La SS actua sobre los rendimientos del trabajo, si no trabajas no cotizas, si trabajas cotizas (ya sea vía asalariado, ya sea vía autónomo). Otra cosa es la cotización según esos rendimientos del trabajo o la edad.El IRPF actua sobre los ingresos ya sean por trabajo, por inversiones... por subvenciones... por premios...
Sr. Llinares le va la marcha, de vez en cuando sabe que los trolls necesitan salir de su cueva para recibir los sanos rayos de sol y les prepara estas cositas ;)
Acuden al panal como cien mil moscas ;)
Dentro, esperemos que para ese entonces se haya producido una crisis monetaria de proporciones bíblicas y las divisas hayan perdido mucho valor contra la plata... aunque pensándolo bien, nos darán muchos papelitos de colores que nos permitirán utilizarlos como bloques en lugar de los ladrillos actuales ;)