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juancarcantabria 01/08/17 02:05
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No vas mal. Te diría que pidieses los estatutos, de vez en cuando en ellos está especificado que la CCPP no se puede oponer al cambio de uso, con lo que solo te queda llevarlo al registro. Pero OJO, yo soy de una inmobiliaria y no somos de fiar ;)
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juancarcantabria 31/01/17 01:48
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De la web del ministerio de vivienda te descargas el documento para solicitar precios máximos, lo rellenas y vas al ministerio de vivienda, calle alta, y en la planta 3 en el registro, lo entregas. En una semana tienes la respuesta si lo recoges en mano, un poco más si pides que te lo envíen. Piden nota simple o copia de escrituras y fotocopia de tu DNI ;)
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juancarcantabria 07/02/15 04:00
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Buenos días Felipe. Por si quieres leer un poco antes de que te respondan; creo que ésto igual te aclarará algunas cosas. http://subastanomics.com/disolucion-proindivisos-subastas-judiciales/ No tomes al 100% mi respuesta, pero creo que si les puede obligar, judicialmente, si es que los otros dos poseedores ni te lquieren vender su parte ni quieren comprar la tuya.
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