20 euros me sablearon a mí hace un par de meses en un supermercado. Me acuerdo y todavía me pongo de mal humor. Hice una compra de unos 51 euros, no llevaba suelto y pagué con 2 billetes de 50. Tenía prisa y ni miré el cambio, así que no me di cuenta de la jugada de la cajera hasta que no llegué a casa; haciendo memoria del momento, se ve que fue intencionado porque me dio el cambio envuelto por el ticket para que ni se viera. De errores se aprende: ahora voy a comprar y no me muevo de la caja hasta que no cuento el último céntimo.
A mí, hasta la fecha, me ha funcionado con diferentes compañías enviar un e-mail solicitando la baja con los 2 meses de antelación. En el mismo les incluyo un archivo con manuscrito firmado y fotocopia del DNI. Siempre se han dado por aludidos, contactándome para preguntar el motivo de la baja e intentar retenerme.
Los familiares de las víctimas no creo que tengan demasiados problemas de asesoramiento. En estos casos, desde que se conoce la noticia, siempre hay bufetes de abogados que contactan con los familiares para ofrecer sus servicios de manera gratuita hasta que no se cobren las indemnizaciones.
La persona que es incluida en un fichero de morosos deberá ser notificada en un plazo máximo de 30 días por el responsable de dicho fichero (lo habitual es que manden una carta certificada). Si no te avisan, estarían incumpliendo la ley y podrías denunciar en la Agencia Española de Protección de Datos.
Si en Vodafone dicen que tienes permanencia, son ellos los encargados de presentar la prueba; es decir, contrato firmado por ti donde tú aceptas la permanencia o grabación donde te informan de la misma con toda claridad y previamente a la celebración del contrato de voz. En caso contrario, la permanencia es ilegal.
Aunque pierdas tiempo, energía y dinero, es aconsejable hacer la reclamación formal en Vodafone y si la respuesta es negativa, en Usuariosteleco como te han comentado. Si te meten en una lista de morosos habiendo una reclamación administrativa abierta, estarían cometiendo una ilegalidad y si lo pones en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos Personales, les cae una buena multa. Además, cualquier daño o perjuicio que te causara la inclusión en esa lista, te pones en manos de un abogado y te saca una indemnización.
En cambio, si no reclamas, legalmente, se entiende que eres conforme con esa penalización, pero no quieres cumplir con lo pactado.
El artículo 7.1 de las Condiciones Generales dice que si no se hace una recarga en 9 meses, Yoigo podrá desactivar definitivamente el servicio.
http://www.yoigo.com/informacion-legal/condiciones-tarjeta/castellano/
Tampoco hace falta ser catedrático para decir que dos millones de personas no van a tener un puesto de trabajo; es el número de parados que había incluso en la época dorada de la burbuja inmobiliaria.
Pues se les pide una hoja de reclamaciones. Según el Banco de España "el uso de billetes de euros no está sujeto a ningún tipo de limitación o restricción legal. Por tanto, restringir de antemano la utilización de determinadas denominaciones altas de billetes no parece acorde con el concepto de moneda de curso legal que el euro ostenta". Una excepción admitida por el Banco de España sería el transporte público, ya que cuenta con un reglamento propio en aras de mejorar la calidad del servicio y el viajero tiene que acatarlo.