franjgr
07/04/26 01:01
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Información subsidio mayores de 52 años.
Hay que desterrar el pensamiento de cuentas compartidas o separadas. Eso le interesa a hacienda, no al SEPE.Los intereses de cuentas serán al 50% siempre que haya matrimonio y el régimen matrimonial sea el de gananciales. Sino serán del propietario de ese capital que produce los intereses.¿Que ese capital es de una persona, pero se ha puesto en una cuenta común y, por lo tanto, hacienda considera que la mitad es de cada uno y así aparece en la declaración de renta? Pues eso puede suponer un problema ante hacienda que lo considere una donación y ante el SEPE que lo impute por mitades, o más probablemente, no pase absolutamente nada en ninguno de los dos organismos.Como medida de precaución, si está en cuenta conjunta considere que la mitad del interés es de cada uno y así no tendrá problemas, sea o no sea lo ajustado a la realidad.El alquiler también es ganancial si están casados en gananciales por lo que también habría que dividirlo a la mitad si están en este régimen, sino será al 100% de ella.Todas las rentas se cuentan en bruto, no se descuenta nada, ni de alquileres, ni de nóminas, intereses de cuentas... la única excepción son las rentas de actividades económicas (autónomos).Mucho cuidado con apurar al máximo los 915,75€ que pueden existir otras propiedades (garajes, tierras...) u otro patrimonio (fondos de inversión, acciones...) con los que no estamos contando y producen un interés presunto que haga que se deniegue el subsidio.Si no hay otra cosa, ese alquiler y esos intereses de cuentas no son un problema.