión en el impuesto.Los datos de amortizaciones que da el RentaWEB son todo lo correctos que pueden ser si los datos que le das al programa son correctos.Si hay errores, comete errores.Por ejemplo, quizás en el RentaWEB "rendimientos del capital inmobiliario" considerabas un determinado valor de adquisición, y al momento de declarar la "ganancia patrimonial", diste otro dato diferente. En tal caso de discrepancias de valores de adquisición de un mismo elemento, hay que comprobar cual puede ser el correcto.Yo tiraría por lo del principio de regularización íntegra, y además de aportar los datos requeridos, realizaría también la solicitud de rectificación por el error material en la imputación de rentas.
Cachilipox 03/06/25 14:45
Ha respondido al tema Requerimiento declaracion IRPF 2020
4 años desde que finalizó el periodo de declaración.Lo de 2020 se declaraba en primavera 2021. El periodo de declaración (que no el periodo de devengo), finalizó el 30/06/2021.Por días, estaban en plazo.
Cachilipox 02/06/25 13:28
Ha respondido al tema Tríbutar herencia sin repartir
xxx es Herencia.Se llama Herencia yacente, que es cuando una comunidad hereditaria permanece en indiviso sin aceptación. Es un tipo especial de comunidad de bienes (entidad en atribución de rentas).Las rentas y beneficios de dicha herencia yacente se atribuyen a los co-herederos (comuneros), en proporción a su % de participación según testamento (o según ley si no hay testamento).
Cachilipox 02/06/25 07:39
Ha respondido al tema No he facturado nada aún desde 1 marzo
Los modelos trimestrales tienes la obligación de presentarlos, aunque sea a 0 o sin actividad.Si no lo presentas, es causa de sanción.
Cachilipox 01/06/25 06:19
Ha respondido al tema ¿Qué epígrafe del IAE corresponde a mi profesión?
Yo diría que la diferencia entre el 863 y el 864 es cuando eres solo aportador de contenidos para que ciertos medios elaboren el producto final  (863), o cuando eres ya el elaborador final de la propuesta, aunque el formato pueda variar (864).También se insinúa una diferenciación entre autores de material escrito que verse sobre realidad y actualidad, o sobre aspectos más de ficción.
Cachilipox 31/05/25 09:51
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Aquí te dicen donde y cuanto declarar:www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6086929-tributacion-productos-amazon-vine-entrada-vigor-dca7?page=120#respuesta_6854021
Cachilipox 30/05/25 12:21
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Casi correcto.Si no superas ni los 2.000 € ni las 30 ventas, las plataformas de venta no deben informar a hacienda de tus transacciones.Pero deben ser los dos criterios a la vez.Si vendes 20 cosas, por 3.000 €, ya superas uno de los criterios, y la plataforma informará.Al hilo de esto, si se verifican ventas en plataformas, se pueden hacer varias cosas:.- Tirarse a la piscina, y no declararlo a hacienda. La base del argumento sería que las ventas de bienes de 2ª mano muchas veces son a pérdidas. Así que como lo que hay es una pérdida, y ni quieres aplicarla, no la declaras y listo. Es complicado que hacienda se dedique a rastrear estas operaciones (aunque podría hacerlo.....).- Cumplir estrictamente con la normativa, y evitarse jaleos con hacienda. En tal caso, estaríamos frente a una ganancia o pérdida patrimonial procedente de transmisión, a declarar en la base del ahorro.Las normas de valoración dicen que como valor o precio de adquisición hay que considerar "el efectivamente satisfecho". Como son objetos procedentes de "regalo", el precio satisfecho es 0,00 €. Pero la norma también permite incrementar el coste de adquisición con los tributos inherentes a la adquisición. Por lo tanto, se podría considerar que fiscalmente esos "regalos" realmente han costado el tipo medio del IRPF que se haya satisfecho (OJO, el tipo medio, no el tipo marginal!!!!!!).En este caso, si resulta que el tipo medio de IRPF me ha salido al 22,75 %, por ejemplo, un "regalo" de VINE de valor nominal 100 €, debería considerarlo como adquirido por 22,75 €.Si lo vendo por 40 €, resulta que he ganado 17,25 €, que debería declarar.
Cachilipox 28/05/25 07:10
Ha respondido al tema Resolver error Alta en RETA 16 días después que el inicio (modelo 036) pero con cambio de mes
En principio no hay derecho a solicitar la tarifa plana que no solicitaste al inicio por error. Debería ser una causa muy justificada, y aun ni así.Además, el alta en RETA debe ser previo al inicio de la actividad, igual que el alta censal. Hace ya varios años que esto es así. Podrían incluso pedirte la cuota del RETA de abril, ya que ya figurabas de alta en hacienda. Y lo harían con recargos. La posible sanción por haber desarrollado una actividad económica sin alta en RETA, dado que no hay mala fe ninguna, es posible que no tuviese recorrido.Realizar una actividad económica no es solo facturar y cobrar. Es hacer actos de organización y disposición de medios de producción con la intención de obtener ingresos (los consigas o no, sean un beneficio o no logres cubrir costes).Hay una situación censal, lo que se llama alta previa, que de alguna manera da cobertura y permite eso de primero haces gastos e inversiones, y ya luego te pones a trabajar/facturar. Aun así a veces esa situación puede llevarte a discusiones y malentendidos con la Seguridad Social.Así que en tu caso, analiza la cuestión, y valora si realmente te va a salir a cuenta continuar con la actividad.Lo de haberte puesto esa base de cotización tan baja es porque corresponde con la base más baja que existe. Otra cosa es que eso sea solo provisional, y ya el año que viene te hagan una regularización según hayan sido tus beneficios reales.Nota: La base de cotización para la tarifa plana son 950,98 €.
Cachilipox 27/05/25 10:01
Ha respondido al tema Prescripcion donaciones mensuales
A falta de otras evidencias, se presupone mero préstamo. Una vez constatada la voluntad del progenitor de condonar la hipotética deuda, es desde ahí de donde nace la posible donación.Al ser una cosa entre familiares, obligados por la normativa a prestarse "alimentos" (que por definición se consumen al momento de satisfacer necesidades), habría que hilar fino y ver cuando existe posible tipificación de donación (empobrecimiento patrimonial del donante con correlativo enriquecimiento del donatario), o no.Nota: una "donación" que no cumpla correctamente la tipificación de las donaciones a efectos del ISD, quedaría entonces sujeta y gravada con el IRPF como rentas del trabajo.
Cachilipox 26/05/25 11:26
Ha respondido al tema Hacer un Trabajo circunstancial, aun Amigo, sin Contratar - Contrato Laboral
Es posible, pero tiene sus límites.Mira por ejemplo, estos artículos:https://loentiendo.com/los-trabajos-de-amistad-benevolencia-buena-vecindad-y-familiares/https://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/10282-los-trabajos-familiares-benevolos-amistosos-y-de-buena-vecindad/
Cachilipox 25/05/25 13:49
Ha respondido al tema Posible pérdida patrimonial
Dices que es un préstamo. Cuando finalice el préstamo, y te devuelvan la cantidad que entregaste, ahí entonces puede que exista una pérdida. Pero es posible que según como haya sido el tema legal, más que una pérdida patrimonial sea un rendimiento de signo negativo.Pero en todo caso, eso será, si es, al finalizar el préstamo.
Cachilipox 25/05/25 13:16
Ha respondido al tema Tributación de ingresos a través de Aplicaciones móvil
En prestaciones de servicios personales de las plataformas no hay un mínimo exento.La situación y calificación fiscal es complicada, pudiendo ser tanto un trabajo por cuenta ajena a favor de tus empleadores (los dueños de los perros), un trabajo por cuenta ajena o un falso autónomo a favor de la plataforma, o una verdadera actividad económica.Salvo que la cosa fuera por rendimientos del trabajo por cuenta ajena, sí debería llevar IVA.