Recuerda que puedes llevarte la hipoteca a otro banco con la subrogación. Pero claro, los costes y las condiciones tienen que merecerte la pena...
Ánimo.
¿Os acordais del truco de ING para contratar depósitos promocionales aunque no estuvieras en el "cuenco" de los depósitos promocionales que puse yo en el foro?
Pues ellos también se apropiaron de mi mensaje. Y dicen que como Rankia es un foro muy pequeño que no tienen cuenta aquí y que Internet es libre.
Veo que no soy el único.
Hay 2 criterios: el criterio de devengo (por defecto) y el de caja.
El criterio de devengo implica que el IVA se ingresa y deduce en el momento en que se emite o recibe una factura.
El criterio de caja implica que el IVA se ingresa y deduce en el momento en que se cobra o paga.
El estar sujeto o no al criterio de caja depende de cumplir con unos requisitos y plazos.
No entiendo muy bien el resto de post. A ver si lo puedes aclarar.
Saludos.
Si la rectificación es más dinero para hacienda > complementaria/sustitutiva
Si la rectificación es más dinero para ti > presentación de escrito ante tu AEAT.
Para que veas un modelo te pongo el que utilicé yo:
"A la atención de la Administración de la Agencia Tributaria de XX:
En XX, a día XX de XX de XXXX.
D. XXXX, mayor de edad, con DNI XXXXX y domicilio habitual en la calle XXXXX con código postal XXXXX de XXXXX, provincia XXXXXX.
EXPONE
Que presentó la autoliquidación modelo 100 del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio XXX el día XX/XX/2XXX a las XXXXX a través de la sede electrónica de la página web de la Agencia Tributaria con número de registro XXXXXX y CSV (Código Seguro de Verificación) XXXXXX.
Que dicha declaración tiene un número de justificante XXXX con una cuota de autoliquidación de XXXXXX,XX y un resultado a devolver de -XXXXXXXXXXX,XX.
Que, por error, XXXXXX.
Que al aplicar dichas correcciones, disminuye el importe de la casilla 080 a XXXX,XX haciendo que disminuya también la cuota resultante de la autoliquidación a XXXXXXXX,XX generando una diferencia a favor del contribuyente de XX,XX €.
SOLICITA
La rectificación de la declaración presentada.
La devolución de XX,XX € a la cuenta corriente abierta en la entidad XXXXX: XXXX XXXX XX XXXXXXXXXXX.
Y para que así conste, firma esta solicitud en fecha y forma requeridas bajo la Ley General Tributaria."
Lo puedes presentar tanto por internet como en el registro presencial.
A mí me tardaron 6 meses, por lo que no te extrañe si tardan en contestar.
Un saludo.
No cubre nada.
El consorcio lo que hace es liquidar la entidad y si sobra dinero, lo reparte. Por tanto no hay nada asegurado.
http://www.rankia.com/foros/seguros/temas/988149-depositos-son-cubiertos-por-fgd-seguros-consorcio-compensacion
Saludos.
Reclama.
La normativa obliga a las entidades bancarias a no diferenciar las operaciones nacionales de las de los países adscritos a ZUPE/SEPA. Si no te cobran por recibir las nacionales no te pueden cobrar por recibir las alemanas.
https://www.google.es/url?sa=t&source=web&rct=j&ei=V3KGU9rIA8fb7AbhoIDgDA&url=http://www.sepaesp.es/f/websepa/secciones/Sobre/12-folleto_SEPA.pdf&cd=1&ved=0CCwQFjAA&usg=AFQjCNHQn3ok3zKniWfTN6fMARc_Djt1sw