Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
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No sé si habrás mezclado dos emisiones, que como hablamos ahora de una y de otra pues es fácil mezclarlas.La call es un vencimiento anticipado fijado en una fecha determinada y que puede ser a ejercicio del emisor, del tenedor o de ambos (lo que se recoja en el folleto de emisión).Por lo tanto es justo lo contrario que una prórroga de vencimiento.En la emisión senior actual por 500 M (aunque no hemos visto el folleto de emisión para confirmar) parece ser que hay una call que podría ejercitar Eroski. Si los tipos bajan y puede refinanciar a mejor precio se haría una emisión nueva y se amortizaría la actual haciendo uso de la call.La emisión de OS de 208 M de 2016 tiene una prórroga voluntaria por 5 años a opción del tenedor (hasta 1 febrero 2033). Es decir Eroski no puede prorrogar a su voluntad, pero si tendría que mantener la emisión viva para aquellos que no deseen amortizar en esa fecha y por lo tanto debe seguir pagando intereses al tipo pactado.En ese sentido es en el que yo digo que habrá (no sé si muchos o pocos) tenedores que optarán por la prórroga. Y eso se decidirá 5 meses antes del vencimiento.