Ojo....No le den el dinero al abogado, ustedes paguen directamente. Si se puede pagar retroactivo, pero hay que realizar un plan que te de los mejores beneficios, y no pagues de más
Hola Andrea, observación: no se paga cada 30 días, se paga cada mes y depende del número de días del mes con fecha límite el 17 si es entre semana , si cae en viernes , sábado o domingo, entonces se recorre al lunes.
En principio si se puede, pero se necesita más información para asegurar, su status de trabajo, etc.: y no necesariamente se tiene que esperar a los 65 años, etc
Creo que traes demasiada información equivocada o confusa, me permito precisar algunos puntos:
1.- Nada tienen que ver las Afores con los Bancos.- Las Primeras las regula la CONSAR y los bancos CNBV
2.- No puedes retirar nada de tu ahorro cuando tienes trabo y será hasta que te pensiones después de los 60 años cumplidos ( que no es la mejor opción, depende de varios factores)
3.- Lo que comentas en relación a montos de $$ es para los de la ley nueva 97 IMSSy por ningún motivo te conviene. Si tu tercer y cuarto dígito de tu NSS es menor a 97 y del 1o. julio de ese año para atrás estas en la ley anterior y son otras reglas, hay que llevar a cabo una estrategia para que tengas un buena pensión y no gastes de oquis.
4.- Son muchos detalles adicionales que hay que explicar, me pongo a tus ordenes fermindbb56 arrobahotmail.com