Rankia México Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia España Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

franjgr

Se registró el 25/03/2014

Sobre franjgr

http://franjgr.webcindario.com
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos
--
Publicaciones
Recomendaciones
154
Seguidores
Posición en Rankia
999,999
Posición último año
franjgr 17/04/24 09:33
Ha respondido al tema Subsidio Cargas familiares?
No hay un tiempo estandard. Depende fundamentalmente de la provincia en la que resida, pero incluso de la oficina que le corresponda. Y por supuesto de las comprobaciones que tenga que hacer el SEPE y de la documentación que haya aportado.
Ir a respuesta
franjgr 17/04/24 07:23
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Los fondos de inversión si tienen rendimiento presunto, hasta que se vendan El SEPE calcula las rentas mensuales en buena lógica el importe sobre el que se calcula el rendimiento presunto tiene que ser mensual. No hay un criterio que yo conozca que diga cuál es la fecha a la que se tiene que tomar el valor pero la lógica me dice que Será el último día del mes
Ir a respuesta
franjgr 16/04/24 15:31
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Sobre el fondo de inversión, debería de ser usted quien lo declarara, puesto que el SEPE no tiene forma de saber que existe. De todas formas si no supera rentas no tiene ninguna obligación de comunicarlo.Efectivamente hay un plazo de prescripción y como en hacienda es de 4 años. No le podrán reclamar cantidades más allá de esos 4 años. Pero eso no significa que no puedan revisarlo, si lo revisan y hay una causa de extinción antes de esos 4 años podrían extinguirle el subsidio aunque sólo le reclamen las cantidades de los últimos 4 años.Los dividendos son rentas periódicas, por lo tanto se divide el importe por el número de meses a que corresponda y el cociente se imputa a cada mes.
Ir a respuesta
franjgr 16/04/24 15:25
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Los depósitos son rentas periódicas porque tiene establecido en un contrato que al cabo de un periodo, en este caso seis meses, recibirá un determinado dinero.Por lo tanto dividir entre el número de meses a que corresponde (en este caso 6) e imputar a cada uno de los 6 meses su parte.Olvide el interés presunto, ya le imputa un interés explicito cada mes.
Ir a respuesta
franjgr 16/04/24 09:21
Ha respondido al tema Me han denegado la incapacidad y quiero saber el plazo para solicitar subsidio - Incapacidad Permanente Total
Relea bien la resolución en la que le dan de alta de la incapacidad temporal, a ver en que fecha se hace efectiva el alta. Lo normal es que el alta se haga efectiva con la notificación de la misma (o sea cuando firmó que recibía la carta).Desde el día siguiente a que se haga efectiva ese alta médica, tendrá un plazo de 15 días hábiles para solicitar el paro ante el SEPE.
Ir a respuesta
franjgr 16/04/24 09:09
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Le ruego no tergiverse mis palabras dándoles un contexto diferente aquel para el que han sido redactadas.No estoy a favor de la okupación y mucho menos de la gente que decide dejar de pagar el alquiler consciente de que van a tardar en poder echarla del domicilio. De hecho creo haber hablado en primera persona cuando he hablado de la parte negativa para aquellos que dejan de recibir el dinero del alquiler y no es un recurso literario.
Ir a respuesta
franjgr 16/04/24 09:05
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Aquí la diferencia entre okupación y allanamiento de morada:https://www.cope.es/actualidad/sociedad/noticias/que-diferencia-una-okupacion-allanamiento-cuales-son-las-penas-para-cada-uno-20220710_2189232Y aquí un artículo que habla sobre los datos reales de okupación:https://www.lasexta.com/programas/lasexta-clave/datos-que-desmontan-alarmas-okupacion-denuncias-suponen-006-total-viviendas_20230511645d41d8910a1b0001c82f9f.html
Ir a respuesta
franjgr 16/04/24 07:20
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
La gran mayoría de ocupaciones son en inmuebles propiedad de bancos y grandes tenedores de pisos. Esto es así porque los okupas no se mete en cualquier sitio.Si se meten en su domicilio el delito es allanamiento de morada y el desalojo es rápido. Si se trata de una segunda residencia es cuando se aplica lo de las 48 horas. El problema viene cuando es alguien que está de alquiler y deja de pagar el alquiler, porque mal que nos pese es su domicilio y debemos demostrar que está ilegalmente. Gracias por recordarnos que esto no es Estados Unidos donde puedes pegarle un tiro a alguien porque te pareció que quería entrar en tu casa.El problema de la okupación está siendo agrandado artificialmente por compañías de seguridad, empresas de seguros,  prensa sensacionalista y partidos políticos que sacan su nicho de votos del miedo. Desgraciadamente me ha tocado lidiar con okupas. La gran mayoría ocupan pisos de bancos y los que no pertenecían al grupo de los que dejaron de pagar el alquiler
Ir a respuesta
franjgr 15/04/24 07:22
Ha respondido al tema Subsidio Carga Familiares sin estar casados
A usted le pidió el SEPE los datos de su pareja para tramitar el paro? No, porque para el paro solo influyen los hijos. Entonces no pueden salir datos que el organismo no tiene.No importa, si no hay vínculo matrimonial y viven juntos no influye en nada. Pero le recomiendo poner en observaciones que se encuentra en esa situación para evitar que le pidan documentación 
Ir a respuesta
franjgr 15/04/24 07:15
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Efectivamente, pero una ocupación nunca es en el domicilio.Ese es otro delito diferente de rápida resolución.El problema de este país es el mismo de otros y el mismo que teníamos con otros gobiernos
Ir a respuesta
franjgr 14/04/24 15:21
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Me temo que mientras no consiga un pronunciamiento judicial decretando la imposibilidad de cobrar ese alquiler, el SEPE seguirá considerándolo como renta. Hasta que un juez diga lo contrario se trata de un retraso en el cobro y no de que no vaya a cobrar ese dinero.Vamos que antes de conseguir que el SEPE deje de considerarlo renta, conseguirá echar a esos inquilinos.
Ir a respuesta
franjgr 14/04/24 15:18
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si el depósito empieza el 20 de enero, el interés generado del 20 al 31 de enero debe imputarlo al mes de febrero.Al mes de marzo le imputará 333 euros de febrero.Al mes de abril 333 euros de marzoY finalmente el interés generado del 1 al 20 de abril lo debe imputar al mes de mayo.
Ir a respuesta
franjgr 14/04/24 15:10
Ha respondido al tema Los parados inscritos en el SOC tendrán un orientador personal - Subsidio
Los servicios de empleo autonómicos tienen que decidir si quieren ser rápidos o ajustarse a la legalidad. En los temas que tratan eligen ser rápidos, sin embargo para poder sancionar deben ajustarse a la legalidad y la legalidad es que los actos administrativos deben ser notificados, como bien dice Angelneu. Un SMS o un correo no sirve como notificación. Si algún servicio de empleo empieza el procedimiento de sanción, el SEPE le sigue el juego sin plantearse más allá y la persona va a los tribunales (previa reclamación previa resuelta por los abogados del SEPE, que nunca deberían dejar pasar esto), el juez tarda 10 minutos en resolver a favor del sancionado.A esto hay que añadirle que como los servicios autonómicos de empleo no ven como propio el presupuesto del SEPE, tampoco se sienten muy motivados para iniciar procedimientos de sanción.Para quien tenga curiosidad, la Ley 39/2015 del Procedimiento administrativo fija en sus artículos 40 a 46 los requisitos que debe tener una notificación y como debe practicarse. Todo lo que no se ajuste a estos artículos no serviría para sancionar.
Ir a respuesta
franjgr 13/04/24 01:07
Ha respondido al tema Comunicación de propuesta de revocación de prestación por desempleo Subsidio
El importe del subsidio es proporcional al ultimo contrato que tuviera antes de pedir el paro del cual procede este subsidio.Si efectivamente ese contrato fue del 53,30% la modificación es correcta y el hecho de que hubiera una primera resolución errónea no le da ningún derecho.Podría reclamar que para modificar una resolución a la baja debe ser un juez quien declare la lesividad, pero hay mucha jurisprudencia que avala que mientras no haya pasado un año las resoluciones del SEPE pueden ser revisadas sin esa declaración de lesividad, siempre que sean errores.Lo más que podrá hacer es pedir que le fraccionen esa cantidad para que no le quiten todo el dinero junto, pero pagando intereses 
Ir a respuesta
franjgr 11/04/24 10:00
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El SEPE en las instrucciones de este RDL 8/2019 fue más allá de los que dice el mismo y adelantándose a futuras demandas al constitucional o al tribunal europeo, decidió considerar que hacer el mes de espera tras agotar el paro es causa de acceso a un subsidio (a efectos del subsidio para mayores de 52 años), se tengan responsabilidades o no e independientemente de la edad.Pero su caso está claro.
Ir a respuesta
franjgr 11/04/24 07:24
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El subsidio ha dado varias vueltas desde ese Real Decreto, si no está derogado explícitamente lo estará por la existencia de una Ley (rango superior) que lo regula.Actualmente el subsidio para mayores de 52 años está regulado en la Ley General de la Seguridad Social según la redacción dada por el RDL 8/2019 y ahi dice que si permanece inscrito como demandante de empleo desde que tuvo acceso a un subsidio, mantendria el derecho de acceso al de mayores de 52
Ir a respuesta
franjgr 10/04/24 00:38
Ha respondido al tema Subsidio Carga Familiares sin estar casados
El importe de los subsidios no lo decide la situación familiar. La situación familiar sólo es importante para saber si tiene o no derecho.El importe del subsidio depende del último contrato que se tuviera antes de: a) Pedir el subsidio si se trata de un subsidio de cotización insuficiente. b) Pedir el paro cuyo agotamiento permite acceder al subsidio, si es un subsidio por agotamiento del paro.En ambos casos el importe del subsidio será de 480€ si el contrato es de jornada completa, o la parte proporcional al porcentaje de jornada si el contrato era a jornada parcial.
Ir a respuesta
franjgr 09/04/24 14:56
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En mi opinión no tendría derecho al subsidio para mayores de 52 años.Para poder acceder a dicho subsidio hay que cumplir los requisitos para un subsidio y permanecer apuntado como demandante de empleo desde entonces hasta el cumplimiento de los 52 años.Sin embargo, en el supuesto que plantea ¿en que momento se cumplen los requisitos para una subsidio?.Ahora no los cumple y nos dice que seguiría sin cumplirlos hasta más allá de los 12 meses desde que se cumplió el mes de espera. La posibilidad de acceder a un subsidio en un momento posterior al cumplimiento del mes de espera, por superar rentas, se mantiene durante 12 meses.Cuando usted cumpla el requisito de rentas no podría causar derecho al de mayores de 45 años porque ya han pasado más de 12 meses desde el cumplimiento del mes de espera y si no cumple los requisitos para ningún subsidio no puede permanecer inscrito desde que se cumplen los requisitos para un subsidio hasta el cumplimiento de los 52 años.Las instrucciones del RDL 8/2019 también establecen la extinción del derecho al subsidio no nacido por superar rentas durante más de 12 meses.
Ir a respuesta
franjgr 08/04/24 04:32
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Como dice wediehard la demanda de empleo es competencia de la comunidad autónoma. Y cada comunidad Autónoma puede establecer sus normas para apuntar como demandante empleo a la persona y pedir la documentación que estime oportuna.Esto no garantiza nada porque el SEPE tiene acceso a los datos de Hacienda y a los del empadronamiento y como empieza a ver una dirección en un sitio otra en otro y sea determinante de cara al subsidio puede tener un problema igual
Ir a respuesta
franjgr 07/04/24 15:43
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Ojo que al SEPE le da igual como defina hacienda la vivienda habitual.¿Cuál es la vivienda habitual a efectos del SEPE? ¿la del empadronamiento? ¿la del domicilio fiscal? ¿la que figura en su demanda de empleo? Pues teniendo en cuenta que el SEPE accede directamente a la tercera y no a las dos primeras, puede encontrarse con la sorpresa de que le consideren vivienda habitual la tercera y le imputen renta presunta por las dos primeras.En última instancia sería el señor juez quien decidera cual es su vivienda habitual y el señor juez, como dice Wediehard, se basará en los consumos u otras pruebas del tiempo pasado en una vivienda u otra y no de lo que haya declarado a efectos administrativos en un organismo o en otro.
Ir a respuesta