José Antonio Negrete
14/11/19 13:39
Ha comentado en el artículo
Diferencias entre las pensiones del IMSS e ISSSTE
Sólo es que me surgió una inquietud respecto a el acuerdo acuerdo por el que se emite el manual que regula las remuneraciones de ciertos servidores públicos, y por el que se aprueba la estructura ocupacional de la Comisión Federal de Competencia Económica, de fecha DOF:06/02/2019, pleno CFCE-006-219.-DARH-001/2019.
En el cual aparece un cuadro del anexo 4, un cuadro en el cual se garantiza a las personas que cotizaron más de diez años a la institución y tengan la edad de 63 , una pensión de $11,500.00,su servidor se encuentra en ese caso cotice más de diez años pero tengo 59 de edad.
Pregunta:
Puedo yo esperar la pensión de $11,500.00 cuando cumpla los 63 de edad?
Lo anterior por que me encuentro excluido de poder realizar mi portabilidad, por haber causado baja el 15 de febrero del 2007.