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Impuestos al cobrar un seguro de vida

Impuestos al cobrar un seguro de vida

Hay partes muy importantes en cualquier planificación financiera, y se trata de los impuestos. Los impuestos pueden hacer que una inversión que dió ganancias, finalmente de pérdidas o vea muy dañada esa rentabilidad obtenida luego de su pago. Por ello, y al ser los seguros de vida un instrumento de planificación financiera, es importante conocer los impuestos que los alcanzan.



Impuestos al cobrar un seguro de vida

Comencemos por el principio, sabiendo ¿Qué es un seguro de vida? El seguro de vida o póliza de vida es un producto de ahorro y protección de los seres queridos, familiares o allegados, ante el fallecimiento de los asegurados. Tal como mencionamos, es un instrumento de planificación financiera de nuestro ahorro en beneficio de un tercero.

La póliza del seguro de vida solicita que designes a una o varias personas como beneficiarios, que son quienes recibirán el dinero estipulado en ese contrato y que solicitarán la transmisión de propiedad por causa de muerte al hacer la reclamación.

Ahora bien. ¿Cuándo se cobra un impuesto? Existe en el derecho tributario un concepto denominado "hecho imponible". El hecho imponible marca el nacimiento de la obligación tributaria, siendo así uno de los elementos que constituyen el tributo.

En nuestro caso específico, el hecho imponible de un seguro de vida es el momento en que se cobra, ya sea cuando se hayan cumplido las pautas de la póliza del seguro, esto es, cuando el asegurado haya fallecido, o cuando se realice un retiro anticipado del mismo antes del fallecimiento del beneficiario y, por ende, se termine el contrato del seguro. Iremos por ambos lados para determinar si hay impuestos al cobrar un seguro de vida.

¿Se paga impuestos por recibir un seguro de vida por fallecimiento del asegurado?

Es importante destacar que el dinero que reciben los beneficiarios de un seguro de vida no estará gravado por el Impuesto sobre la Renta, el ISR. El ISR indica un gravamen fiscal directo aplicado a los ingresos obtenidos en concepto de cualquier renta por una persona, física o moral.

Ahora bien, ¿por qué no está gravado? Simplemente, porque este monto de dinero que recibirán los beneficiarios no es considerada una renta propiamente dicha. Al momento de recibir una suma asegurada tras la pérdida de un familiar, se debe tomar en cuenta que no está recibendo una cantidad de dinero de forma directa, sino que corresponde a un beneficio por una previsión que tuviste.

Obviamente, hay requisitos que cumplen la gran mayoria de productos de seguros de vida para estar exentos del ISR y que se encuentran enumeradas en la ley, concretamente, en el artículo 93, inc. XXI y que dice lo siguiente:

... Tratándose de seguros en los que el riesgo amparado sea la supervivencia del asegurado, no se pagará el impuesto sobre la renta por las cantidades que paguen las instituciones de seguros a sus asegurados o beneficiarios, siempre que la indemnización se pague cuando el asegurado llegue a la edad de sesenta años y además hubieran transcurrido al menos cinco años desde la fecha de contratación del seguro y el momento en el que se pague la indemnización. Lo dispuesto en este párrafo sólo será aplicable cuando la prima sea pagada por el asegurado.


¿Se paga impuestos por rescatar un seguro de vida de manera anticipada?

Ahora bien. Si ha quedado claro que la indemnización por fallecimiento otorgada por una compañía de seguros en favor de un beneficiario de un seguro de vida no paga Impuesto a la Renta, la cosa es diametralmente opuesta si se cobra un seguro de vida rescatando anticipadamente los fondos, esto es, antes que el contrato del seguro finalice por fallecimiento del asegurado.

En este caso, SI se paga ISR cuando se obtiene el dinero de una póliza de vida sin que el contratante haya fallecido. Es decir que si decides cancelar tu seguro de vida y retirar el dinero que hayas juntado, y esto es así porque se considera que ha sido un producto financiero de ahorro o inversión, hay intereses de por medio y se gravarán dichos beneficios.

Esperamos haberles ayudado a tomar una sabia decisión con la contratación de su seguro de vida, sabiendo que el cobro de los mismos por fallecimiento se encuentra exento del pago de impuestos.





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