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La relación entre la innovación y la regulación

Si bien es cierto que algunas autoridades en el mundo apenas se encuentran en las primeras etapas del desarrollo (e implementación) de algunas herramientas digitales con certeza jurídica que les permitan mantener el control de las operaciones financieras y actividades económicas en sus territorios (y sus aspectos fiscales relacionados); en años recientes, la innovación tecnológica ha permitido tener un fácil acceso a la información y a los servicios que las entidades financieras dedicadas al CrowdFunding (Fondeo Colectivo), a ofrecer seguros o como Bróker (Intermediario Bursátil) ponen en contacto con los usuarios interesados; por lo que los entes reguladores están obligados a identificar y sancionar a quienes no cumplan con los requisitos previstos en la Ley (relacionados con la captación de recursos y la satisfacción del cliente).

Se pretende aprovechar la tecnología e innovación; sin embargo, al mismo tiempo es necesario ser cautelosos con las consecuencias y perjuicios derivados de las operaciones financieras y actividades económicas realizadas a través de las mismas


MÉXICO, LA INNOVACIÓN Y LA REGULACIÓN


En México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) es un programa de supervisión y regulación de entidades y mercados financieros (recientemente aliado en materia de prevención de lavado de dinero) que ha comenzado a aplicar herramientas digitales para facilitar sus procedimientos legales y procesos administrativos; así como de identificación y vigilancia de los usuarios e instituciones financieras sospechos@s en el manejo de los recursos a su cargo (propios o ajenos).

Gracias a esto (y como ejemplo, partiendo de todo lo anterior mencionado); la CNBV identificó y emitió una orden de carácter urgente (multa por 985 mil 820 pesos) a XIFRA BUSINESS GROUP, S.A.P.I. DE C.V. (empresa certificada por un “Banco Regulador de CriptoActivos” en Estonia) por la obtención y el manejo de los recursos de sus clientes (a través de los medios de comunicación digitales) de manera irregular; esto a pesar de estar regulada y registrada ante la Comisión Nacional para la Protección y Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) para realizar actividades de financiamiento, factoraje y arrendamiento financiero.

  • El “modelo de inversión” de esta firma digital se basaba en convertir dinero fiduciario a CriptoMonedas (Generalmente Bitcoin).
 
  • Su “estrategia de negocios” comenzaba con un costo de inscripción de 15 dólares para, con ello supuestamente adquirir sus servicios financieros y “comenzar a trabajar la inversión”; prometiendo rendimientos graduales que iban desde “0.5% a 1% diarios, hasta llegar a 200%” en los mercados financieros (promoción de inversiones).

Razón principal por la cual debería de reportar información (para efectos anti lavado) a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
 
  • El nombre de la “Sociedad Anónima Promotora de Inversión (SAPI) - Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM)” con el que está registrada ante la Condusef es el de: “Finanzas que te Acompañan”; sin embargo, esta figura NO tiene permitido realizar actividades de inversión.

Aunque es evidente que existe interés en México por comenzar a regular y legislar el comportamiento de los CriptoActivos (y de las aplicaciones digitales que los utilizan como medio de intercambio); el Banco de México (BANXICO) solo analiza las condiciones y variaciones que se presentan para operar esta tecnología disruptiva.


FACTORES A CONSIDERAR POR EL REGULADOR


Los principales factores que impiden que la innovación tecnológica (aplicaciones móviles y FINTECH) comience a incursionar de manera conjunta con los organismos encargados de crear e interpretar las regulaciones, sanciones, penas y retenciones de impuestos (en materia de prevención, combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo) son los elementos aplicables existentes actualmente en las Leyes y Disposiciones Oficiales (preceptos legales y bases gravables) que ellos mismos consideraron; que deben debatir y conciliar con el fin de incluir en sus estrategias el uso e implementación de las herramientas digitales como medio de intermediación financiera y/o de tributación.




REFERENCIAS:

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