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Maty Rodriguez 04/11/19 10:54
Ha respondido al tema Pensión en modalidad 40
Hola Oskar ... Para entrar a Modalidad 40 el límite de tiempo son 5 años contados a partir de tu última baja al IMSS.  Esa es la regla. Si al cumplir 60 años y te quieres pensionar, lo podrás hacer siempre y cuando estés dentro de la conservación de derechos; esto es, que no hayan pasado más del 25% de tus semanas cotizadas desde tu última baja al IMSS. El salario promedio se calcula a partir de tus últimas 250 semanas cotizadas, independientemente el año en que las cotizaste. Saludos...
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Maty Rodriguez 15/10/19 09:33
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Si tienen menos de 5 años de su última baja, pueden ingresar a M40 sin importar la edad que tengan. Si ya tienen más de 5 años de su última baja, la ÚNICA opción es cotizar al IMSS por medio de un patrón durante 12 o 18 meses (dependiendo cuánto tiempo tengan sin cotizar)
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Maty Rodriguez 09/10/19 16:43
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Lo que yo te puedo comentar (y lo que yo haría) es tramitar mi pensión y al recibir la resolución, meter la inconformidad. Me comentaba la persona que le entregó la resolución a mi esposo que al ya estar pensionado, la inconformidad va a otro departamento distinto y que eso hace que sea mucho más ágil (si cuentas con todos los comprobantes)
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Maty Rodriguez 09/10/19 13:19
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Hola Cayus672 ! Primero te recuerdo que sólo tienes 15 días para presentar tu recurso de inconformidad (fecha contada a partir de que te entregan tu resolución de pensión) ¿Puedo retirar mis fondos de la afore? - Sí, sin problema. ¿Me pagarían mis mensualidades? - Sí, te pagan lo que esté en la resolución de pensión y si al resolverse la inconformidad sale a tu favor, te pagarán el diferencial con su respectivo retroactivo. Te comento que mi esposo está exacto en ese caso actualmente. Ya recibió su resolución de pensión y ya le comenzaron a pagar lo que allí dice; en cuanto se resuelva su inconformidad por falta de semanas, le pagarán el diferencial retroactivo :)
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Maty Rodriguez 01/10/19 19:19
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Hola ... Para darte de alta en la modalidad 40 sólo necesitas que tu patrón te dé de baja y al mes ya puedes inscribirte. El que te liquide o no, ya depende de la negociación que hagas con él (de si vas a seguir trabajando con él por Honorarios, etc) Una cosa no tiene nada que ver con la otra.
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