Acceder

Contenidos recomendados por caracola

caracola 19/10/12 18:40
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Hace unos días se expusieron en el foro los consejos de un bufete de Barcelona en las Jornadas de Estafa Banca: Copio-pego algo de aquello: """""" 2º - Como afecta el Real Decreto a los titulares de preferentes, etc. Según la situación de la entidad, las acciones afectarán de una manera u otra: 1- Acciones que provienen de la propia entidad. Son siempre voluntarias para los afectados. 2- Acciones que vienen dictadas por el FROB ( Fondo de reestructuración Ordenada Bancaria) y a las que el tenedor de híbridos deberá asumir obligatoriamente. Acciones que provienen de la propia entidad: - Aceptación voluntaria del canje y quedarse con el producto. - Reducción del valor nominal y amortización - Venta en el mercado secundario. El RD impone que se tenga en cuenta el valor del mercado y esto supone importantes descuentos y quitas. La idea del RD es crear una estrategia para que la gente acepte voluntariamente las pérdidas en estos canjes. Se remarca varias veces que el valor a tener en cuenta será el de mercado y esto siempre supondrá quitas para los afectados. Acciones que vienen vía FROB: El FROB ejecutará las instrucciones del gobierno. Se impondrán estas actuaciones vía FROB cuando la estrategia no de resultados y haya que adoptar decisiones obligatorias. ¿Cuáles son estas actuaciones del FROB? Aplazamiento, suspensión y eliminación de derechos, obligaciones, términos y condiciones de todas o de algunas de las emisiones. Esto afectaría a: -Pago de intereses -Reembolso del capital -Fecha de vencimiento -Derechos de los inversores -Derecho de exigir cualquier pago relacionado con los valores -Supuestos de incumplimientos -Derecho de solicitar declaración de un incumplimiento Estas decisiones son vinculantes para entidades y para titulares de híbridos y se pretende que los titulares asuman pérdidas. Impugnación decisiones del FROB: Las decisiones del FROB que afecten a los titulares de preferentes y restos de híbridos (deuda subordinada, etc) se consideran un acto administrativo. Como acto administrativo cada afectado podrá impugnar los actos del FROB ante la Audiencia Nacional. Esta impugnación no se está refiriendo a la reclamación de la devolución del dinero sino que se refiere exclusivamente a recurrir la decisión que adopte el FROB. Si la sentencia o el conjunto de sentencias que dicte la Audiencia Nacional pueden causar un perjuicio muy grave a la entidad de crédito que pudiera provocar su “quiebra”, el FROB puede pedir que no se ejecuten las sentencias. En este caso a los afectados sólo se les daría una sustitución por daños y perjuicios equivalente a la cantidad que hubiera obtenido el “inversor”, (porque nos consideran inversores) si la entidad hubiera sido liquidada sin haber sido intervenida. 3º.- Posibilidades judiciales para los afectados. ¿Qué dice el Real Decreto? El Real Decreto no hace mención alguna al escándalo de la comercialización de las participaciones preferentes por parte de las entidades financieras españolas. Por lo tanto, no da ninguna solución a los afectados. El Real Decreto considera que todo el que tenga este producto es un inversor y tiene que asumir las pérdidas de su inversión en la entidad financiera intervenida. ¿Limita el Real Decreto las acciones judiciales de nulidad/anulabilidad de estos productos? El Real Decreto no limita las acciones judiciales para impugnar la validez/incumplimiento de estos contratos de participaciones preferentes, etc."" Yo personalmente, salvo al principio de los canjes, allá por febrero, marzo... se decía aquello de canjear y después demandar,(con la reserva de acciones legales) pero después siempre he leído, oído e interpretado lo mismo que vosotros, en varias fuentes distintas, Si se canjea, se acepta el producto, se cambian las condiciones iniciales y ya es difícil reclamar por un contrato que ya no existe. Del RD, de lo expresado por las Jornadas de Estafa Banca y algunas consultas jurídicas, yo interpreto (puedo estar equivocada): 1. Puede haber canje (a un supuesto precio de mercado inexistente) por un producto X previsiblemente en noviembre. 2. Si aceptamos, nos conformamos, no se puede reclamar y a esperar que pasa con el producto X. (Cuántos años, interés, etc.) 3. Si no aceptamos el canje de la entidad: Nos quedamos con las Prefes, puede que Bankia se recupere,de beneficios, cobremos cupón, y el precio de las prefes suba y se puedan vender. Puede que Bankia sea troceada, vendida y a saber que hará el nuevo dueño, ¿Que valor les dará? 4. Puede salir un nuevo RD, o venir el todopoderoso FROB y liquidar las prefes sin previo aviso y cambiarnos las prefes por un valor más bajo que el del canje de la entidad, Esta acción si sería obligatoria y no daría lugar a reclamación civil, si quizá a la Audiencia Nacional. Solo se puede impedir la liquidación forzosa del FROB si se ha interpuesto demanda... 5. ¿El canje de la entidad es o no obligatorio por ser BAnkia entidad nacionalizada? ¿de ahí viene la supuesta inconstitucionalidad del RD? ¿ Alguien tiene otras conclusiones para compartir y analizar? Sinceramente, cada día en lugar de aclararme, me lío más...cada nueva consulta jurídica desarma los argumentos de la anterior...esto es una completa lotería de suposiciones, opiniones, interpretaciones, etc. conforme avanza el hilo sabemos menos lo que va a pasar con nuestras prefes....
Ir a respuesta
caracola 23/09/12 18:17
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Han sido dos los programas de hoy de Salvados: 1º "Yo ya lo díje..." http://www.lasexta.com/salvados/noticias/ver/yo_ya_lo_dije__%7Bcronica_de_una_crisis_anunciada_%7D/324983 Tratan de la burbuja inmobiliaria que todos veían pero no quisieron evitar, si promotores y mandamases se enriquecían ¿por qué detenerlo? En palabras de Miguel Sebastián “¿quién se atreve a quitar la música en medio de la fiesta?” Decidieron seguir con la fiesta, a costa de hundir las cajas quedándose con el dinero de los ahorradores... ¡NUESTRO DINERO! Aquí Miguel Sebastian va de "buenecito" pero... ¿no fue él quien presionó a la CNMV para que aprobase e hiciese la vista gorda con la emisión masiva de preferentes en el 2009? 2º ¿Qué hago con mi dinero? Analizan las distintas posibilidades para "colocar" el dinero, en el colchón, en oro, en los bancos... llegado a este punto se expone los métodos agresivos de los bancos y cajas para "convencernos de hacer las inversiones que a ellos les interesan... " (¿qué nos van a contar a los preferentados?) Hacia un poco más de la mitad del programa hablan con Pau Dominguez, comercial de banca que decidió dejarlo porque "No había realizado un montón de estudios financieros de gran nivel para después dedicarse al juego trilero de las cajas. Cuando se cansó se marchó..." Creo que el programa lógico continuación de estos dos sería uno que tratase sobre la estafa masiva de las preferentes.. Podíamos intentar contactar con ellos y proponérselo... Hicieron un especial Preferentes en "La sexta columna" pero desconozco si ha habido alguno de prefes. ¿Qué os parece?
Ir a respuesta
caracola 08/09/12 16:53
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
De acuerdo contigo, y los demás en la exposición de los hechos... pero creo que te quedas corto con la estimación de la gente asistente, yo creo que éramos bastante más tanto en Génova como de camino a Sol. Fue bastante positivo el lograr hacer "algo de ruido" por fin, conocernos personalmente unos cuantos y sobretodo la sensación de que los que allí estábamos queríamos seguir haciendo cosas: concentraciones, movilizaciones, reuniones, etc. Algunos propusieron hacer "algo" al menos una vez por semana... y se sugirió lo de quedar para este miércoles... como cita próxima... Propongo aprovechar el "tirón" y si no es muy "laborioso" plantear nuevos cuestionarios como el de Estafado60? (no sé si recuerdo bien quien hizo lo del ferendum...) en el votemos cada semana la "actividad" a realizar: - Día de la semana, horario de mañana o tarde en el que puede más gente... - Concentración, marcha, reunión, reclamación, etc. - Lugar: Torres Kio, Plaza Celenque, Sol, Sede PP, PSOE, Audiencia Nacional, etc. - Formar o no asociación, plataforma o similar... ¿Qué os parece? ¿Nos decidimos?
Ir a respuesta
caracola 02/09/12 12:34
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Según este post de asdebastos de otro hilo, pretenden cerrar el circulo de esta expropiación descarada de políticos y banqueros a los ciudadanos que hemos cometido el pecado de "ahorrar" y guardar nuestro dinero pensando en "lo que pueda venir", además de negar la vía judicial condicionando las decisiones de los jueces para "defender el bien común y la estabilidad de entidades y sistema": Hilo: Reclamaciones judiciales. No van a tener efectos prácticos. Ya se ha publicado el R.D.L. 24/2012. Transcribo el artículo 72 del mismo. Artículo 72. Imposibilidad de ejecución de sentencia dictada en los recursos contencioso-administrativos a que se refieren los artículos 70 y 71. 1. El Banco de España o el FROB podrán alegar ante la autoridad judicial las causas que determinen la imposibilidad material de ejecutar una sentencia que declare contraria a derecho alguna de las decisiones o de los actos previstos en los artículos 70 y 71. El Juez o Tribunal apreciará la concurrencia o no de dichas causas y fijará, en su caso, la indemnización que deba satisfacerse de acuerdo con el criterio de atribución de responsabilidad fijado en el artículo 70. El importe de la citada indemnización alcanzará, como máximo, la diferencia entre el daño efectivamente sufrido por el recurrente y la pérdida que habría soportado en caso de que, en el momento de adoptarse la correspondiente decisión o acuerdo, se hubiera producido la liquidación de la entidad en el marco de un procedimiento concursal. 2. Al valorar las causas que determinan la imposibilidad material de ejecutar una sentencia, de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, el Juez o Tribunal habrá de tener particularmente en cuenta: a) El volumen especialmente significativo o la complejidad de las operaciones afectadas o que pudieran verse afectadas. b) La existencia de perjuicios que, de ejecutarse la sentencia en sus estrictos términos, se derivarían para la entidad y para la estabilidad del sistema financiero. c) La existencia de derechos o intereses legítimos de otros accionistas, socios, obligacionistas, cuotapartícipes, acreedores o cualesquiera otros terceros, amparados por el ordenamiento jurídico. Como consecuencia de esto, la indeminización máxima que se podrá obtener en un proceso de reclamación judicial parece ser que queda limitada a lo que se hubiera obtenido en caso de liquidación de la entidad. Es decir, que hará ineficaz cualquier reclamación judicial, porque si la indeminización máxima es la que se hubiera obtenido en el caso de liquidación de la entidad, es muy posible que se determine que ese valor es nulo. Esto es aplicable a las entidades intervenidas por el FROB, y no por aquellas que no hayan recibido ayuda de dicho Fondo. Desde luego, esto es mucho más que una dictadura... y mientras la mayoría de españoles pensando que los preferentistas tenemos lo que nos merecemos por ser unos "especuladores" y avariciosos... No quieren darse cuenta de que "nosotros" pagamos ya el primer rescate español "a fondo perdido" (si Dios no lo remedia)cuando ZP decía aquello de que los bancos españoles eran lo mejor del mundo...
Ir a respuesta
caracola 24/08/12 17:32
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Careto, después de tiempo compartiendo "nuestros temas" y "conociéndonos", tus comentarios los tomo en el buen sentido, sé que lo que me aconsejes o sugieras, lo dices sinceramente y con toda la buena intención, amistosamente apoyando si lo merezco o con crítica si necesito reflexionar. Las opciones mostradas hoy se han de tomar en cuenta dada la situación. Los pocos duros que me queden tendré que "dispersarlos" (no poner todos los huevos en la misma cesta) y aconsejo lo mismo a otros. Saludos y ánimo a ti también. P. D.: Respira bien el aire sano de aquellos "tus montes" para airear la cabeza y mantenerla fría.
Ir a respuesta
caracola 24/08/12 08:26
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Gracias raqmillan por tu trabajo: Mezclando varios post e ideas de hoy se me ocurre un texto del tipo: Sres diputados: Soy una "ahorradora minorista" afectada por las participaciones preferentes, concretamente por las de Cajamadrid-Bankia 2009. Es pública su pasividad y poca conciencia hacia nuestros problemas. Por ello "quería agradecerles" su participación en arruinar a miles de familias ahorradoras y trabajadoras del país a quien dicen defender, y su complicidad con sus amigos estafadores los banqueros a los que tanto deben; así como agradecerles que nos anulen el derecho constitucional de tutela judicial efectiva" Es algo que nos afecta y afectará tanto, que tanto nosotros como nuestros familiares y amigos lo recordaremos siempre, especialmente en los momentos electorales, (en todas las elecciones locales, autonómicas y generales) y tendremos claro eso de "¿VOTAR PP? ¡¡¡¡¡ NUNCA MAIS !!!!! Saludos y ténganlo en cuenta a la hora de tomar sus decisiones.
Ir a respuesta
caracola 23/08/12 19:20
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Dice un abogado en otro foro: (Ya os podéis imaginar quien es el abogado y en qué foro) Buenas tardes a tod@s: Mañana, en el habitual y odiado Consejo de Ministros de lo Viernes, el Gobierno tiene previsto aprobar nuevas medidas que afectarán a los propietarios de participaciones preferentes. Los rumores que circulan en el sector y las informaciones aparecidas en prensa no señalan nada nuevo en el horizonte respecto a las posibilidades de Canje, que ya muchos y desde hace tiempo veníamos apuntando como muy perjudiciales para los clientes afectados. Sin embargo sí que habrá que analizar las nuevas atribuciones del FROB respecto a la posibilidad de que este pueda liquidar entidades financieras, y/o modificar las condiciones de dichas participaciones en las entidades intervenidas. Respecto de la posibilidad de ACUDIR A LA VÍA JUDICIAL, sería totalmente inconstitucional privar a los afectados de la tutela judicial efectiva, es decir, de la posibilidad de acudir a la vía jurisdiccional para demostrar el error en el objeto, vicio de consentimiento y por tanto nulidad de la orden de suscripción que le llevase a recuperar el nominal invertido más el interés legal del mismo (4%). Por fortuna vivimos en un estado aparentemente democrático, social y de derecho. Por fortuna, nuestra Carta Magna consagra derechos fundamentales justiciables ante los tribunales. Uno de ellos es esa mencionada tutela judicial. El Decreto podrá variar las perspectivas de sus participaciones si las conservan o canjean, pero jamás podrá privarles de la posibilidad de acudir a los tribunales. Aún en caso de liquidación y concurso de la entidad financiera siempre sería más favorable tener una sentencia que tener dichas participaciones debido al orden de prelación en el cobro dentro de un hipotético concurso (que en el caso concreto de Bankia sigue pareciéndome poco probable). A pesar de ello quiero manifestarles: Primero, que una vez publicado dicho Decreto haré un análisis público del mismo en este foro si siguen permitiéndome expresar mis opiniones (profesionales) con libertad como hasta ahora. Segundo, y esto ya es opinión personal, creo que ninguno de ustedes debería quedarse quieto un segundo mientras ve como el Gobierno, al que quizá incluso de manera desdichada votaron, les deja absolutamente desamparados y legisla en su contra mientras su entidad de referencia Bankia, se beneficia de todo su dolor, y en muchos casos desgracia, después de haberles despachado con mentiras desde que contrataron estos productos y hasta el día de hoy. Les pido que no olviden. Es, a día de hoy, el poder constituyente, el pueblo y la manifestación de consenso que hizo la ciudadanía haya por el año 1978 promulgando nuestra Carta Magna el único garante, junto al poder judicial, de sus derechos. Sólo un juez y la ley podrá darles amparo, como nos temíamos. Les extracto el ART 24.1 de la Constitución Española, ya que este derecho fundamental e inviolable quizá sea lo único que pueda darles paz estos días. Asesórense y huyan de las mentiras sin olvidar quienes son los accionistas y anunciantes de los grandes grupos de comunicación. Artículo 24 (Constitución Española) 1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. En mi último comentario respondo a la cuestión sobre la privación de la vía judicial para los tenedores de preferentes, para decirles que eso, es totalmente Inconstitucional, a la luz del Art 24.1 de la Carta Magna. Y que por tanto, a la espera de la redacción del Decreto, apuesto 1000 maravedíes a que el mismo no contravendrá la norma suprema del ordenamiento jurídico. Otras cuestiones si merecerán un análisis pormenorizado que me comprometo a hacer público también en este foro. Ánimo, y un cordial saludo. [email protected] El abogado es Israel Alvarez y el foro por si os interesa alternar con Rankia: http://www.helpmycash.com/preguntas/2516/participaciones-preferentes-bankia-caja-madrid/page/69/ Esperemos que por nuestro bien lleve razón. Saludos y suerte a todos en el camino que elijamos o nos dejen elegir.
Ir a respuesta
caracola 19/08/12 18:20
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Estoy de acuerdo . Estamos repitiendo nuestra forma de actuar de Junio. Recordad que en aquellos días se daba por seguro un canje (teóricamente por depósitos a cuatro años al 5%), inminente, con plazo de canje de pocos días que estaría concluído antes del 29-J. Incluso muchos directores de sucursal llamaban a sus clientes para comunicárselo... Salió en todos los medios de comunicación repetidas veces pero no hubo publicación de ningún Hecho Relevante que lo hiciera real, todo fueron rumores y humo.(pero discutimos sobre lo que que estaríamos o no a aceptar, durante días...) Ahora estamos en algo parecido, todos los medios hablan de la quita pero hasta que no se comunique como HR, no debemos tomarlo "como verdad", y creo, me da la sensación de que tampoco se aclarará nada de eso el viernes 24, más bien se darán las líneas generales, de cómo regular las preferentes y similares en el futuro, admitiendo las "irregularidades=estafa" del pasado pero sin tener el "coraje" de solucionarlo dignamente, es decir de devolvernos lo que nos pertenece al 100%, (al menos, porque debieran indemnizar también por todos los trastornos, quebraderos de cabeza que nos están dando...) De no solucionar este problema en el que políticos, banqueros, administraciones, etc son cómplices, la fe en el sistema financiero actual seguirá derrumbándose haciendo cada vez más trasferencias y movimientos de capital hacia "Bank-baldosa" y "Bank-olchón."
Ir a respuesta
caracola 08/08/12 03:46
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Hola a todos: Hablando de otros hilos, en el de Jurisprudencia, siempre se pueden leer buenos consejos, os recomiendo este de Rebus, en que se analizan pros y contras de las distintas vías y reclamaciones a seguir: http://www.rankia.com/foros/preferentes/respuestas/1416149-hola-he-leido-mensajes-atras-vuestras-tribulaciones-sac-cnmv Careto, ya he visto que tú has leído y recomendado este mensaje, pero puede ser interesante para otros que no lo hayan hecho. Un saludo. GRACIAS Rebus.
Ir a respuesta